| |||
![]() |
|||
|
|
OPINIÓN Regulación de la publicidad oficialJaime López La regulación de la publicidad oficial no es para restringir la libertad de expresión, sino al contrario, para garantizarla en mayor grado. Sirve para evitar que el gobierno de turno use fondos del Estado como premio o castigo a los medios de comunicación según sus líneas informativas. La regulación de la publicidad oficial tiene el propósito de proteger a los ciudadanos de la tentación autoritaria que puedan tener los funcionarios de restringir, a través de una interferencia indebida en los medios de comunicación, el derecho a recibir información oportuna, verificable y comprensible. En el artículo de la semana pasada me referí a la forma en que el actual gobierno ha manejado la publicidad oficial. Entre otros aspectos, retomando una investigación de El Faro, destaqué cómo el presupuesto asignado a la Secretaría de Comunicaciones de la Presidencia había crecido durante la administración del presidente Saca. Y aseveré, partiendo de la doctrina de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que el manejo de la publicidad oficial sin regulación lo que provoca es un aumento en la afectación a los derechos de las personas, en especial a su libertad de expresión. Para no quedarme sólo en el señalamiento, ocupo este artículo para plantear algunos criterios que pueden ser considerados en la regulación de la publicidad oficial. En otros países latinoamericanos el debate sobre este tema ha conducido a la formulación de propuestas que buscan transparentar y controlar uno de los factores determinantes en la denominada “censura sutil” a los medios de comunicación, como lo es el uso arbitrario de la publicidad oficial. Hay que enfatizar que la regulación de la publicidad oficial no es para controlar a los medios de comunicación, sino para controlar al Estado, y más específicamente para evitar que los funcionarios abusen de su poder. Tal abuso en algunos casos toma la forma de agresión, como sucedió hace algunos años en el país durante la presidencia de Francisco Flores, quien recortó la publicidad a TV Doce por las críticas que desde esa televisora se hacían a su administración. En otros casos adopta la forma de colusión, cuando el presupuesto de publicidad aumenta de forma considerable para ser repartido, en forma de premio, entre los medios de comunicación afines al gobierno. La Asociación por los Derechos Civiles, una prestigiosa organización no gubernamental argentina, llevó a cabo una consulta para establecer principios en la materia. Lo hizo luego de observar varios casos de uso indebido de la publicidad oficial, como el del gobernador de Río Negro que mantuvo un abierto boicot contra el principal periódico de esa provincia. En la consulta participaron comunicadores sociales de ese país y expertos internacionales. Los principios formulados fueron seis, los cuales cito en los siguientes párrafos uno a uno. El primero se refiere a la necesidad de contar con una regulación legal. Si faltan lineamientos jurídicos claros y a la vez concretos, se favorece la discrecionalidad y se atenta contra la transparencia. Una ley específica que regule como se produce, distribuye y controla la publicidad oficial ayuda a evitar estos problemas, tanto en el gobierno nacional como en los locales. El objetivo de la publicidad oficial es servir como parte de los canales de comunicación entre el Estado y la ciudadanía. Por tanto, debe ser clara, basada en hechos, fácil de comprender, necesaria, útil y relevante para el público. Ante todo, la publicidad oficial no debe ser utilizada para promover los intereses de ningún partido político ni del gobierno de turno. El mecanismo para distribuir la publicidad oficial tiene que reducir la discrecionalidad, evitar la sospecha de favoritismo político e impedir un manejo corrupto. Los criterios de asignación tienen que ser claros y transparentes, y responder a necesidades concretas y reales de comunicación. Por ningún motivo la publicidad oficial puede ser usada para premiar a medios de comunicación afines al gobierno. La responsabilidad por el manejo de la publicidad oficial no puede estar sólo en manos de funcionarios nombrados bajo criterios políticos, sino de organismos y funcionarios técnicos. La publicidad oficial debe responder al principio de descentralización. Los gastos efectuados en publicidad oficial deben ser conocidos por los ciudadanos. La transparencia tiene que prevalecer en el otorgamiento de los fondos. El acceso a la información sobre el uso de los mismos debe ser sin restricciones. Y el último de los principios señala que la publicidad oficial debe estar sujeta a un proceso de rendición de cuentas y a controles externos. Los funcionarios responsables de su manejo tienen que justificar, sin excepción, las decisiones, actos y uso de recursos relacionados con la publicidad oficial. Ojalá que en nuestro país la discusión sobre el asunto de la publicidad oficial no se manche con los baratos análisis con que se acostumbra a tratar los temas serios. Antes de tomar la palabra, los grandes medios de comunicación harían bien en aclarar cuánto reciben del gobierno en concepto de publicidad oficial. Por su lado, a los candidatos les conviene ilustrase sobre el tema para no pecar de ignorantes al emitir opiniones. Pero, a quien más le compete este debate, que necesariamente hay que transformar en acción, es a la ciudadanía, por la defensa de su derecho a estar bien informada. |
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Consulte el buscador de Google y encuentre las notas publicadas en El Faro |
| EL FARO.NET
(Apartado Postal 884 , San Salvador, El Salvador) |