El Salvador / Transparencia

Sala de lo Constitucional cierra el grifo de los fondos públicos a partidos que oculten sus donantes

Los magistrados atendieron una petición de una organización ciudadana que quiere que los partidos políticos revelen quiénes son sus financistas privados. Solo para las campañas electorales de 2014 y 2015, el Estado entregó a los partidos 18 millones de dólares. La Sala valora la posibilidad de prohibir la inscripción de candidatos a cargos de elección popular de aquellos partidos que persistan en ocultar sus donantes privados.


Viernes, 30 de septiembre de 2016
Nelson Rauda Zablah

Activistas del partido ARENA y FMLN, revisan el padrón electoral, durante las elecciones presidenciales de 2014.
Activistas del partido ARENA y FMLN, revisan el padrón electoral, durante las elecciones presidenciales de 2014.

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia vedó el acceso a financiamiento público a los partidos políticos que se nieguen a revelar la identidad de sus donantes privados, en una decisión de seguimento a una sentencia de 2014 que no ha sido cumplida en su totalidad y que, por ahora, tiene como principales actores en desacato, al partido en el gobierno, el FMLN, y a la Asamblea Legislativa.

Con el voto de cuatro de los cinco magistrados constitucionalistas, la resolución emitida este jueves 29 de septiembre pretende forzar el cumplimiento de su sentencia para que los partidos políticos cumplan su deber de revelar la lista completa de sus financistas privados, el tipo y la cantidad de cada donación y el destino de esos fondos. La resolución afecta en este momento particularmente al partido en el gobierno, el FMLN, que aún se resiste a transparentar el origen preciso de sus recursos financieros, en desacato a repetidas resoluciones no solo de la Sala de lo Constitucional, sino también del Tribunal Supremo Electoral y del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP).

El financiamiento público a los partidos políticos, conocido como 'deuda política', es un mecanismo que establece la Constitución para garantizar que cada organización que compite por cargos de elección popular pueda costearse su campaña electoral. En el caso de los partidos que ya han participado en elecciones, reciben una cantidad proporcional a los votos que obtuvieron en la última contienda electoral.

La lucha por identificar a los financistas privados de los partidos políticos ha tenido en los últimos meses como protagonista a la oenegé Acción Ciudadana. Por medio de uno de sus representantes, Eduardo Escobar, Acción Ciudadana pidió en agosto pasado a la Sala que emitiera dos medidas cautelares en un intento de que se cumpla la sentencia de 2014: que aquel partido político que no haya revelado con detalle su lista de donantes privados pierda el derecho a la deuda política y no pueda inscribir candidatos a cargos de elección popular. La Sala concedió la primera, y reserva la posibilidad de conceder la segunda.

Cuando en agosto de 2014 la Sala emitió su sentencia 43-2013, ordenó a la Asamblea que legislara para transparentar las finanzas de los partidos políticos. Los diputados acataron esa sentencia a medias con una reforma a la Ley de Partidos Políticos: en octubre de ese año redactaron que los partidos políticos tienen que pedir permiso a sus donantes para revelar su identidad en la lista de financistas. Desde febrero de 2015, la Sala ha declarado en varias oportunidades que los diputados no han cumplido la sentencia.

La decisión de este jueves es la más contundente hasta ahora por el potencial impacto en los partidos que caigan en desacato, ya que en 2018 El Salvador tendrá elecciones municipales y legislativas y en 2019 habrá elección presidencial. En 2014, con motivo de la elección presidencial que ganó Salvador Sánchez Cerén, el Ministerio de Hacienda incorporó al presupuesto general de la nación 11.1 millones de dólares para repartir entre los partidos contendientes en concepto de financiamiento estatal. En 2015, año de elección de alcaldes y diputados, Hacienda destinó 6.9 millones bajo el mismo concepto.

Dados los incumplimientos reiterados -el FMLN, por ejemplo, solo ha revelado la identidad del 1 % de sus financistas-, el abogado Eduardo Escobar acudió el 19 de agosto a la Sala a pedir que emitiera las dos medidas cautelares. En su petición ilustraba cómo otros países sancionan los incumplimientos de los partidos en obligaciones de transparencia financiera y acceso a la información. 'Aparte de las multas, existen sanciones consistentes en negarle a los partidos políticos el acceso al financiamiento estatal al que tienen derecho; ejemplos de esos casos son Austria, Alemania, España, Portugal. Otro tipo de sanción es la cancelación de la inscripción de los partidos políticos, como sucede en Senegal. Finalmente, existen sanciones de tipo electoral, que implican la no inscripción de candidaturas a los partidos infractores o la anulación de la elección para candidatos de los infractores, como es el caso de Francia e India', había planteado Escobar ante la Sala.

Los magistrados no incluyeron en su resolución razonamientos adicionales a los de Escobar para conceder la medida solicitada y solo reiteraron el interés de lograr que su sentencia se cumpla. 'La medida tomada por la Sala es muy acertada para hacer cumplir con su sentencia y para obligar a los partidos políticos a que entren en esta lógica de la transparencia', reaccionó el abogado de Acción Ciudadana.

Los magistrados firmantes son Belarmino Jaime (presidente de la Sala entre 2009 y 2012), Sidney Blanco (exfiscal en el proceso contra los militares responsables del asesinato de los sacerdotes jesuitas), Florentín Meléndez (expresidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos) y Rodolfo González. Los cuatro llegaron a la Sala en 2009 y se han caracterizado porque con sus sentencias y resoluciones restaron poder a las cúpulas partidarias al acabar, por ejemplo, con un mecanismo de elección de diputados que permitía a las dirigencias prácticamente decidir quién de sus planillas de candidatos lograba un escaño legislativo y quién no.

La Sala difirió su decisión sobre la otra medida cautelar solicitada y anunció que la prohibición de inscribir candidatos se decidirá eventualmente si ocurren ciertas circunstancias: 'Oportunamente se resolverá, dependiendo del informe aludido que envíe el Tribunal Supremo Electoral (TSE)'.

De nuevo: Asamblea y TSE deben cumplir sentencia

Antes de emitir esta nueva resolución de seguimiento, la Sala requirió informes a la Asamblea Legislativa y al TSE. A los diputados preguntó dos cosas: una, si ya se habían desecho de las frases de la Ley de Partidos Políticos en las que supeditaban la revelación de los financistas a que estos estuvieran de acuerdo con la publicación de su identidad. La otra fue si ya habían eliminado para las personas que soliciten información que cumplan el requisito de expresar la finalidad para pedir información pública.

La Asamblea contestó que considera 'innecesario' eliminar esos textos, puesto que la resolución de la Sala impide que esas frases produzcan efectos, ya que han sido expulsadas del ordenamiento jurídico. La Sala declaró inaceptable ese argumento y recordaron a los legisladores que su obligación es 'normar lo atinente al derecho de acceso a la información financiera de los partidos políticos, es decir sobre el origen y destino de los fondos con que los partidos y sus candidatos financian su actividad'. Los magistrados incluyeron otro mensaje a los legisladores: deben hacer su trabajo 'con independencia de las agendas institucionales que podrían existir sobre los ámbitos de la realidad que deban normarse y sin anteponer intereses político-partidarios de ninguna clase sobre las mismas'.

En el caso del TSE, la Sala requirió informe sobre el cumplimiento de las obligaciones de transparencia de los partidos. El Tribunal informó a la sala que el TSE 'con excepción del Partido Social Demócrata (que no tiene representación legislativa), los partidos políticos inscritos cumplieron con sus obligaciones de transparencia, rendición de cuentas y financiamiento para el año 2015'. El informe no convenció a los magistrados, que lo consideran ambiguo e incierto. Solo dos meses atrás, el 30 de julio de 2016, el TSE impuso multas a los partidos por entregar información de manera tardía o incompleta.

La Sala de lo Constitucional pide al Tribunal Supremo Electoral una aclaración de ese informe. 'No existe claridad sobre si, a pesar de las sanciones de multa que les han sido aplicadas, los institutos políticos han proporcionado material y efectivamente al TSE, por cualquier medio y de forma íntegra según lo ordenado por ese ente jurisdiccional, los listados de sus donantes, el tipo de donación recibida y las cuantías de las mismas o si, al contrario, estos únicamente han prometido remitir dicha información de ser requerida', dice la resolución.

Mientras tanto, un ultimátum. La sala da al TSE hasta el 31 de diciembre de este año para rendir un informe en el que indique si la información que los partidos han puesto a su disposición 'cumple con los requerimientos y parámetros que sobre transparencia y rendición de cuentas establece' la Ley de Partidos Políticos. Tras conocer ese informe, la Sala considerará si levanta la medida cautelar que congela la deuda política o si, por el contrario, concede la otra medida de presión solicitada por Acción Ciudadana, que sería prohibir la inscripción de candidatos.

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