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Juez envía a juicio a ocho imputados en el caso CEL-Enel

El juez 7o. de instrucción, Miguel Argüello, decidió que deben ir a juicio ocho de los nueve acusados de favorecer a la empresa italiana Enel con un contrato que le permitiría controlar la empresa geotérmica salvadoreña LaGeo. El juez criticó algunas decisiones de la Fiscalía en su investigación, y rechazó la petición de la defensa de cambiar el delito de peculado al de negociaciones ilícitas.


Miércoles, 6 de mayo de 2015
Fátima Peña y Valeria Guzmán

El Juzgado 7o. de Instrucción de San Salvador rechazó este miércoles la petición de sobreseer a los exfuncionarios del gobierno de Francisco Flores (1999-2004) acusados por la contratación de la empresa italiana Enel, y anunció que deberán enfrentar juicio a partir del día 28 de este mes.

“Declárase sin lugar la extinción penal solicitada por la defensa”, dijo el juez Miguel Argüello, al comenzar la lectura del fallo en el proceso penal en contra de los imputados en el caso conocido como CEL-Enel, que llegó a los tribunales en noviembre de 2013, cuando la Fiscalía General aseguró que en la contratación de Enel en 2002 hubo una trama conspirativa para favorecer que la compañía italiana se hiciera del control de LaGeo, la empresa estatal responsable de la explotación geotérmica en El Salvador.

El juez decidió que irán a juicio el exministro de Economía Miguel Lacayo y siete exdirectivos de la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL): Guillermo Sol Bang, Jorge Simán, Pedro Escalón, Julio Olano, Carlos Chavarría, Thomas Hawk y José Palomo. Miguel Argüello sobreseyó definitivamente al noveo imputado, José Vicente Machado Calderón, exrepresentante de Enel, quien estaba acusado como cómplice necesario para cometer el delito de peculado.

El juez manifestó que Machado fue sobreseído debido a que, según los análisis del juzgado, las actuaciones de Machado mientras fungió como representante de Enel estaban apegadas a la ley. La Fiscalía le acusaba de que mientras fue parte de la directiva de la empresa geotérmica, Machado actuó en favor de la empresa Enel, a la que representaba. “La conducta del imputado Machado Calderón estaba dentro de los parámetros legales permitidos”, afirmó Argüello, en referencia a que era esperable que como representante de Enel actuara dentro de la directiva de la empresa geotérmica en favor de los intereses de esa compañía.

En el dictamen de acusación del 9 de enero de este año, la Fiscalía presentó como prueba para incriminar al imputado una carta que Machado Calderón envió a la junta directiva de Gesal (en 2002, cuando CEL contrató a Enel, la empresa geotérmica se llamaba Gesal; luego cambió el nombre a LaGeo) en la que preguntaba si Enel Green Power podía participar en la licitación de la búsqueda del socio estratégico. Según los fiscales, Machado envió tal documento aún cuando sabía que Enel estaba inhibida de participar, ya que era socia de una empresa salvadoreña generadora de energía.

Los defensores de los acusados habían pedido al juez que cambiara la acusación de peculado por el delito de negociaciones ilícitas, pero el juez rechazó hacer este cambio. “El llamamiento a juicio no es apelable pero nosotros planteamos una excepción perentoria y esa sí es apelable”, dijo Edgar Morales Joya, defensor del expresidente de CEL Guillermo Sol Bang, en referencia a la petición de cambiar la tipificación del delito.

Según Morales Joya, esta tipificación de delito sería la más apegada a la investigación que la Fiscalía ha hecho, aunque negó que el hecho de que hicieran la petición del cambio era aceptar que su cliente sí era responsable de la comisión de este otro delito “(Negociaciones ilícitas) es el planteamiento más adecuado según el desarrollo de la Fiscalía. No es que exista, sino que teóricamente hablando es el que más se adecua”, dijo.

El juez mantuvo la decisión de conceder medidas alternativas a la prisión a los acusados, de tal manera que irán a juicio en libertad.

Mientras el juez daba lectura a la síntesis del fallo señaló dos actuaciones de la Fiscalía. La primera es que alguna correspondencia presentada como prueba ante el tribunal implica a otras personas que no han sido acusadas en el proceso. Como segundo señalamiento, el juez expresó que el Acuerdo Marco que el fiscal general de la República, Luis Martínez, firmó en Washington en diciembre pasado con Enel para poner fin al litigio internacional, no tiene vinculación con el proceso penal en los tribunales salvadoreños y, por lo tanto, las consecuencias que podrían derivarse del acuerdo no pueden afectar la persecución penal en El Salvador. Argüello señaló a la Fiscalía que haber firmado el Acuerdo Marco entra en contradicción con los artículos 235 al 246 de la Constitución de la República, en donde se estipula que un funcionario público debe defender los intereses y bienes del Estado, y que el hecho de que en ese acuerdo la Fiscalía accediera a liberar de responsabilidad civil a los imputados era inaceptable porque eso va contra los intereses del Estado de intentar recuperar las presuntas pérdidas ocurridas en virtud del contrato con Enel.

Cuando la Fiscalía presentó su requerimiento fiscal, en noviembre del 2013, afirmaba que el daño ocasionado al Estado por la firma de este contrato fue de mil 824 millones de dólares. En enero, la Fiscalía redujo la cifra a 148 millones.

Según el artículo 3 del Acuerdo Marco, el Estado salvadoreño renunciaba a exigir responsabilidad civil a todos los imputados en el caso visto en el juzgado 7o. de instrucción. Sin embargo, Argüello argumentó que “los imputados no son sujetos del derecho internacional”. Argüello también echó en cara a la Fiscalía que esta no tenía la potestad de renunciar a exigir la responsabilidad civil de todos los imputados porque “nadie puede renunciar a lo que no tiene”. En este caso, la entidad afectada es CEL y, por lo tanto, solo CEL tenía la potestad de solicitar la exoneración de la responsabilidad civil a los imputados y CEL solo la solicitó para el representante de Enel Green Power, José Vicente Machado.

Arturo Muyshondt, defensor de Miguel Lacayo y Thomas Hawk, expresó que no le preocupaba que no se eximiera a los imputados de la responsabilidad civil porque en el juicio se esclarecerá la inocencia de sus defendidos y “si no hay acción penal no hay acción civil”, manifestó el defensor.

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