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Resolución de la Corte favorece a Copa… por el momento

El martes 19, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) resolvió que la aerolínea panameña Copa puede operar el vuelo directo San Salvador- Panamá, aprobado en 2004 pero suspendido gracias a recursos interpuestos por TACA, su competencia salvadoreña. La decisión de la Corte, sin embargo, es solo la respuesta a una revocatoria presentada por TACA el año pasado. La Autoridad de Aviación Civil sostiene que no puede reactivar la ruta mientras no haya resolución definitiva.

Edith Portillo
cartas@elfaro.net
Publicada el 25 de febrero de 2008 - El Faro

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La tarde del pasado martes 19, los cinco magistrados de la Sala de lo Constitucional decidieron, por unanimidad, emitir su fallo a favor de la aerolínea panameña Copa para que esta pueda operar la frecuencia directa San Salvador-Panamá y viceversa, suspendida desde hace dos años por alegatos de irrespeto a la libre competencia ocupados por TACA.

La decisión de la Sala aparentemente cierra 26 meses de litigio entre las dos aerolíneas y permite a Copa vender nuevamente sus vuelos en esta ruta. Pero la resolución no es definitiva.

El fallo al que llegaron los magistrados responde simplemente a un recurso interpuesto por TACA en abril del año pasado, cuando la Sala decidió por primera vez que levantaba la medida cautelar (la suspensión del vuelo) mientras se resolvía definitivamente el caso. Tras conocer que Copa quedaba, por tanto, habilitada para operar el vuelo, TACA introdujo inmediatamente una revocatoria a esa decisión. Es a esa solicitud de revocatoria que la Corte dio respuesta el martes, estableciendo que mantendrá su decisión de levantar la medida cautelar.

La resolución, dice el documento, es una reiteración de su resolución del 24 de abril de 2007, “debido a la afectación que a los intereses generales puede ocasionar, por involucrar la prestación de un servicio público extraordinario”.

Sin embargo, esto no permite aún hablar de resoluciones definitivas. “El caso continúa”, dice Eduardo Aguilar, gerente de Copa El Salvador, que el miércoles fue notificado del fallo del martes.

El presidente de la CSJ, quien en diciembre pasado asistió a inaugurar un edificio de TACA pese a estar el caso aún en proceso, dijo el viernes que “lo que había ocurrido con la medida cautelar era un tema de trámite, ya se ha resuelto y estamos seguramente listos para el fondo. Tiempos no podría dar, pero lo que era más sensible ya se ha resuelto. Prácticamente estamos casi para dar la resolución definitiva”.

La Corte no tiene un tiempo definido para emitir su respuesta final. Pero cuando lo haga TACA ya no podrá presentar ningún otro recurso. “El amparo ya no lo permite”, dijo el titular del Órgano Judicial.

Copa, que inició este año presionando a la CSJ para que resolviera el litigio incluso a través de comunicados en la prensa escrita, toma con satisfacción la decisión de los magistrados, pero no se atreve a decir si la empresa procederá en un corto plazo a vender nuevamente la frecuencia. Mientras no llegue una resolución definitiva, Copa corre el peligro – como le ocurrió en 2005 - de vender paquetes de vuelo y verse obligada a cancelarlos si la decisión final de la CSJ no le favorece.

“Para lanzarlo (el vuelo) al mercado, primero tengo que confirmar que tengo ya la luz verde de Aviación Civil, y luego definir si se lanza incluso con el riesgo que puede conllevar” que la resolución definitiva sea contraria a sus intereses, dice Aguilar.

Aviación Civil asegura que no puede autorizar el vuelo mientras no se llegue a una resolución definitiva, mientras la Corte sostiene que sí se puede operar la frecuencia. “Lo que se acordó (en la CSJ), y debería estarse notificando, es levantar la suspensión del acto reclamado”, dijo García Calderón.

Una historia de dos años
El vuelo en cuestión, directo entre Panamá y San Salvador, fue autorizado en diciembre de 2004 para iniciar en diciembre de 2005. Hasta entonces, tanto Copa como TACA tenían –y aún tienen- frecuencia entre las dos ciudades, pero ambas rutas con escalas. Copa hacía la suya en Managua, Nicaragua, y TACA en San José, Costa Rica.

Pero el vuelo directo inaugural de Copa nunca despegó. Justo el 15 de diciembre de 2005, día del primer vuelo de la ruta, con los pasajeros por abordar en la ciudad de Panamá y con pasajes vendidos para todo diciembre, llegó desde El Salvador una notificación de la CSJ ordenando la suspensión del vuelo. La razón: TACA presentó un amparo de garantías constitucionales el día 12. La Corte resolvió aceptar el recurso tres días después, manteniendo la prohibición sobre el vuelo hasta que emitiera una resolución.

TACA alegó que la nueva frecuencia violaba la libre competencia y que no se les  convocó oportunamente a la audiencia a la que, según manda la Ley de Aviación Civil, asiste la aerolínea solicitante, pero también “los sectores interesados vinculados con los servicios de transporte aéreo”, a fin de conocer su “oposición o apoyo respecto a los servicios comprendidos dentro del servicio solicitado”. 

Para Copa Airlines, esto supuso la suspensión de su nueva frecuencia, gastos de hotel y reacomodo en otros vuelos para sus pasajeros, y el inicio de una batalla legal que ha durado, hasta ahora, más de dos años.

 

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