|
NOTICIAS
Héctor Sermeño, director nacional de Patrimonio Cultural
“El sitio no se ha desprotegido porque se autorice la construcción de un parque”
Héctor Sermeño asegura que quien tiene que deducir responsabilidades por la destrucción del sitio arqueológico El Cambio es la Fiscalía General de la República. Al haber autorizado la construcción de un parque –en una manzana- dice que no se ha afectado a la zona protegida. Asegura que él autorizó sólo una calle que diera acceso al parque y que Mario Sol Bang, el dueño del terreno, hizo cosas que no estaban autorizadas. Que la Oficina de Planificación del Valle de San Andrés y el alcalde de San Juan Opico hayan autorizado 99 lotes de vivienda dentro de la zona arqueológica, dice, no fue por medio de una autorización suya, cómo lo aseguran en una resolución estas dos instancias.
Daniel Valencia
cartas@elfaro.net
Publicada el 21 de abril de 2008 - El Faro
¿Por qué ustedes denunciaron la destrucción de Sitio El Cambio?
De acuerdo con la última resolución que se le dio al propietario, el área de 7 manzanas y media, dentro de las cuales, en el centro, él propuso la elaboración de un parque arqueológico para que el resultado de todas las investigaciones que él ha pagado -y que se han llevado acabo por instrucciones de Patrimonio Cultural a través del Departamento de Arqueología- se pudieran exhibir y tuvieran acceso. Entonces se autoriza la construcción estrictamente del museo, pero el área protegida no podía ser tocada. No sabemos, porque no podemos afirmar hasta que la Fiscalía diga, si se hizo intencionadamente o no. Lo cierto es que al meter maquinaria en el área protegida, obviamente se destapa la tierra. No fue tan fuerte, 50 u 80 centímetros del área protegida y entonces aparece lo que en arqueología se denomina basura arqueológica, es decir, un montón de tiestos y piezas que no son posibles de armar pero que sí sirven para saber qué es lo que está pasando.
Denunciaron en enero.
En enero el departamento de arqueología solicita que se ponga la denuncia ante la Fiscalía por la violación de la resolución. La resolución contiene ciertas medidas de protección que se dan a sitios arqueológicos o edificaciones. Son denuncias de oficio. Como no podemos actuar de manera penal ni policial, actuamos a través de la Fiscalía. El departamento jurídico hace los procedimientos legales pertinentes y se pone la denuncia. Como esa ponemos 10 o 15 al año. No es la primera ni la última. El artículo 46 dice que si el propietario no cumple, entonces va a responsabilidades penales. Por eso se traslada a la fiscalía para que haga la investigación. Luego la Fiscalía lo considera, pasa a juicio o no.
¿La resolución violada de qué fecha es?
La más reciente: 2005.
¿La 100-2005?
Sí.
¿Cómo se tomó la decisión de hacer un parque arqueológico dentro de una manzana?
Ninguna decisión. Es propuesta del propietario. Como los bienes culturales pueden estar en propiedad privada pero pueden ser de servicio y utilidad pública, se le autorizó la construcción del parque. Evidentemente él llevó a cabo todo el procedimiento. Presenta la solicitud, se le autoriza, no es necesario… en vista de que el informe del señor Castillo y de que… el problema de las investigaciones es que descubren a ciencia a cierta qué es lo que ha pasado. Sobre los sitios arqueológicos siempre hay especulaciones que se dan a través de la vista. A cualquiera se le ocurre que porque es Joya de Cerén todos son cerros y estructuras. Había que corroborar que no lo había. El cerro que hay dentro del posible parque no es una estructura, solo es estratigrafía. Igual tiene valor, igual lo estamos protegiendo. Hace propuesta de sala de interpretación, cerca y de la calle más importante que da a la carretera que abre el ingreso al parque.
¿Esto se autorizó para que se construyera?
Sí. Si no, no tuviéramos parques arqueológicos. ¿No conoce usted Joya de Cerén, Chalchuapa? Si hay investigaciones en los sitios arqueológicos es necesario que tengas entonces una sala de interpretación válida para que el público pueda apreciarlas.
¿Está autorización contó con el aval técnico del departamento de arqueología?
¿Del… del museo?
La autorización de crear el parque.
Sí. El informe que presentó el señor Castillo denotaba que la, la… el proyecto del parque no iba a dañar ninguna de las áreas estructurales porque no se iba a excavar profundamente, porque las excavaciones ya habían sido hechas. Y parque es una palabra muy rimbombante para una manzana. Sería una pequeña sala interpretativa, cédulas para la parte estratigráfica y fotografías de exhibición. Alguna grama, flores y plantas, qué sé yo, para proteger las áreas verdes.
¿La autorización de esto se basa en el último informe del señor Castillo Tarracena, el arqueólogo contratado por el dueño del terreno?
Exactamente. Que es ahí donde queda claro que no hay una estructura en el área que está siendo protegida. Si usted está enterado, si ha investigado algo -ojala que sí, porque no como hacen otros periodistas que traen cosas-, mandamos a investigar y resulta que son totalmente falsas. Todas las áreas arqueológicas tienen delimitaciones. De los 670 sitios que tiene el país solamente siete son administrados por CONCULTURA y 11 son del estado. Es decir, le pertenecen al ISTA y otras instancias del gobierno. Los restantes 650 y pico son privados. Entonces, El Salvador entero está lleno de sitios arqueológicos que no pueden ser investigados porque el propietario tiene la obligación de hacerlo, de acuerdo a ley, ¿pero si no tiene recursos? Él no lo va a hacer. Aquí se hizo. Se hicieron todas las investigaciones. Ustedes no ven nada porque se ha vuelto a enterrar. Exceptuando las piezas valiosas que se encontraron -algunas se las quedó el propietario-, las otras en su mayoría fueron donadas a CONCULUTRA para sus diferentes depósitos.
¿Por qué me dice que hay autorización del departamento de arqueología? Arqueología autorizó el informe del señor Castillo para fines académicos y no para el desarrollo de un parque de una manzana sobre la zona protegida.
Lo que pasa es que usted no ha entendido que el departamento de arqueología hace informes técnicos, no autoriza ni desautoriza. Esa es particularidad propia del director nacional del patrimonio.
Usted se hace responsable de que en esta manzana…
Estrictamente del parque. Porque así como tenemos en otros sitios arqueológicos estatales -y uno privado que se llama Santa Leticia, en el departamento de Ahuachapán- perfectamente puede exhibirse todo lo que se ha encontrado, la ley lo marca, que puede exhibirse todo lo que se ha encontrado al menos en recuentos infográficos o fotográficos. Como no es posible una construcción grande, porque el sitio es pequeño, el área del parque no va a contemplar más que la protección de la estructura –supuesta estructura, que no lo es-, y la construcción de un centro de interpretación. Eso es todo. No hay obras de construcción que tengan cimientos de 10, 15 metros. Porque todo lo del proyecto de investigación está enterrado. Es decir, los proyectos de investigación se hacen no necesariamente para que estén abiertos. Acabamos de presentar Tazumal la semana pasada y ya se volvió a cerrar. Se registran. Y todo eso se ha registrado. Lo que no se permite ni se ha permitido –y por eso está en la fiscalía- es la intervención del terreno protegido.
Si en 2001 se resuelve detallando toda la zona de protección, y en 2005 se valida esa protección, ¿por qué no hay una resolución que avale el cambio y especifique que en una manzana se hará un parque arqueológico?
Porque no se necesita. Las resoluciones son para tomar medidas de protección. Las medidas de protección ya se tomaron y por eso la resolución está vigente. Las medidas de protección son: cubrir el parque, no autorizar construcciones ni de casa ni de nada. Esa sigue siendo propiedad del dueño, propiedad privada, lo que él no puede es tocarla.
¿La autorización que usted dio no tenía que estar respaldada por un dictamen técnico del departamento de arqueología?
Si la resolución está vigente, ¿qué otra resolución tenía que hacer?
Mi pregunta es: ¿usted no necesitaba un aval técnico para tomar la decisión de que se hiciera un parque en una zona protegida?
Así es. Yo tengo todas las investigaciones y todo el expediente de El Cambio.
Que en ninguna parte dicen que ahí se haga un parque, sino que determinan lo que hay en la zona.
No le entiendo.
La investigación del señor Castillo Tarracena no se hizo para avalar la construcción de un parque, sino con fines académicos.
Sí, pero eso no obsta para que no se pueda. Le vuelvo a explicar porque parece que no nos estamos entendiendo. Si acabamos de construir cuatro manzanas en el área de Cihuatán para hacer un parque… yo lo autoricé después de que se me informa que esa área ha sido liberada y se puede hacer estacionamiento, etcétera. No necesariamente se tienen que hacer resoluciones después de que las áreas se han declarado protegidas. El área sigue estando protegida. No se ha desprotegido porque se autorice la construcción de un parque.
¿No ha sido liberada?
No. Ni va a ser liberada, supongo, nunca.
¿Al autorizar el parque y la calle de acceso no autorizó un daño para el sitio?
No, porque se hizo tomando las medidas de los enterramientos de acuerdo al informe de Castillo.
En 2001, la primera resolución planteaba en su última línea de texto que no se deberá realizar descapote masivo que pueda afectar el subsuelo del terreno. En 2005, esta protección desapareció. Y ahora se autoriza un parque, una calle –en donde se hizo descapote- y el departamento de arqueología denuncia el hecho.
No fue denunciada esta calle. Lo que pasa es que se tocaron las otras seis manzanas y pico aparte del parque. La autorización era únicamente para el parque. Cuando se mete maquinaria en el resto del área protegida, cuando no solo son los pocos metros que dan de la carretera hacia las instalaciones del parque con la estructura… es decir, el atractivo supuesto del parque es la estructura. Una estructura que le seguimos llamando así pero que no lo es… ahí no hay pirámides, no hay nada. En las investigaciones que se han hecho se han encontrado una gran cantidad de cosas que muchas de ellas fueron imposibles de volver a sacarlas porque estaban tan dañadas que se documentaron con alrededor de 800 fotografías y video; y se han vuelto a enterrar porque fue imposible levantarlas. Se encontró cerámica abundante, algunos huesos que posiblemente tengamos que mandar al exterior para evaluaciones.
¿Tiene usted evidencia de que la calle que autorizó no afectó el terreno protegido?
Así es, porque los pozos de sondeos están entre cuatro, seis y siete metros. No ha pasado ni a un metro del suelo (la calle). Y eso se puede hacer perfectamente como lo hemos hecho en Cihuatán, Chalchuapa, Joya de Cerén, Tazumal, etcétera..
Hay algo que no entiendo. Si esta dirección autorizó el parque y esta calle, ¿por qué el departamento de arqueología denunció la obra?
No se denunció la realización de esta obra sino que el ingreso de maquinaria a las restantes áreas protegidas. La calle al parque es un trecho pequeño. La denuncia del departamento de arqueología se da a partir de que la maquinaria entra a las restantes manzana y se hacen más calles. Se intentó hacer mas calles y obviamente al pararse las obras ya no se hizo.
El 23 de noviembre, el director del departamento de arqueología le informó que había recibido denuncias de alteración en el sitio protegido El Cambio.
Y le pedí que fuera a verificarlo.
En esa carta, el señor Valdivieso sugiere informar al jurídico para deducir responsabilidad ya que al parecer se ha violado la zona protegida.
“Al parecer”, y cuando se tenga la certeza se pone la denuncia misma.
Previo a esta carta, el departamento de arqueología le solicitó información del referido proyecto del parque. ¿Existió este intercambio de información? ¿Arqueología conoció qué se iba a hacer ahí?
Exactamente. Ellos tiene un expediente… el que yo tengo aquí es copia del expediente que tienen ellos.
No me queda claro por qué entonces el 4 de diciembre arqueología denuncia el hecho y dice: “Personas no identificadas dieron apertura a una calle de más de 200 metros de largo y 5 metros aproximadamente de ancho, en un promedio de 1.50 metros de profundidad, incluyendo zanjas de al menos 1 metro de profundidad en el interior de la referida calle. Estas últimas suponen instalación de drenajes o tuberías. La obra en mención se localiza dentro de la zona de protección #1, la cual contiene 43,833.30 m2 del área de protección designada mediante resolución jurídica #53. La calle interviene con lo que suponen las bases de la estructura principal del sitio, así como la alteración de otros dos montículos bajos. Se constató la presencia de material arqueológico en algunos sectores del corte ocasionado por la maquinaria”. Y presenta fotos.
Exactamente.
Aquí se habla de toda el área I. Es decir, la totalidad de la zona de protección.
Si usted hubiera tenido más cuidado en investigar hubiera encontrado que en más de 400 lotificaciones que hemos autorizado en este periodo de CONCULTURA se han encontrado los mismos materiales cuando se han ido a inspeccionar las lotificaciones. En la superficie salvadoreña siempre vamos a encontrar lo que se denominó basura arqueológica y se malentendió por ignorancia. Estos materiales se van a encontrar siempre que abramos una calle. Estamos en problema porque solo tenemos cinco arqueólogos para la longitudinal del norte que son 350 kilómetros. En estos 350 kilómetros, cada vez que se meta maquinaria, se encontrará basura arqueológica. Esto no quiere decir que no se registre, que los materiales no nos sirvan para estudio científico, que no los extraigamos para traerlos a los laboratorios. Lo que le quiero decir es que es una constante en El Salvador porque los 20 mil kilómetros cuadrados están llenos de obsidiana, de material cerámico a flor de piel. Se siembra un árbol y se encuentra, se construye una casa y se encuentra. En este caso, en el área de protección, obviamente si se mete la maquinaria se tenía que encontrar en la revuelta de la tierra estos materiales que se encuentran igual en otros proyectos.
El punto sobre esta denuncia que hizo el director de Arqueología no es si los tiestos arqueológicos que se encontraron tienen valor, sino que lo que se encontró y se denunció se encuentra dentro de la zona 1, que estaba protegida. Si usted me dice que Arqueología ya conocía el proyecto del parque, ¿por qué el 4 de diciembre de 2007 Arqueología reporta que se está violando la zona de conservación número 1?
Es que a raíz de eso es que se pone la denuncia. Usted no tiene que entenderlo porque es periodista. Estas son cuestiones legales y por eso le dije yo, reiteradamente por teléfono, que eso lo tiene que definir la Fiscalía. Ni usted ni yo. La Fiscalía.
Claro, por eso quisiera despejar las dudas…
La Fiscalía es la que le aclarará las dudas cuando rinda su informe. Porque todas las dudas que usted pueda tener no tienen nada que ver en un proceso legal. Usted no es ni siquiera testigo. El proceso se va a la Fiscalía porque se está contradiciendo la ley de Patrimonio. Se pide una investigación por parte de la dirección de patrimonio de CONCULTURA porque eso marca la ley. Pero terminada la actitud legal de la ley especial de patrimonio cultural, todo lo que venga después lo decide la Fiscalía en un proceso de investigación. Entendemos que esto va para largo porque igual se da en todos los procesos. El alcance de la ley llega a la protección. Después de la protección, si esta es violentada, se pone la denuncia. Después de puesta, vamos a esperar el informe de la Fiscalía.
Por como está planteada esta situación, ¿no le parece que CONCULTURA se ha denunciado a sí misma? Porque usted me dice que autorizó pero el departamento de arqueología denuncia…
No, no, no, no, no. O sea, si nosotros hemos autorizado la protección, el departamento de arqueología denuncia la destrucción de siete manzanas porque se abrieron calles en todas las siete manzanas.
A raíz de la autorización para hacer un parque.
Exactamente. Por eso le estoy diciendo. Si la nota que tiene el señor después de que presenta su proyecto es de autorizar para la construcción de un parque y el ingreso que acaba de demostrarle la abogada, después de eso se constata que no solo se respetó la entradita del parque; sino que se metió maquinaria para abrir más calles, a él no se le autorizó abrir más calles porque la resolución de 2005 sigue vigente. El área protegida sigue siendo el área protegida. ¿Usted cree que iba a ponerle una denuncia porque se me ocurre, o solo por una llamada?
¿Estos lotes –que aparecen en el plano- los autorizó para algo?
No. Es área de protección. Ahí no se puede construir. Él puede cultivar maíz, caña de azúcar, cultivos de raíz horizontal. No puede hacer de raíz vertical porque puede llegar hasta 5 metros de profundidad y dañar lo que se excavó e investigó. Puede hacer lo que quiera que no dañe las estructuras. Cuando él daña las estructuras… digo, la… el área protegida, es cuando se pone la denuncia.
El 8 de mayo usted autorizó la calle, pasarela, sala interpretativa y la donación del terreno.
Exactamente.
¿Cuando dice que hay que proseguir “con la siguiente etapa” a qué se refiere?
Que la … ehh… se abrió –señala el mapa y la estructura-. Ahí iba a ser como una especie de ventana arqueológica. La iba a dejar también en exhibición y el cercado. Eso es todo lo que se le autorizó.
En una carta del 22 de agosto usted dice que el área del parque aumentó.
En 20 metros.
Que se construyera una nueva calle de nueve metros –que le entiendo es la misma de acceso- y una acera de 2 metros de ancho alrededor del proyecto.
Exactamente.
Y se reconoce que hay cuatro nuevos linderos, con lo que tácitamente se reconoce la existencia de los lotes de los polígonos V,W y X.
Está protegida. Y él no la puede tocar… como le digo, lo que puede hacer es sembrar. Plantas, flores, maíz, yuca. Lo que no puede hacer es construir, hacer calles ni casas. Como metió maquinaria para hacer calles, y supongo que fue para hacer casas, pusimos la denuncia.
¿En los polígonos V, W y X patrimonio cultural no autorizó más que para qué?
Para nada en absoluto. ¿Por qué cree que pongo la medida del parque y la medida de la calle? Porque ya los conozco. Empiezan a maniobrar de manera tal como usted ha querido entender también. Es clarísimo que la resolución que yo firmé sigue vigente y es clarísimo que se autoriza este pedazo y el ingreso como dice ahí por escrito. Por eso cuando me habló por teléfono le dije: ¿dónde dice que yo autoricé?
¿Por qué la Oficina de Planificación del Valle de San Andrés (OPVSA), el 1 de octubre, autoriza el uso de estos lotes para vivienda, y en su argumentación dice que la liberación del área declarada protegida fue otorgada por usted?
Eso que lo vea la Fiscalía.
Según la ley y el reglamento, al alcaldía y las instituciones relacionadas con vivienda…
Van a actuar después de nosotros.
Exacto. ¿Por qué dicen que usted sí autorizó hacer 99 lotes habitacionales ahí?
La Fiscalía tiene la información. Igual me pasa con las alcaldías municipales, con la OPAMSS con todos. Tenemos experiencia en las autorizaciones absurdas de otras instancias.
Mario Sol Bang, el dueño del terreno, plantea que no entiende por qué CONCULTURA lo ha denunciado si ustedes le autorizaron todo para realizar…
Tenga la seguridad de que ya entendió.
¿Eso qué quiere decir?
Que ya se le explicó cómo está la cuestión y la Fiscalía sabe.
No le entiendo.
Bueno. Es cuestión de la Fiscalía.
La principal duda que tengo es por qué se autoriza este parque sin el aval técnico de arqueología. Es decir, ¿bajo qué criterios se autoriza un parque y se destruye una zona arqueológica, según los mismos arqueólogos, una zona que estaba protegida para hacer un parque de una manzana?
Se va por partes. La primera es mandar al departamento de arqueología a hacer una inspección general. Arqueología dice no hay mayor registro y se libera la zona desde del mismo departamento. Arqueología dice, no se puede, lo estudio, y entonces va a segunda fase y se contratan consultores externos a CONCULTURA. Ya que nosotros no podemos hacer ese trabajo y es obligación del propietario pagar para liberar sus propiedades o pagar para que se le explique cómo está la situación. Se solicitan entonces segundas o terceras fases. Se presenta un proyecto de parte del consultor, el consultor hace los informes respectivos y de acuerdo a lo que el consultor –informa- se estudia con el personal técnico del departamento de arqueología y emito una segunda resolución en donde entonces se autoriza la construcción de las edificaciones -si el informe lo dice- o no se autoriza -si el informe lo dice-.
Arqueología dice que no hubo esa consulta para el parque de una manzana.
Está el informe que arqueología solicitó –el de Castillo- y que yo le autoricé, por lo tanto el informe es válido.
Según el ex director del departamento de arqueología…
Yo no voy a estar contestando lo que diga el señor. Yo le estoy contestando lo que usted quiere saber que hemos hecho. Él ni siquiera es funcionario ya. El informe se llama proyecto arqueológico El Cambio y ha sido presentado al departamento de arqueología por todo el personal calificado y a la dirección nacional de patrimonio cultural. En todo el informe, y en las más de 800 páginas que hay, está analizado todo el material, se ha dado donación de materiales, tenemos más de 40 cajas de basura arqueológica… Pero el informe, por científico que haya sido o pedagógico que haya sido, es un informe solicitado por arqueología con el aval del director de patrimonio cultural. Por lo tanto, tiene validez porque al arqueólogo cuando va a llevar a cabo estos proyectos de investigación presenta claramente el perfil de lo que se llevará a cabo. Y después presenta conclusiones de las investigaciones, y entonces sí estamos contratando consultores externos para que den conclusiones, las vamos a discutir porque nadie tiene la última palabra. Entonces, si acordamos en un principio que estaba bien el informe pero que no íbamos a liberar el terreno, eso no implicaba que no pudiéramos construir un parque. Nuevamente le repito: usted conoce cinco parques de CONCULTURA que tiene manzanas de construcción, no una, manzanas que tienen museos, senderos, bancas (que) se autorizan porque ya ese han hecho las investigaciones pertinentes.
Lo mismo me respondería al planteamiento –que lo hacen todos los arqueólogos- que al hacer un parque de una manzana y que se trazara la calle sobre el terreno limita futuras investigaciones, sobre todo por la importancia del sitio y la zona en donde está ubicado.
Todo eso ya fue registrado.
Los arqueólogos plantean que no.
¿De qué se trata? ¿Tengo que estarle diciendo lo que dicen los demás? ¿Usted no me está preguntando a mí?
Cómo no.
Entonces no me diga lo que han dicho ellos.
Es que todo apunta a que usted tomó una resolución sin contar con un aval técnico porque usted quería que se hiciera un parque de una manzana en un sitio arqueológico de primer orden.
En lo absoluto. En lo absoluto. Fue una propuesta del propietario. Y le insito: los propietarios privados pueden tener parques arqueológicos en sus propiedades arqueológicas toda vez que se hayan hecho los respectivos proyectos de investigación. En este terreno se han hecho varias investigaciones. Lo que arroja el informe técnico es la investigaciones de 28 pozos, de todos los materiales recolectados, que le repito, son más de 40 cajas… da concatenación con las investigaciones anteriores; y después de que se lleva acabo eso y se guarda y se registra… quiere decir que independiente que se construya el parque o no, si hay necesidad de hacer una investigación, perfectamente se puede mandar a botar el parque o abrir la calle pavimentada y volverlo a hacer.
Aún cuando lo que pudiera haber investigado ya se perdió.
¿Por qué se perdió?
Porque ya pasó el tractor, ya está la denuncia de lo que se perdió, incluso se destruyeron partes de entierros de los identificados en los 28 pozos.
En absoluto. Los entierros están protegidos porque están a cuatro metros bajo tierra.
Noticias relacionadas
Publicadas el 07 de abril de 2008
Publicada el 12 de febrero de 2007
Publicadas el 07 de febrero de 2007
|