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Todo lo que usted tiene que saber de las eleccionesEl domingo 12 de marzo, tres millones 801 mil 40 salvadoreños podrán elegir a los 84 diputados de la Asamblea Legislativa y a los alcaldes de los 262 municipios del país. Lea aquí la información básica de este proceso electoral. El Faro
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Los diputados de la Asamblea Legislativas aprobaron el nueve de marzo de 2005 un decreto que modificaría sustancialmente las elecciones del año siguiente. Se trató del acuerdo 632, un compilado de cuatro artículos, cuyo punto principal fue cumplir con el mandato que la Corte Suprema de Justicia había emitido a mediados de 2002: la circunscripción nacional es inconstitucional.
Circunscripción es la palabra que denomina a la división administrativa, militar, electoral o eclesiástica de un territorio. Para el caso, lo que eliminó la Asamblea por decisión de la Corte fue la llamada plancha nacional, un grupo de 20 diputados que, de acuerdo a los criterios electorales, no representaban a un territorio específico sino a la totalidad del país.
Con el cambio, la Asamblea buscó una salida para esos diputados que sobraron, de manera que el número de parlamentarios se mantuviera en 84 y no bajara a 64. La solución fue el decreto 632, una orden legislativa que aumentó en la cantidad de diputados en nueve departamentos del país. El caso más evidente fue el de la capital, San Salvador, donde el número de diputados pasó de 16 a 25. En los demás departamentos, los cambios fueron de uno o dos diputados.
Esa modificación más el proyecto piloto de voto residencial en siete de los 262 municipios del país son las principales diferencias de estas elecciones respecto a las de diputados y alcaldes celebradas en marzo de 2003. Lo otro, que se implementó desde la elección presidencial de 2004, fue el voto con el documento único de identidad y ya no con el carné electoral.
Lea a continuación información básica dosificada sobre el proceso electoral que El Salvador vivirá este 12 de marzo.
Preguntas con respuestas:
El padrón electoral es la lista que registra a la personas con documento único de identidad (dui) que pueden votar, es decir, las que han cumplido los 18 años y no han perdido sus derechos constitucionales como ciudadano. El padrón se elabora con los datos que el Registro Nacional de Personas Naturales le presenta al Tribunal Supremo Electoral (TSE).
El padrón debe cerrarse 100 días antes de las elecciones. Es decir, un ciudadano que obtenga su dui después de esa fecha no puede ser incluido en el padrón y por lo tanto no tiene derecho al voto.
El TSE dio a conocer la cifra de posibles electores: 3 millones 801 mil 40 ciudadanos. La cifra es considerablemente mayor que el padrón de marzo de 2004, fecha en que se celebró las primeras elecciones que se votarían con el dui y no con el carné electoral. En esa ocasión, el padrón registró a 3 millones 442 mil 293 posibles votantes. De estos, votaron 2 millones 317 mil 981, una cifra histórica en los procesos electorales salvadoreños. Lo más cercano a eso fue la votación para diputados y alcaldes de 1982, cuando se registró un millón 956 mil 877 personas.
En el padrón de 2006 está compuesto por 2 millones 35 mil 32 mujeres y un millón 766 mil ocho hombres.
¿Qué partidos participan en esta elección?
Tres partidos desaparecieron luego de las elecciones presidenciales de 2004. El Partido de Conciliación Nacional (PCN) y la coalición formada por el Partido Demócrata Cristiano (PDC) y Centro Democrático Unido (CDU) no alcanzaron los votos suficientes que manda la ley para mantener el estatus de partido político legalmente inscrito.
Según el código electoral, un partido debe obtener por lo menos el 3% de los votos válidos de una elección para no desaparecer. En caso de que el partido participe coaligado, la unión de los dos o más partidos deberá obtener por lo menos el 6% de los votos válidos. No fue el caso para ninguno de los tres. Sin embargo, la Asamblea Legislativa, mediante un decreto, revivió a PDC y PCN. El otro desaparecido, CDU obtuvo un decreto legislativo que le permitió agilizar los trámites en el TSE para inscribirse como un nuevo partido político. Eso le permitió convertirse en Cambio Democrático (CD).
El único partido realmente nuevo en esta contienda es el Partido Nacional Liberal. Se trata de un pequeño instituto político que ha formado alianzas y coaliciones en muchos municipios para garantizar, según sus dirigentes, su supervivencia tras las elecciones. En la mayoría de los casos se ha aliado junto al CD y a un movimiento político que no alcanzó la legalización para participar como partido político en esta elección. Se trata del Frente Democrático Revolucionario (FDR), un grupo formado por actuales diputados y alcaldes que abandonaron las filas del FMLN por diferencias ideológicas y de procedimiento en el principal partido de izquierda y que hoy buscan reelegirse en sus cargos bajo la bandera del CD y PNL.
De esta manera, la lista de participantes para este 12 marzo la conforman PCN, PDC, la coalición CD-PNL (en alianza ambos con el FDR), y la completan los dos partidos mayoritarios y rivales, Alianza Republicana Nacionalista (ARENA) y el Frente Farabundo Martín para la Liberación Nacional (FMLN).
Estos dos últimos partidos son los principales en contienda. Basta recordar dos cosas: ambos son los que tiene mayor número de diputados en la Asamblea Legislativa (ARENA con 27 y FMLN con 31 fue el resultado de la elección 2003) y entre ellos se decidió la pasada elección presidencial que dio como ganador a Antonio Saca de ARENA y desapareció a los demás partidos en contienda. g
Vea aqui la disposición de los partidos en la papeleta de votación.
Un ciudadano que está apto para el voto, es decir, que aparece en el padrón electoral y que tiene la mayoría de edad, debe acudir a su respectivo centro de votación para emitir el sufragio. Los centros son los espacios donde se concentran las juntas receptoras de votos (JRV), es decir, la unidad mínima del proceso electoral que sirve para canalizar los votos de los electores.
Para esta elección el TSE ha habilitado 399 centro de votación en todo el país con un total de 9 mil 708 JRV. La ubicación del centro de votación depende en esta elección de un criterio que el TSE ha dado por llamar “domiciliar”, esto es, el urbanismo de la zona electoral o circunscripción electoral hará que un determinado territorio haya uno o más centro de votación. En cualquier caso, la cantidad de la población que potencialmente puede votar es la que determine cuántos centros de votación y JRV habrá en cada municipio. (ver mapa).
En los municipios, los centros de votación dividen a los votantes por apellido. Para el caso de San Salvador por ejemplo, la Feria Internacional sirve como centro de votación uno de los más grandes por cierto, y ahí pueden acudir los votantes inscritos en la circunscripción de la capital con apellido entre la letra A y la C.
Pulse aquí para conocer dónde le toca votar según su número de DUI.
Los centros de votación son importantes pues ahí no solo se realiza el proceso de emisión de votos sino que, una vez terminado el tiempo para votar, sirve para iniciar el conteo de votos por parte de cada una de las JRV. Además, desde ahí también se realiza la primera fase de transmisión de resultados.
El proceso de votación es sencillo. El ciudadano interesado debe acudir al centro de votación que le corresponde. Ahí, tendrá que buscar su nombre en el padrón escrito desplegado en todo el centro de votación para saber en qué JRV le tocará votar.
El padrón nuevo tiene la foto, nombre completo, número de DUI y la JRV donde le toca votar al ciudadano. Una vez encontrado en el padrón, el votante se dirigirá a su respectiva JRV. La JRV está compuesta por un máximo de cinco miembros. Entregará su DUI a uno de sus miembros para que este verifique nuevamente en el padrón. Al encontrarlo le entregará dos papeletas (una para diputados y otra para concejos municipales) y un crayón. El ciudadano irá entonces a la urna de la JRV, un minúsculo espacio privado donde podrá emitir su voto. Para que un voto sea válido, deberá marcar la bandera del partido de su predilección.
Luego, regresará a la JRV y depositará las paletas en otra urna cerrada. Firmará el padrón e introducirá uno de sus dedos en tinta indeleble como muestra de que ya ha votado. Finalmente, se le regresará su DUI.
Los centros de votación abren, generalmente, a las ocho de la mañana y cierran a las cinco de la tarde.
¿Por qué no hay voto residencial?
La promesa de voto residencial data desde hace varios años, presumiblemente para implementarse en las votaciones de diputados y alcaldes de 2000. Como resulta obvio, la propuesta no se ha implementado y lo más cercano que se tendrá en estas elecciones es el proyecto piloto del voto residencial en siete municipios del país.
¿Qué es el voto residencial? Pues es la manera que los organismos electorales facilitan la emisión del voto al electoral colocando los centros de votación cerca de sus domicilios.
Los municipios donde se hará el experimento son El Paisnal, en el departamento de San Salvador; Turín, en Ahuachapán; Nuevo Cuscatlán, La Libertad; Meanguera del Golfo, La Unión; Carolina, San Miguel; San Juan Nonualco, La Paz; y Tecapán, en Usulután.
Los municipios se han dividido en sectores. Cada uno de estos se han situado dependiendo del acceso de los cantones, caseríos y colonias. Así, las personas que pueden votar en el proyecto son los que en su DUI aparece la dirección que corresponda a los barrios, cantones, caseríos o colonias donde se ha determinado un sector y por lo tanto un centro de votación. En los municipios del plan piloto hay tantos sectores como centros de votación.
Las personas que pertenezcan a los sectores de los municipios del plan piloto pero que su dirección sea diferente podrán votar en los centros de votación que hayan sido tradicionales en las anteriores elecciones.
Con el proyecto piloto se busca que 40 mil 362 personas, de los siete municipios, tengan las urnas cerca de sus hogares.
¿Quién supervisa las elecciones?
El máximo encargado de impartir justicia electoral y realizar funciones administrativas para estas u otras elecciones es el Tribunal Supremo Electoral (TSE). El TSE está formado por cinco magistrados propietarios y cinco suplentes. El organismo goza, según el artículo 56 del Código Electoral, de plena autonomía jurisdiccional, administrativa y financiera en materia electoral.
El TSE desglosa su trabajo con organismos departamentales y municipales. Así, es que existen las Juntas Electorales Departamentales (JED), formadas por cinco propietarios e igual número de suplentes, y las Juntas Electorales Municipales (JEM), en total 262, conformadas por igual número de propietarios y suplentes que las JED. Esos organismos son permanentes.
El caso de las Juntas Receptoras de Votos (JRV) es diferente. Se forman 30 días antes de cualquier proceso electoral y su número total puede variar en función del padrón electoral y los centros de votación. Están formadas por lo menos con tres personas hasta un máximo de cinco.
El día de las elecciones, son varios los que vigilan el proceso.
En el centro de votación, hay un jefe de centro, usualmente miembro
de algún partido político en contienda que es nombrado
por las JEM. Luego también hay supervisores de centros, también
personeros políticos acreditados por las JEM. Se nombra uno por
cada 20 JRV.
Además, los miembros de la Junta de Vigilancia fiscalizan los
procesos electorales, al igual que los allegados al fiscal electoral
y los miembros de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos
Humanos. Los demás vigilantes, nacionales e internacionales,
son acreditados por el TSE, antes de la elección.
¿Cómo es el proceso de conteo de votos?
Se conoce como escrutinio. Cuando los centros de votación se cierran, usualmente a las cinco de la tarde, las JRV inician su trabajo de conteo de votos. Vacían las urnas y cuentan una por una las papeletas de la elección. Una vez contados, el resultado se transmite a documentos que se conocen como actas.
En cada Centro de votación habrá un Centro de Transmisión de Datos. Desde ahí se transmitirá las actas como imágenes vía fax al Centro de Recolección y Archivo que está contiguo al Centro Nacional de Procesamiento de Resultados Electorales. Este último es el encargado del conteo de votos a partir de las imágenes de cada acta de cierre.
Esta vez es la primera que se utilizará transmisión de actas como imágenes vía fax. Anteriormente, se utilizaba también el fax pero la calidad de los documentos, generados en papel y no en un monitor de una computadora, era de baja calidad. Hasta el momento el TSE ha realizado varios simulacros para probar el nuevo sistema pero en ninguno de los casos este ha resultado.
El mismo día de la votación es posible conocer resultados preliminares de la elección pero los resultados oficiales son dados a conocer varios días después. Para ello hace falta el proceso llamado escrutinio final. Este se iniciará, a más tardar, el martes 14 de marzo a las cuatro de la tarde.
En el escrutinio final se forman 18 grupos de trabajo, cuatro por San Salvador, dos para La Libertad y uno para cada uno de los demás departamentos. Durante el proceso, que puede durar varios días, los delegados de los partidos políticos y miembros del TSE se dedican a contar acta por acta para certificar los resultados preliminares dados anteriormente.
El sistema que permite la elección de diputados para la Asamblea Legislativa se basa en la aplicación de la fórmula de cociente electoral y el residuo mayor.
Con las reformas de marzo de 2005, el número de diputados ha crecido en el caso de San Salvador pues ahora ya no tiene 16 sino 25 diputados. Para ponerlo de ejemplo: Si en San Salvador hay un total de 100 mil votos válidos, dicha cantidad se divide entre el número de diputados para el departamento y así se obtiene el cociente electoral. El cociente es eso: la división entre el número de votos válidos por departamento y la cantidad de diputados que le corresponde a ese departamento. Así, un partido obtendrá tantos diputados como veces alcance el cociente.
La elección de diputados se entiende mejor con el siguiente recuadro que parte del ejemplo anterior, que tiene como votos válidos una cantidad de 100 mil y 4 mil de cociente electoral:
Partido |
Votos |
Cociente |
Diputados |
Votos utilizados |
Votos sobrantes |
| Partido A | 25, 000 |
4,000 |
6 |
24, 000 |
1, 000 |
| Partido B | 24, 000 |
4,000 |
6 |
24, 000 |
0 |
| Partido C | 10, 300 |
4,000 |
2 |
8, 000 |
2, 300 |
| Partido D | 30, 000 |
4,000 |
7 |
28, 000 |
2, 000 |
| Partido E | 10, 700 |
4,000 |
2 |
8, 000 |
2, 700 |
23 |
El Partido A obtuvo seis diputados porque esa fue el resultado de dividir el total de sus votos válidos entre el cociente electoral. Así se procede en el caso de todos los diputados. Sin embargo, el recuadro muestra que la cantidad obtenida es solo de 23 diputados aun cuando, para el ejemplo de San Salvador, son 25 diputados. Esto es porque todavía resta por conocer los diputados por residuo.
La ley electoral salvadoreña establece que los diputados que no sean electos por cociente le corresponderán al partido que tenga el mayor residuo. Para el caso del ejemplo, el Partido E es el que tiene el residuo más alto (2 mil 700 votos) por lo que el diputado es para él. El otro legislador que resta es para el segundo partido que tenga el residuo más alto, el Partido C, para el caso.
¿Cómo se elige a los concejos municipales?
La elección de alcaldes es más sencilla. El elector vota por un partido y el que tenga más votos en el municipio ganará la alcaldía. Lo que varía en este caso es la cantidad de concejales que acompañarán en su gestión al alcalde municipal.
La ley establece que en cada municipio se elegirá un concejo base compuesto de un alcalde, un síndico, dos concejales y cuatro miembros suplentes para sustituir indistintamente a cualquier propietario. Cuando la población del municipio es mayor a los cinco mil habitantes la distribución cambia así:
- Dos concejales más en los municipios que tengan hasta 10 mil
habitantes.
- Cuatro concejales más en los municipios de más de 10
mil hasta 20 mil habitantes.
- Seis concejales más en los municipios de más de 20 mil
hasta 50 mil habitantes.
- Ocho concejales más en los municipios de más de 50 mil
hasta 100 mil habitantes.
- Diez concejales más en los municipios de más de 100
mil habitantes.
Para ejemplificar, el municipio de Nombre de Jesús tiene menos de 5 mil habitantes por lo que le corresponde un concejo municipal base, formado por el alcalde, síndico y dos concejales. San Salvador, por el contrario y al tener más de 100 mil habitantes, le corresponde un alcalde, un síndico y doce concejales propietarios.
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