Columnas / Política

La despenalización del aborto merece un debate serio


Lunes, 17 de octubre de 2016
Laura Aguirre

Pocas palabras causan tanta conmoción y alboroto en nuestra adormecida sociedad como la de aborto. La semana pasada, Lorena Peña, presidenta de la Asamblea Legislativa y diputada de del FMLN, presentó una propuesta de reforma al artículo 133 del Código Penal, ese que castiga cualquier forma de interrupción del embarazo. Para algunos ha representado por fin una oportunidad para poner en agenda un tema importantísimo hasta ahora ignorado. Para otros todo es una artimaña del partido en el gobierno para aprovechar las emociones y el poco razonamiento que las letras malditas (A-B-O-R-T-O) despiertan en la fracción de derecha y distraer la atención del gravísimo problema de falta de liquidez que atraviesa el país.

Sé que la propuesta de reforma no se pensó de la noche a la mañana. Se nota al leerla que los cambios son una respuesta legal coherente a la realidad que tantas mujeres enfrentan en nuestro país. Sin embargo, no me parece improbable que sea una estrategia distractora. El momento que se eligió para presentarla es altamente sospechoso. Y si el objetivo real era hacernos olvidar, aunque sea por un rato, los otros problemas nacionales vitales, pues han tenido mucho éxito. De ser cierto, sería una expresión terrible de la mezquindad política de nuestros gobernantes.

Ahora bien, independiente de las razones que llevaron al FMLN a subir la propuesta a discusión plenaria,  desde que el tema fue puesto en el foco de atención pública nacional, hay que aprovechar este espacio para intentar hablar con seriedad sobre un tema que nos compete como sociedad. Para comenzar, quiero invitar a todos a que se tomen un tiempo para leer la propuesta y enterarse con exactitud de cuáles son los cambios que se han sugerido.

El FMLN no ha planteado, ni siquiera indirectamente, que el aborto sea despenalizado, mucho menos que sea reconocido como un derecho. Ya quisiéramos eso muchas. El cambio al que apuntan está limitado a explicitar cuatro excepciones en que se puede practicar un aborto sin consecuencias penales posteriores: cuando la vida de la mujer gestante está en riesgo, cuando una adulta resulta embarazada víctima de una violación, cuando una menor de edad queda embarazada víctima de una violación y cuando el feto tiene una malformación que lo hace inviable con la vida.

Muchos creen que nuestra constitución, al reconocer la vida desde el momento de la concepción, estableció automáticamente un impedimento definitivo e irrevocable para autorizar la interrupción de un embarazo. Esto es falso.

Con la reforma al artículo 1 se posicionó al no nacido en el mismo nivel de jerarquía constitucional que los derechos de la madre, pero no sobre los de esta. En la sentencia del 20-XI-2007, la Sala de lo Constitucional resaltó este aspecto al decir que el derecho a la vida del feto no tiene carácter de absoluto frente a los derechos fundamentales de la mujer gestante, ni viceversa. ¿Cómo resolver entonces el dilema de qué hacer cuando los derechos de una de las partes entre en conflicto con los de la otra? En esa misma sentencia se señaló que el artículo 27 del Código Penal establece los casos en que una práctica como la del aborto puede quedar excluida de responsabilidad penal.

Por lo tanto sí, dentro de nuestra ley existe la posibilidad de interrumpir un embarazo sin tener que ir a la cárcel, siempre y cuando se haya hecho apelando a un estado de necesidad. El problema es que el artículo 27 solo permite invocar los excluyentes de persecución legal después de que la acción ha sido consumada y no antes. Entonces siempre debe enfrentarse un proceso penal. Lo que la reforma haría es hacer explícitos los casos especiales en que tanto médicos como mujeres están exentos, desde un principio, de toda responsabilidad penal. Llenar ese vacío legal que hasta ahora ha atado de manos a médicos y mujeres para actuar incluso en los casos mayor necesidad es lo que la propuesta del FMLN está intentado solucionar. No están proponiendo nada que la ley no permita.

En El Salvador, la tasa de mortalidad materna para el 2008 era de 72 muertes por cada 100 mil nacidos vivos. De acuerdo a los datos del Banco Mundial en el 2015 fue de 54 muertas por cada 100 mil nacidos vivos. Pese a la evidente disminución, todavía se mueren muchas mujeres durante el embarazo, parto o post-parto. La mayoría, como reconoce el Ministerio de Salud, fallece debido a causas prevenibles y enfermedades que empeoraron con la evolución del embarazo. Muchas por no haber podido ser intervenidas a tiempo para poder salvarles la vida. Otras porque se quitaron la vida. El suicidio es actualmente la tercera causa de muerte materna.

Otra realidad es que en nuestro país la violencia sexual contra mujeres y, mayoritariamente contra niñas, es apabullante. Los casos registrados indican que al menos cada cuatro horas ocurre una violación. Muchas de estas víctimas además se ven obligadas a tener hijos de sus violadores, que en gran cantidad de casos son también sus padres, hermanos, tíos o abuelos. Una de cada cinco niñas de 10 a 12 años, que en el año 2012 tuvieron un parto, tuvieron su primera relación sexual con un familiar. Esto no es ningún secreto, los datos están a disposición de cualquiera que quiera verlos.

Muchos se contentan con decir que la medicina ahora es tan avanzada que ya no es posible que una mujer muera por causas relacionadas a su embarazo. Dicen también que la solución para una mujer violada es dar al recién nacido en adopción. ¿Hasta cuando vamos a seguir aceptando estos argumentos falsos e irresponsables? ¿Hasta cuándo vamos a seguir ignorando estas tragedias? ¿Cuánto más van a esperar nuestros legisladores, todos, para debatir con seriedad este tema?

Hablemos de esas vidas, salvemos esas vidas. Soy consiente de que una reforma al Código Penal no resolverá las situaciones de desigualdad y violencia estructural que están detrás de tantas mujeres y niñas muertas o violadas, pero es un paso importante y necesario. Diputados, diputadas, cumplan con su deber. Ya es hora.

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