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Asamblea incumplió primero el contrato para auditar Cuentas

Uno de los diputados que dirigían la Asamblea Legislativa cuando se contrató al consorcio que iba a examinar el trabajo de la Corte de Cuentas, en 2004, dice que premeditadamente se buscó cómo frustrar la investigación en las entrañas de una de las más oscuras instituciones estatales. El parlamento rescindió el contrato, bajo el argumento de que el contratista violó un par de cláusulas. Nunca dijo que fue la misma Asamblea la que apenas cinco días después de haberse adjudicado el proyecto, incumplió uno de los acuerdos. La auditoría, que debió hacerse por primera vez al ejercicio 1996, lleva ya 11 años postergada.

Paolo Zanoni y Carlos Najarro
cartas@elfaro.net
Publicada el 30 de junio de 2008 - El Faro

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Ahora que terminó la odisea entre el Órgano Legislativo y las firmas auditoras que hace más de tres años se creyó que por fin revelarían intimidades de la Corte de Cuentas, surgen las explicaciones del móvil político en la cancelación del contrato y sobre la mesa de la política nacional queda el tema más polémico: el incumplimiento del mandato legal de examinar al organismo contralor.

Según reconocen los mismos parlamentarios, es una especie de auditoría imposible. La Cámara Segunda de lo Civil de la Primera Sección Centro salvó hace 10 días el bolsillo de los salvadoreños al revertir la sentencia del Tribunal Arbitral que condenaba a la Asamblea Legislativa a pagar más de 350 mil dólares a la empresa privada que debía auditar a la Corte de Cuentas. Las magras arcas del Estado dan las gracias, pero queda la sensación de que parlamento y el máximo ente contralor siguen atados por una relación estrictamente política.
 
El litigio por levantar el velo que cubre la Corte de Cuentas llegó a la esfera judicial el 29 de enero de 2008, tres años y medio después de que estallara la controversia cuando parecía que, finalmente, la Asamblea Legislativa iba a cumplir lo que le manda la ley de la institución contralora, aprobada en 1995. El jueves 19, la Asamblea saboreó su victoria ante las sociedades Castellanos Campos y Corpeño Asociados.

La Ley Orgánica de la Corte de Cuentas, aprobada en septiembre de 1995 y votada por unanimidad, obliga a la Asamblea Legislativa a examinar periódicamente la situación patrimonial, financiera y operativa de la institución encargada de fiscalizar cómo se gastan los fondos públicos y cuán bien funcionan las instituciones del Estado.

Pero fue solo hasta diciembre de 2004, luego de ocho años de silencio, cuando la Asamblea decidió contratar a una empresa para que evaluara el trabajo de la Corte de Cuentas. En los sucesivos tres años logró todo un círculo de andanzas: firmar un contrato con una empresa auditora, congelarlo, rescindirlo, perder un juicio arbitral y luego ser salvada en última instancia por la Cámara Segunda de lo Civil. Esto es, en poco más de tres años salió de cero y volvió a cero.

La auditoría externa parecía estar más cerca que nunca cuando Ciro Cruz Zepeda Peña, entonces presidente de la Asamblea Legislativa -y al igual que hoy secretario general del Partido de Conciliación Nacional- daba los detalles de la aventura que iban a emprender al intentar husmear en la contraloría. El contrato que se firmó incluía seis objetivos específicos, entre los cuales estaba expresar una opinión sobre los criterios de la Corte de Cuentas en la toma de decisiones relacionadas con las auditorías que llevaría a cabo.

La institución, que desde 1984 tiene como presidente a un dirigente del PCN, se ha ganado fama entre los mismos políticos de anteponer los intereses partidarios de Conciliación Nacional en su quehacer contralor.

Una de las cláusulas pactadas ese 23 de diciembre entre Zepeda -que actuaba en representación de la Asamblea- y los dos representantes de Castellanos Campos y Corpeño Asociados, establecía un plazo al Órgano Legislativo para dar el banderillazo de salida al consorcio. Un trabajo que consistía en examinar los ejercicios de los años 1999, 2001 y 2003. “El contratista se obliga a cumplir con la siguiente programación y entrega de productos: 1. Fecha de la orden de inicio: la que será emitida por la Asamblea Legislativa a más tardar cinco (5) días hábiles después de firmado el presente contrato...”

Cuando el calendario indicó el décimo séptimo día de espera, sin que el Órgano Legislativo hubiese dado señales de vida, la empresa consultora se atrevió a pedir información por escrito a la Corte para iniciar la primera fase del proyecto. La petición constaba de 22 secciones cuyos ejes principales eran las operaciones y el control financiero. A escasas 48 horas de que el consorcio hiciera su petición, el presidente de la Corte, Hernán Contreras, envió unos argumentos a Zepeda criticando ciertas peticiones del consorcio Castellanos Campos y Corpeño Asociados. La auditoría se bloqueó ahí y fue el inicio del fin.

Las observaciones, pocas pero muy puntuales, señalaban supuestas irregularidades.  “La empresa no aparece en el Registro de Firmas Privadas de Auditoría”, reza el primer punto de la nota. Un poco más abajo se lee: “El solicitante está requiriendo información de años que no están incluidos en los tres años a auditarse”. Efectivamente el consorcio había pedido documentaciones también de los años 1998 y 2002, que no eran parte del acuerdo. La Corte pretendía que el examen de su trabajo se limitara a observar documentación fechada en los años que iban a examinarse.
 
Héctor Dada, secretario general del partido Cambio Democrático y economista de profesión, a posteriori da una lectura basada sobre la lógica: cuando se trata de analizar procesos complejos, como los de una administración pública que mueve millones de dólares, aislar los datos y compartimentarlos estrictamente dentro el marco de un cierto año podría complicar el examen de todo el proyecto. El legislador cree que para analizar un determinado año podría haber la justificación técnica de pedir lo que viene atrás, para juzgar la secuencia.

Al final, esa carta de la Corte de Cuentas, apenas dos días después de  que el consorcio había iniciado el trabajo que estaba pendiente desde hacía ocho años, congeló la auditoría.

En el posterior litigio de arbitraje entre las partes, la Asamblea Legislativa nunca explicó por qué violó esa cláusula de los cinco días. Aún ahora, consultados, los directivos legislativos soslayan las preguntas relativas a ese punto.

Lo que manda la ley

Artículo 112 de la Ley de la Corte de Cuentas de la República:
Una vez que el presidente de la Corte rinda el informe prescrito en el Artículo 199 de la Constitución a la Asamblea Legislativa, esta, con el soporte técnico de una firma de auditoría debidamente acreditada en el país y seleccionada mediante un concurso público por parte de la Asamblea Legislativa, practicará a la Corte examen de su situación patrimonial, financiera y de sus actividades operacionales o de gestión.

Artículo 59 de la Ley de Mediación, Conciliación y Arbitraje:
Los árbitros decidirán la cuestión sometida a su consideración con sujeción a derecho, equidad o conforme a normas o principios técnicos, de conformidad a lo estipulado en el Convenio Arbitral.
En caso de que las partes no hayan pactado al respecto, los árbitros deberán resolver con equidad.

Artículo 67 de la Ley de Mediación, Conciliación y Arbitraje:
Contra el laudo arbitral únicamente podrá interponerse el recurso de nulidad dentro de los siete días hábiles siguientes a la notificación del mismo o de la providencia por medio de la cual se aclara, corrige o adiciona. Su trámite corresponderá a la Cámara de Segunda Instancia de lo Civil del lugar donde se dictó el laudo.

11 meses después la firma Castellanos Campos y Corpeño Asociados recibió una nota firmada por  Rosa de Paniagua, jefa de la AUCI de la Asamblea Legislativa, en la que les comunica que la junta directiva de la Asamblea da  por terminado el contrato. “Se extingue por voluntad de las partes por incumplimiento de las mismas”, señala la nota, hablando por el contratista al decir que el pacto se acababa porque así lo querían ambas partes.

Los representantes legales de la empresa rechazaron tal afirmación, por considerarla unilateral y sin fundamento: aseguraron que sus clientes nunca manifestaron la voluntad de dar por terminado el acuerdo y siempre han estado prestos a cumplir con las responsabilidades que de ese procedían.

Pero la Asamblea Legislativa ya había tomado su decisión argumentándola con el supuesto incumplimiento del inciso dos de la cláusula de confidencialidad: “Utilizar la información confidencial únicamente para cumplir con sus obligaciones conforme al presente contrato”. En otras palabras, antes de pedir información a la Corte, el consorcio habría debido esperar la eventual comunicación sobre cuál era la información que debía ser tratada con carácter confidencial.  Para finalizar, añadió que la empresa comenzó su trabajo sin recibir la orden de inicio.

Todas estas acusaciones llevaron al inicio de un intento de arreglo directo que se estableció el 24 de febrero de 2006. Desde la primera reunión, el contratista Atilio Campos pidió que se indemnizara a las sociedades Castellanos Campos y Corpeño Asociados en concepto de honorarios de la consultoría.

El debate se reanudó siete días después. En este segundo encuentro, los delegados acreditados por la Asamblea Legislativa exigían un informe detallado de los gastos que la empresa reclamaba. Pero como no se llevaban cifras, aseguraron que revelarían el monto a reclamar en la siguiente semana.
Pidieron 231 mil 650 dólares. La Asamblea no pudo digerir tan fácilmente el informe, por lo que solicitó más días para analizar con detalle la información presentada. Sin soluciones, el transcurso del tiempo provocaba una creciente inconformidad.

El consorcio mostró mayor descontento cuando vio que además de que el parlamento no resarcía los daños reclamados, la situación perjudicaba su imagen. Alegó que el diputado Dagoberto Marroquín, en una radio, mencionó a otra empresa como la auditora de la Corte de Cuentas, lo que a su juicio estigmatizaba al consorcio. La Asamblea se tomaba días y días y nunca se producía la tercera cita.

Dada recuerda la tribulación en que se movía el consorcio, que percibía aguas turbias en la Asamblea: “La compañía nos comunicó que eran conversaciones que le daban vuelta al mismo punto; nos dio a conocer su inconformidad 6 o 7 veces a través de correos electrónicos y llamadas telefónicas”.

Cansado, el contratista decidió buscar un medio alternativo para solucionar las diferencias y evitar que el caso llegara a un tribunal de justicia común. Por eso acudió al Tribunal Arbitral. Las ventajas que le veían a este organismo eran esencialmente dos: la confidencialidad con que se manejan los detalles y términos de la resolución, y la posibilidad de emitir una decisión lo más pronto posible.

Al parlamento no le hizo gracia la dirección por la que el consorcio había optado seguir. El apoderado judicial de la Asamblea Legislativa, José Luis Arias López, con una carta fechada 17 septiembre de 2007, invitó al contratista a seguir con las reuniones de arreglo directo. Pero el escrito no hizo ningún efecto, al punto de que la compañía no cambió su decisión. Una vez el caso llegó al Tribunal Arbitral, según dispone la ley de Mediación, Conciliación y Arbitraje, las dos partes tenían el deber de asignar a los árbitros que discutirían el caso. Como declaró Rodolfo Borjas Munguía, director del Centro de Mediación y Arbitraje de la Cámara de Comercio, su instituto tuvo que nombrar un tercer árbitro porque la Asamblea y la firma auditora no lograron ponerse de acuerdo.
 
Finalmente, el 4 de abril de 2008, el Tribunal Arbitral emitió el veredicto: la Asamblea Legislativa de la República era condenada a pagar a la firma auditora 289 mil 275 dólares más el 6% de interés anual. Sumando hasta junio de 2008, el parlamento debería cancelar 354 mil 865 dólares.

Los apoderados generales judiciales del consorcio, René Padilla y Velasco hijo y René Alfonso Padilla y Velasco, en la demanda que presentaron y que dio origen al proceso arbitral, usaron declaraciones que se salían de la materia estrictamente jurídica y lindaban con la política. Acusaron a la Asamblea, sin disimulo alguno, de negligencia: “No ha utilizado en el manejo de los intereses nacionales el cuidado que aún las personas negligentes y de poca prudencia suelen emplear en sus negocios propios”.

La junta directiva, que había sido renovada en mayo de 2006, rechazó la decisión del Tribunal Arbitral aduciendo supuesta ilegalidad porque no se agotó el recurso del arreglo directo. Rodolfo Borjas restó importancia a esta acusación: sostuvo que la legitimidad del Tribunal Arbitral se apoya en el artículo 51 de la ley de Mediación, Conciliación y Arbitraje, pero que el abogado del Órgano Legislativo tiene derecho a defender su cliente con argumentos que considere pertinentes.

Mientras tanto, la Corte de Cuentas seguía impasible el litigio entre Asamblea y consorcio, acaso con la confianza de ser una caja de Pandora que nadie tiene el interés de abrir, como lo sugieren ahora las declaraciones de los legisladores, quienes aducen que la Constitución no atribuye al congreso la potestad de auditar al organismo contralor.

Finalmente, la decisión que tomó la Cámara Segunda de lo Civil el 19 de junio, revertió el fallo arbitral: La Asamblea ya no debía indemnizar a la empresa. Pero la sentencia del tribunal abrió nuevos escenarios de orden político. Los miembros de la junta directiva, fortalecidos por la victoria judicial, han lanzado propuestas muy polémicas, como la reforma de la Ley de Mediación, Conciliación y Arbitraje, o inclusive una supuesta exigencia de una reforma constitucional que permita a la Asamblea auditar a la Corte de Cuentas.

Ambas propuestas indigestaron a la Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (Fusades), que criticó incisivamente ambos proyectos. Claudia Umaña, directora de Estudios Legales, considera que con la legislación existente se puede y se debe hacer una auditoría a la Corte de Cuentas, visto que la ley actual hasta hoy no ha sido declarada inconstitucional. “Nos sorprende cómo después de 13 años ahora los diputados están queriendo analizar el artículo para ver si lo aplican o no”, subraya Umaña. El artículo 112 de la Ley de la Corte de Cuentas dispone que la Asamblea practicará el examen a la institución contralora.
 
Además, el analista legal de Fusades, Javier Castro, valora que reformar la ley de Arbitraje sería una mala señal en cuanto pondría en discusión el concepto más general de seguridad jurídica. El Departamento de Estudios Legales de Fusades, en el boletín de junio, recomendó a la Asamblea Legislativa auditar a la Corte de Cuentas a la brevedad posible; la instó a rechazar las propuestas de reforma a la Ley de Arbitraje y evitar precedentes negativos donde las instituciones ante un fallo desfavorable pretendan cambiar las reglas previstas en la ley.

Pero en los pasillos del Salón Azul la percepción del problema sigue siendo otra. Rubén Orellana, presidente del máximo Órgano Legislativo y dirigente del PCN, aseguró la semana pasada que entre las funciones que le corresponden a la Asamblea no está la de auditar a la Corte, porque en el artículo 131 de la Constitución no está definida esa atribución. En la misma línea, el jefe de bancada de la Democracia Cristiana, Rodolfo Paker, consideró que la Carta Magna no asigna al parlamento de forma explícita y directa la autoridad de fiscalizar al ente contralor.

Vistas las declaraciones de los legisladores y la actuación de la directiva en todo el proceso, desde 2004, su actitud despierta en algunos una antigua sospecha: están buscando otra manera de no auditar a la Corte.

No es un secreto para nadie que la dirección de las principales instituciones del Estado se decide según lógicas partidarias y de repartición de poder. Es así como se nombran los magistrados de la Corte de Cuentas: un presidente proveniente del PCN, un segundo magistrado que forma parte de Arena y un tercero que proviene de las filas de la Democracia Cristiana. En el reparto de instituciones se incluye la Fiscalía General, que corresponde a Arena, y la Procuraduría General, a cargo de un pedecista.

Hasta hoy, la gestión de la Corte de Cuentas, con 24 años en las manos del Partido de Conciliación Nacional, queda envuelta en las tinieblas: las sospechas de ineficiencias y corrupción no pueden llegar más allá de simples percepciones y acusaciones políticas, ya que los archivos de la institución siguen inaccesibles. No obstante, el diputado pecenista Elizardo González Lovo, que era secretario de la directiva cuando se firmó el contrato, en diciembre de 2004, explica la “inviolabilidad” de la Corte de Cuentas con la delicada función que ejerce: no controla solamente el uso de los impuestos que pagan los salvadoreños, también fiscaliza cómo se administran los millonarios fondos de organismos internacionales, países amigos y cooperantes.  Parece casi que blindar a la Corte fuese “razón de Estado”, de interés público.

“¿Quién juzga a quién? Auditar a la Corte de Cuentas de la República, es como que Toby quisiera auditar a Dios”, es la lectura y análisis del diputado para justificar el exceso de cuidado en auditar a la Corte por parte de la Asamblea. Y, de paso, añade: “Entonces, si lo valoras políticamente, nadie tiene solvencia para auditar a la Corte, es como que pongás a un tribunal a juzgar a la Fiscalía.”
 
El fantasma de la razón política está claro para Gerson Martínez, diputado del FMLN y miembro de la Junta Directiva actual. “La mayoría de fuerzas políticas se la ingenian para bloquear, sabotear y detener la auditoría a la Corte de Cuentas”. ¿La mayoría? Léase Arena, PCN y PDC. Señalamiento que sorprende, viniendo de un diputado efemelenista, si se toma en cuenta que el FMLN pactó un arreglo con el PCN para dirigir la legislatura 2003-2006, a espaldas del resto de partidos.

Frente a este panorama parecería inexplicable la decisión que tomó la Asamblea Legislativa en 2004, además con el  pecenista Ciro Cruz Zepeda como presidente, de contratar una empresa para que auditara la Corte de Cuentas. La posible respuesta y la que sospechan muchos la da, una vez más, González Lovo: el parlamento dio el primer paso para la auditoría, pero luego hizo lo necesario para evitarla, esforzándose por hallar objeciones al trabajo que estaba por iniciar. “La Asamblea comienza a buscarle los peros y se desarma todo, hay que volver a empezar”.

Ahora todo está donde empezó: en cero. Y los diputados no parecen muy interesados en contar las costillas a uno de los búnkeres más inexpugnables de la administración pública. Y arriesgarse a perder unos cientos de miles de dólares bien vale la pena, según González Lovo.  “Mejor perder un barco por conocer un puerto y no perder el puerto; entonces 300 mil dólares son una miseria para las repercusiones que pueden suceder después”.

El diputado está convencido que la prisa es mala consejera y decir hoy cuándo se auditará la Corte es prematuro, o imposible. “Es que, imagínate, viene (Mauricio) Funes y dice que quiere cambiar la estructura de la fiscalización, aquí pueden suceder cosas. Se pueden mejorar o se pueden empeorar las cosas, pero para mientras lleguemos al 18 de enero”. Una afirmación más que deja la sombra de la razón política tras la falta de voluntad de pedirle a la Corte que abra sus preciosos registros.

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