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Los testigos desprotegidos

A principios de septiembre arrancó el nuevo programa que, en teoría, brindará seguridad a aquellas personas que por su testimonio en un caso estén bajo el riesgo de perder la vida. Pero el presupuesto para los primeros tres meses “de prueba” del plan, y el procedimiento establecido para decidir quién merece protección y quién no, aún no garantizan la seguridad de los testigos.

Daniel Valencia

cartas@elfaro.net
Publicada el 30 de octubre - El Faro
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Pese a que vive dentro de una delegación policial de San Salvador, Óscar teme por su vida y por la de sus compañeros de habitación. Todos son testigos criteriados (ver recuadro) y aún no saben si serán acogidos bajo el nuevo programa de protección a testigos  impulsado desde el Ministerio de Gobernación.

Testigo criteriado

Según la ley, un testigo criteriado es aquel al que a cambio de información que sirva en un procedimiento judicial no se le pida una medida cautelar o se le atenúe la pena por el delito que ha cometido.

Según Ovidio Portillo, si el testigo criteriado ha cometido hechos más graves de los que está informando no se le puede ayudar.

Si el delito que el testigo cometió tiene una pena de hasta tres años de prisión,  puede pagar con utilidad pública o con libertad condicional sujeta a obligaciones.

Si el delito tiene una pena de tres años un día, en adelante, el testigo va a prisión pero siempre tiene derecho a la reducción de una de las tres cuartas partes de la pena o la media pena; combinado con constancias de buena conducta.

Según Martínez Larín, la información brindada por el testigo criteriado siempre es investigada por los agentes que investigan cada caso.

La celda “hogar” en la que él junto a otras ocho personas convive está justo a orilla de calle. Llegar hasta ellos es tan fácil como dar entre cinco y siete pasos desde la acera, rumbo a una reja metálica en donde no hay ni un agente de la policía que haga guardia. La reja no tiene candado ni está cerrada. Afuera del cuarto en donde Óscar mata el tiempo, casi siempre hay tres sillas de plástico.

“A veces hemos visto que pasan carros muy lento ahí enfrente y vuelven a ver hacia acá adentro. Corremos peligro”, se queja.

Óscar fue marero y líder departamental de la Mara Salvatrucha. Asegura que dirigió extorsiones contra 32 unidades de transporte en su “territorio”, así como extorsiones a ganaderos (de hasta 5 mil dólares) y pequeños comerciantes. También dice que cometió “un montón de asesinatos porque me desesperaba si no mataba a alguien en 10 días”. “Eso fue porque me metí de lleno en ritos satánicos”, agrega, entre risas.

Este hombre de 27 años llegó a la delegación policial a inicios de septiembre, porque cayó preso, según cuenta, bajo el cargo de asociaciones ilícitas.  Por esa misma fecha, según comenta Mauricio Rodríguez, director del Programa de Protección de Víctimas y Testigos, el plan que dirige arrancó.

De este nuevo plan, que nació de una polémica ley aprobada en abril de este año, Óscar supo hasta hace cuatro semanas.  “Nos vinieron a dejar un formulario para ver si queríamos aplicar a la protección. Lo llené”. Lo llenó porque, dice, los policías y los fiscales para los que “trabaja” le dijeron -al igual que cuando lo capturaron- que por su ayuda recibirá protección y tal vez la libertad.

Asegura estar aportando información a la fiscalía y a la policía por 35 crímenes más dos masacres y un secuestro. Aporta esa información para ver si logra librarse del castigo de uno de los hechos que le atribuyen: participar en el asesinato de un ganadero.

“La onda es que nos han prometido cosas que no nos han cumplido. En cualquier rato nos pueden venir a matar aquí. Nos sentimos desprotegidos”, se queja.

La protección y los recursos

Dentro del Programa de Protección de Testigos, lo único que diferencia a Óscar de otro tipo de testigos es que él ha sido delincuente. Este programa, que nació junto a la Ley Especial de Protección de Víctimas y Testigos, promete dar una asistencia integral de protección. Óscar, si fuera beneficiado, tendría derecho –entre otros- a asistencia médica si se llegase a enfermar, alimentación, alojamiento, transporte y seguridad para su familia, en el caso de que se compruebe que corren peligro.

Los más famosos

Mario Orellana (2003): testigo criteriado en el caso ANDA. La FGR pidió criterio de oportunidad al ex gerente de ANDA porque la información que brindaba era “valiosa” en el juicio contra el ex presidente de la institución por el robo de más de tres millones de dólares. La jueza del caso, Nora Montoya, se negó a esa petición porque señaló que la información ya se conocía. El Fiscal General, Belisario Artiga, sin embargo, mantuvo el criterio de oportunidad.

“El Escudero”: testigo criteriado que era miembro de la banda Tacoma Cabrera, acusada de 18 delitos, entre secuestros, robos a bancos y homicidios. Fue asesinado en el primer trimestre de 2005, según la Fiscalía, frente a la casa de su padre.

Mario Galdamez: ex gerente de la financieras Finsepro e Insepro en donde hubo un fraude que fue descubierto por las autoridades, en julio de 1997. Se acusó que en ambas instituciones se defraudaron mil 500 millones de colones a cientos de ahorrantes. Galdamez brindó información para vincular a Roberto Mathies Hill. En este aso, todos los condenados fueron absueltos en 2003.

Para el magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Ulices del Dios Guzmán, esta es una de las “complicaciones” de una ley que no debió haberse aprobado tal como se hizo. “En el enfoque se han equivocado porque no tienen recursos y han hecho complejo el procedimiento. La complejidad lo volverá ineficaz”, dice Guzmán.

“Así como está el proceso penal, desde que el fiscal entrevista al testigo se sabe el valor de la declaración, y como no es prueba hasta que va a declarar a la vista pública –y pueden pasar un año, dos años y más-, desde ese momento, hasta que declara, se le ha expuesto en peligro al delincuente”, explica. Según él, en vez de una la nueva ley debieron crear el programa, sin ley, dar más recursos y buscar de una forma efectiva la protección inmediata de los testigos.

En abril, cuando se discutió la aprobación del programa, en el debate entre jueces, fiscales y el Ministerio de Gobernación, el argumento de Guzmán fue una de las principales banderas del sector de jueces que se oponían a la medida. El otro era los recursos para echar a andar un proyecto ambicioso.

“La policía dice que para darle protección a un testigo necesita ocho policías y no tiene esa cantidad de personas para darle protección a los testigos. Y hoy que el régimen se amplía a la esposa, los hijos… ¿Con qué recursos se hará si ni siquiera se tiene para brindar la cantidad de policías que necesita el país?”, cuestiona el magistrado.

Juan Carlos Martínez Marín director de la División de Investigación Criminal de la Policía Nacional Civil (DIC), comparte esa valoración. “Los servicios de seguridad se han brindado por parte de la Policía haciendo los mejores esfuerzos y no con las condiciones adecuadas porque no se ha tenido el fondo ni los recursos humanos. Se ha hecho con lo que se tiene y se ha dado el mejor tipo de seguridad”, comenta.

Lo mismo opina uno de los hombres que participó en su creación, el fiscal Ovidio Portillo, jefe de la sección de Intereses del Estado de la Fiscalía General de la República. “En el régimen anterior, a los policías no les daban viáticos, ellos por sus medios se sufragaban gasto de transporte, agua, comida, dónde dormir”.

Mauricio Rodríguez es consciente de la falta de recursos para protección de testigos. “La policía está desesperada”, comenta. Luego agrega que el programa sí tiene los recursos para cumplir con lo que prometió.

Para los primeros tres meses del plan, Gobernación pidió alrededor de 2.5 millones de dólares que servirían, primero, para crear toda la maquinaria del programa. Por “falta de recursos”, según explica el viceministro de seguridad ciudadana, Ástor Escalante, el Ministerio de Hacienda destinó sólo 1.7 millones al programa.

“Tenemos que ser ingeniosos y administrar bien los recursos”, dice Rodríguez. Según él, para el otro año se esperan más fondos y al parecer los tendrá. En el presupuesto general de la nación, el programa de protección de testigos lleva una partida de $4 millones. Eso, sin embargo, es hasta el otro año, y ahorita Rodríguez señala que le quita “el sueño” pensar si tiene la capacidad para, por ejemplo, crear los albergues para testigos y sus familias o para brindar atención médica, alimentación, pago de gasolinas, alquiler de vehículos, de viviendas, etcétera.

“Para darle protección a un testigo, para brindarle atenciones médicas, atenciones del hogar, para trasladarlo, para que lo cuide la policía, ¿para eso se necesita una ley? Para eso se necesita fondos, con eso se resuelve”, dice Guzmán.

En un país con entre diez y doce homicidios diarios, en donde cualquiera podría convertirse en testigo, ¿es viable un plan de este tipo? Rodríguez dice que sí, pero señala que para que sea viable se necesita un compromiso porque si no “puede llegar a agotarse”.

Sobre algunos retrasos del plan, Astor Escalante dicee: “Por supuesto que hay cosas que hay que ir complementando poco a poco,  pero no se va a referir a complementar todo lo que al principio puede requerirse, como cuestiones materiales, que entiendo hay ya un avance, ya se tiene la infraestructura necesaria, o los elementos necesarios o las condiciones necesarias para proteger a los testigos”.

El embudo

“Con el antiguo régimen, los únicos que teníamos acceso a información de los testigos éramos los jueces y fiscales. Ahora la Unidad Técnica Ejecutiva del Sector de Justicia (UTE) maneja esa información y ahora son cinco o seis personas más. Eso es peligroso porque puede vulnerársele su seguridad”, dice el juez 1º de instrucción Levys Orellana, de la Asociación de Magistrados y Jueces de El Salvador  (AMJUES).

Las medidas de protección para testigos

1) Medidas de protección ordinarias. Son las acciones encaminadas a preservar la identidad y localización de las personas protegidas.
2) Medidas de protección extraordinarias. Son las acciones que brindan seguridad integral a las personas protegidas, de manera temporal o definitiva, por condiciones de extremo peligro o riesgo.
3) Medidas de protección urgentes. Son las medidas ordinarias y extraordinarias que se aplican de manera inmediata y provisional, de acuerdo al riesgo o peligro, y que se brindan mientras se resuelve sobre la aplicación definitiva de las mismas.
c) Medidas de atención. Son aquellas acciones complementarias destinadas a preservar la salud física o mental de las personas protegidas, a satisfacer sus necesidades básicas y a proporcionarles asesoría jurídica oportuna.

Esta valoración fue el argumento principal con el cual algunos jueces se opusieron a la aprobación de la ley. En el régimen de protección anterior, quienes conocían la información de los testigos y determinaban si merecían o no protección eran los jueces y fiscales.

Hoy, con la reforma, es la comisión evaluadora de la UTE la que toma la decisión, previa petición de jueces, fiscales o el mismo testigo. En este punto, el magistrado Guzmán señala que está la principal complicación del programa.

“Han enredado más la eficacia de la protección del testigo”, sostiene. Por ejemplo, si el fiscal o el juez que llevan los casos en los que Óscar puede brindar información creen que él corre peligro y solicitan la protección,  están sujetos a que la comisión de la UTE dé la última palabra.

“¿Y si dice que no? El juez tendría que estar sometiendo recursos para anular esa decisión. Y luego del recurso de revocatoria viene el recurso de revisión. ¿Quién lo conoce? La comisión coordinadora del sector justicia. ¿Quiénes son esos? El presidente de la CSJ debe reunirse para eso, junto al ministerio de Gobernación, junto con el Fiscal General de la República, el procurador General de la República y el presidente del Consejo Nacional de la Judicatura. ¡Deben reunirse para resolver un recurso de revisión de una revocatoria de una medida de revisión a  un testigo!”.

El viceministro Escalante, el fiscal Ovidio Portillo y Mauricio Rodríguez, por el contrario, defienden que este cambio dará mayor agilidad al proceso.

Ástor Escalante  menciona las “novedades” del programa. “Esta normativa, que ahora es más completa, tiene medidas ordinarias, extraordinarias y medidas urgentes que sean asumidas por jueces, policías y fiscales para que los testigos verdaderamente tengan protección”.

Utilizando la explicación de Escalante, esto significaría que Óscar no tiene que recibir necesariamente una protección total como testigo. Sino ser acreedor de medidas que ofrece la ley como las ordinarias (sólo protección de identidad, por ejemplo) sin tener que pasar por una medida extraordinaria (cambio de domicilio, si no fuera testigo criteriado o un cambio demográfico: salida del país).

Para Orellana, sin embargo, los jueces no tendrían por qué estar solicitando permiso a una unidad administradora sobre todo si en esa unidad administradora pueden existir otras fallas”.Él argumenta que el número de personas que acceden a la identidad del testigo generan un riesgo hacia la seguridad del mismo debido a que la información se puede “filtrar”.

“Con el antiguo régimen, los únicos que teníamos acceso a información de los testigos éramos los jueces y fiscales. Ahora la UTE maneja esa información y ahora son cinco, seis personas más. Eso es peligroso porque puede vulnerársele su seguridad”, dice.

Ovidio Portillo señala que no se pueden realizar acusaciones prematuras sin antes ver cómo funciona el programa. “Me parece irresponsable que los jueces digan eso cuando en la práctica, hasta el momento, no hay ninguna prueba de que eso pase”, acota.

La comisión que evalúa las medias de protección para un testigo está formada por un policía, un psicólogo, un trabajador social y un abogado. Según Rodríguez, por el momento sólo hay cuatro comisiones que han atendido desde inicios de septiembre entre 120 y 160 casos. De estos, alrededor de cuarenta son casos heredados del régimen anterior.

Presupuesto
1.7 millones de dólares para primeros tres meses. $4 millones para 2007.


Casos atendidos hasta la fecha
160

Si 12 personas son las encargadas de analizar todas las peticiones de protección, que según el director del plan están llegando de todo el país, ¿no se genera un proceso lento de resolución, un embudo? Rodríguez dice que no porque los miembros de la comisión tiene una gran “experiencia”.

Él también utiliza el mismo argumento de Escalante al mencionar la otra medida que contempla el programa: “las urgentes”. Es decir, dar protección inmediata al testigo (sacándolo de su vivienda, llevándolo a un albergue o sacándolo del país) si su vida “corre peligro”.

“A futuro, los casos serán poquitos en comparación de la cantidad de gente que estará evaluando. Tal vez no pueda haber embudo porque las medidas urgentes, el juez, el fiscal las aplica inmediatamente y nosotros tenemos 10 días para modificar esa decisión”, dice.

En 2005, según Ovidio Portillo, la FGR contabilizó 12 asesinatos –desde enero de ese año- en contra de testigos que estaban brindando información en juicios. Este año, no obstante, la Fiscalía no cuenta con datos actualizados de testigos que hayan perdido la vida.

Según Rodríguez, de los testigos que lleva el programa desde septiembre, ninguno ha sido víctima de un atentado. Óscar tampoco ha sufrido un atentado, pero dice desconocer si recibirá protección con el nuevo programa. “Me han prometido que me sacarán del país o que por lo menos me trasladarán a un lugar más seguro. Igual a los demás y todavía estamos esperando”, comenta.

Hasta el viernes 20 de octubre, todavía estaba siendo protegido por la policía y no por el programa. Ese día, tampoco había un guardia que cuidara la entrada de la delegación de la PNC en donde él está recluido. Óscar salió y mencionó que ya no podía seguir platicando sobre su caso porque así se lo exigieron “los jefes”.

Luego, se marchó con dirección a una parada de buses cercana al puesto policial. Iba ligeramente perfumado. “Ya me voy porque tengo que ir a ver a una mi bicha”, dijo.

Según Martínez Larín, un testigo criteriado tiene libertad de movimiento. “En las comunicaciones previas se les hace comprender que los movimientos que tiene que hacer son para resguardar su seguridad. Se pueden mover de un punto A y un punto B”, dice. “La seguridad del testigo no es directamente proporcional al número de policías que le rodeen. Tiene que ver con el riesgo que corre el testigo en su entorno. Las etapas previas a una sentencia o una vista pública son claves para aumentar la seguridad”.

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