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OBSERVATORIO LEGISLATIVO Debate abierto por la ley antiterroristaEl estudio del anteproyecto de Ley contra actos terroristas ha desatado una intensa discusión al interior de la Asamblea Legislativa. La falta de una definición clara sobre qué se entenderá por terrorismo y la existencia de penas para la mayoría de delitos incluidos en la normativa están al centro del debate. Rodrigo Baires Quezada El anteproyecto de ley contra actos terroristas entró al debate legislativo un día después de los violentos hechos del 5 de julio –en los que murieron dos agentes de la Policía Nacional Civil (PNC) y resultaron heridos otros 10– y ya muestra una división clara de posiciones. Mientras ARENA, propulsor de la normativa, y el PCN se han mostrado a favor de una aprobación a corto plazo, el FMLN y CD se inclinan por mayor análisis del articulado aduciendo que ya existen leyes que castigan estos delitos. Esta última posición es compartida por la Procuradora para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH), Beatrice de Carrillo, quien calificó de “nefasta” la intención de aprobar sin discusión una normativa en la que no se define claramente el concepto de terrorismo. “Cuando abrimos tanto el concepto de terrorismo, cualquier acto que incomode a la sociedad o que pueda ser de ataque contra los bienes públicos puede ser considerado como tal”, afirmó. “Esa ley, además de que es innecesaria, es una ley de control social, de intimidación a las protestas de la gente.”
Nora Montoya, miembro del Consejo Nacional de la Judicatura, cree que “el problema es que internamente tenemos que establecer qué es terrorismo y cuáles son los mecanismos de investigación que tenemos que tener. En todo caso, las leyes nunca pueden ser aplicadas a posteriori, no tienen efecto retroactivo, no tiene significado que se aprobaran para los hechos ocurridos frente a la Universidad de El Salvador”. Más herramientas En la actualidad el proyecto de ley se encuentra en manos de una comisión Ad hoc –integrada por el demócrata cristiano Arturo Argumedo, Óscar Kattán, de Cambio Democrático, Ernesto Angulo (ARENA), Walter Durán (FMLN) y el pecenista Antonio Almendáriz–, sin embargo, afuera del recinto legislativo, el anteproyecto de ley apenas se conoce. “Voy a ser sincero, no conozco a profundidad la versión que se tiene porque fue presentada con alguna anterioridad y no se nos ha solicitado opinión sobre el particular”, se excusa el Fiscal General de la República, Félix Garrid Safie. La misma posición que tomó el Procurador General, Gregorio Sánchez Trejo. Safie se inclina más por una “reforma urgente” en la que se establezca un mayor rango de penas a las personas que participen en manifestaciones callejeras con el rostro encubierto. “Creo que debería de ponerse un delito no excarcelable a las personas que participen con el rostro encubierto porque debería de establecerse la presunción de un cometimiento de un delito”, afirma Garrid Safie, y reconoce que la ley de actos terrorismo está “enfocada al contexto internacional.” Ulices de Dios Guzmán, magistrado de la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia, reconoce que la mayor parte de las conductas delictivas descritas en el anteproyecto de ley “ya están contempladas en el Código Penal”. “La diferencia es que en el anteproyecto de ley gira alrededor de los medios utilizados, el potencial y el propósito, atentar contra la paz y ocasionar temor. Además, las conductas son sancionadas con mayor gravedad.” En ese sentido, Guzmán cree que el mayor problema de la normativa propuesta se encuentra en cómo y cuándo recibieron el impulso para su aprobación. “Este anteproyecto recibió un impulso después de los hechos del 5 de julio frente a la UES y lo repudiable de ese hecho puede impregnar a la ley a la hora de su discusión”.
Para Henry Campos, abogado y docente universitario, en el país no está regulado lo solicitado en los convenios internacionales en materia de terrorismo pero eso, “más que proteger al terrorismo interno, responde a las necesidades de otros países. No son los problemas que han surgido, porque lo que pasó en la UES son hechos que pueden ser penalizados con el Código Penal.” Ávila disiente: “Yo te garantizo que si hubiera existido la ley de terrorismo y se le hubiera aplicado… La ley dice que es prohibido andar con el rostro encubierto y con armas en las manifestaciones pero es como si fuera letra muerta. Si la ley ya está pero es interpretada de manera antojadiza, necesitamos un instrumento que no dé pie a interpretaciones y la ley antiterrorista no daría chances.” Sin embargo, dice Campos, durante la manifestación se cometieron los delitos de lesiones, tentativa de homicidio y homicidio, por mencionar algunos, pero ya existen leyes para castigar estos hechos. “Tenemos reglas con mecanismos de sanción, pero no debemos llevar a extremos el uso de la ley ni se tiene que aprovechar para reducir los márgenes de protesta de las personas, ni tampoco aplicar penas excesivas o desproporcionadas”. Los miembros de la Comisión Ad-hoc para estudiar el anteproyecto no tienen una fecha límite para dar a conocer sus conclusiones. Sin embargo, el jefe de fracción de ARENA cree que dentro de dos o tres semanas tendrán lista una redacción para someterla a la votación del pleno. |
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