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Sala de lo Constitucional ordena abrir urnas y contar de nuevo los votos para diputados de San Salvador

Mes y medio después de los comicios para elegir Asamblea Legislativa, aún no hay resultados firmes después de que una de las cámaras de la Corte Suprema de Justicia congelara la elección de las 24 diputaciones por San Salvador el mismo día en que el Tribunal Supremo Electoral había entregado las credenciales a los triunfadores. Una serie de anomalías en el escrutinio definitivo llevó a los magistrados a admitir las peticiones de amparo presentadas por cuatro candidatos.


Miércoles, 15 de abril de 2015
Sergio Arauz y Gabriel Labrador

La Sala de lo Constitucional ordenó este martes 14 de abril al Tribunal Supremo Electoral (TSE) abrir 2 mil 782 urnas para revisar todas las boletas de votación para diputados por el departamento de San Salvador que, al menos en términos aritméticos, plantea la posibilidad de que cambie el resultado por el que el partido Arena había obtenido 11 de los 24 escaños en disputa en esta circunscripción, y que en partidos como Gana, PDC y PCN el candidato que logre un espacio en la próxima legislatura sea una persona distinta a las que también este miércoles recibieron sus credenciales como diputados 2015-2018.

La Sala congeló temporalmente el nombramiento de los 24 diputados de esta circunscripción y concedió hasta el martes próximo martes 21 como fecha tope para que el TSE tenga resuelto el recuento. La primera reacción de algunos magistrados consultados por este periódico fue poner en duda que puedan cumplir el plazo.

Los beneficiados con esta disposición son cuatro candidatos de cuatro partidos políticos. Óscar García, del PCN, disputa la plaza a Cristina López; Josué Alvarado, del PDC, la dirime con Rodolfo Parker; Erving Ortiz, de Gana, con Guillermo Gallegos, y Douglas Áviles, de CD, es el único caso en que el litigio es con la plaza obtenida por otro partido, en este caso por el general Mauricio Ernesto Vargas, de Arena.

Los magistrados de la Sala juntaron en una sola resolución dos tipos de demandas de amparo. Aunque las de los cuatro son contra el escrutinio definitivo y por la presunta violación a dos derechos constitucionales, las de García, Alvarado y Ortiz son más generales hacia un conteo de votos que estuvo plagado de anomalías y que el TSE solo pudo terminar un mes después de las votaciones. Estos tres candidatos también objetan la resolución del TSE que rechazó las peticiones de nulidad del acta de escrutinio que ellos habían presentado debido a las inconsistencias en el conteo. La de Avilés, en cambio, apunta a la decisión de las mesas de escrutinio de anular 158 actas correspondientes a igual número de juntas receptoras de votos. Según Avilés, los votos en estas actas ofrecen la posibilidad de alterar el resultado.

Los cuatro demandantes coinciden en señalar que se ha violado el derecho de los ciudadanos a optar a cargos públicos.

La resolución se conoció justo en el momento en el que el TSE pretendía cerrar el proceso electoral 2015 con la entrega de credenciales a las autoridades electas, que deben tomar posesión el 1 de mayo.

La decisión de la Sala no sorprendió a los magistrados del TSE, cuatro de los cuales ya habían admitido ante los medios de comunicación que estaban conscientes de que hubo fallas en el registro de votación en las actas que redactaron las juntas receptoras de votos y también en el escrutinio final. Precisamente estas declaraciones fueron usadas por la Sala para sustentar que hay presunción de violación a derechos constitucionales y, por lo tanto, para admitir las peticiones de amparo y emitir medidas cautelares.

“La medida cautelar que se ordenará en el presente amparo, deberá entenderse en el sentido que el Tribunal Supremo Electoral: a) procederá al recuento de votos correspondientes”, dice el texto de la resolución. ¿Cómo se entiende este “recuento”? El magistrado Rodolfo González explicó que se refieren a que el TSE debe ir a revisar papeleta por papeleta. 'Es abrir las urnas del departamento de San Salvador y contar voto por voto. Es la única forma”, dijo a El Faro.

Los demandantes sostenían en sus escritos de petición de amparo que el TSE violó el carácter igualitario del voto al establecer “criterios erróneos” para el conteo que, por lo tanto, se realizó de forma errónea. Los cuatro demandantes decían haber detectado –y tener documentado- que los votos por rostro para un solo candidato de un partido –voto directo- se apuntaron a las banderas de los partidos. En otros casos se contaron como “voto por bandera y por rostro”, es decir, que el voto que debió haber sido para una sola persona se le asignó a esa persona pero también se duplicó y se fraccionó entre todos los aspirantes del mismo partido, y en otras ocasiones el voto directo por una persona se contó como una marca, es decir, como solo una fracción de voto.

Con la admisión de la demanda, la Sala de lo Constitucional también afecta la validez de las credenciales de 24 diputados por San Salvador que entregó en el Cifco este martes. La Sala determina en su resolución, que en aras de no entorpecer los procesos electorales pendientes, ni la labor legislativa de la Asamblea, las credenciales entregadas este martes gozarán de validez provisional, tendrán vigencia condicionada.

Esto implica que la nueva Asamblea Legislativa, en caso de que antes del 1 de mayo no existan nuevos resultados, se tendrá que establecer con los 60 diputados del resto de departamentos del país en los que no se impugnó los resultados ante ninguna instancia. Consultados al respecto, los magistrados del TSE prefieren no adelantar si una instalación de ese tipo podría llevarse a cabo pues para eso, aseguran, es que la Sala determinó que el Tribunal tiene hasta el 21 de abril para terminar el recuento de votos.

La medida cautelar –contar voto por voto-, que se prescribe mientras se resuelve la petición de amparo pero cuando se teme que haya violación a los derechos de los demandantes, también implica que la Sala de lo Constitucional se inclinó por la versión de estos, quienes denuncian que la forma de contar votos generó “un grave error, en el sentido de que los votos que fueron emitidos única y exclusivamente a un candidato en particular (voto directo y preferencial a un solo candidato)” no fueron contados en ningún formulario del TSE.

“Admítanse las demandas incoadas por los señores Oscar Armando García Ventura, Josué Alvarado Flores, Erving Ortiz Luna y Douglas Leonardo Mejía Avilés en su calidad de candidatos a diputados por el departamento de San Salvador, en contra del Tribunal Supremo Electoral, por la supuesta vulneración al derecho al sufragio pasivo o derecho a optar a cargos públicos”, dice la resolución firmada por Rodolfo González, Sidney Blanco, Belarmino Jaime y el magistrado suplente Germán Álvarez. El magistrado presidente, Óscar Pineda, pidió permiso para ausentarse para atender un compromiso en Nicaragua. El magistrado Florentín Meléndez, quien suele acompañar a sus colegas de la Sala, se abstuvo de votar.

La Sala de lo Constitucional, en su resolución, también ordenó al TSE que el recuento lo haga público, transparente y supervisado por la Fiscalía. En teoría, lo de la supervisión de la Fiscalía ya se produjo, y el fiscal general, Luis Martínez, aseguró durante el escrutinio que la institución era garante de que todo fuera transparente y apegado a la ley. Sin embargo, la Fiscalía nunca se pronunció públicamente sobre decisiones de algunas mesas de escrutinio de decidir anular algunas actas, como aquellas 158 por las que reclama Douglas Avilés.

Abrir las urnas y contar cada voto en San Salvador también deja en vilo la correlación de la próxima legislatura que deberá empezar el 1 de mayo. Hasta antes de la admisión del amparo, los resultados del TSE arrojaban un escenario de empate para el próximo período legislativo: el FMLN y Gana sumaban 42 votos, mientras que Arena, PCN y un diputado del PDC también sumaban 42 votos. El FMLN había obtenido 31 escaños y Arena 35; Gana 11, el PCN 6 y el PDC 1. El partido CD, de Avilés, ninguno. Hay ocho escenarios de combinaciones probables con los cuales los diputados pueden alcanzar la mayoría de 43 votos necesarios para aprobar cualquier ley o reforma.

El TSE intuía la resolución de la Sala

A los magistrados del Tribunal no les sorprendió la resolución de la Sala. Los argumentos que esta expuso para admitir los recursos fueron algunos de los que ya los mismos magistrados del Tribunal habían esbozado en sus propias actas del 27 de marzo con las cuales pretendían dejar firmes los resultados de los comicios.

La Sala incluyó en su resolución, por ejemplo, una de las principales preocupaciones de los demandantes: que se habían consignado actas con cero votos, hecho casi improbable porque el TSE no registró mesas receptoras donde no llegara gente a votar. “… Pretender utilizar como dato que hubo ‘cero votos’ en una JRV a la hora de contabilizar las actas en el escrutinio final, es no solo convalidar un acto culposo de un organismo temporal electoral que sí concurrieron a ejercer su derecho y deber constitucional de ejercer el sufragio”, reza la resolución de admisión de la Sala.

Los magistrados del TSE a sabiendas de esas fallas habían dado luz verde al acta de escrutinio definitivo hace dos semanas, cuando rechazaron los recursos de nulidad presentados por los partidos políticos y que buscaban que se hiciera de nuevo el escrutinio definitivo. El Faro reveló que el TSE decidió acelerar el cierre del proceso electoral la semana pasada pensando más en tener resultados para el 1 de mayo que en el respeto de derechos de los candidatos y de los votantes.

Esta es parte de la conversación que hace una semana tuvo El Faro con el magistrado del TSE Miguel Ángel Cardoza.

—¿Cuáles son las razones para declarar improcedentes los recursos de revisión de escrutinio definitivo presentados por los partidos políticos?

—Tenemos la fecha límite del 1 de mayo -respondió.

—Ese es un argumento extralegal.

—Si bien puede haber una pequeña variación en el resultado, consideramos que hay un plazo constitucional, el 1 de mayo, el cual no podemos incumplir.

Los argumentos que presentaron los partidos Arena, PCN, PDC y Gana para recurrir el escrutinio definitivo es que algunas de las 59 mesas que realizaron el conteo final habían cometido irregularidades como aprobar por mayoría que se consignaran a cero actas que en realidad daban votos a los partidos políticos. Partidos como el FMLN y CD denunciaron en su momento que esta era una técnica para reducir la cantidad de votos válidos. El TSE declaró improcedentes los recursos de nulidad presentados por los partidos pero no por eso restó validez a los argumentos planteados. 

“Todos vimos que había inconsistencias en las actas, lo vieron las mesas del escrutinio final, lo vieron ustedes los medios de comunicación, lo vimos nosotros los magistrados”, dijo Ulises Rivas Sánchez, uno de los titulares del TSE minutos después de enterarse de la resolución de la Sala. El magistrado Fernando Argüello Téllez coincidió: “Nosotros (magistrados del TSE) detectamos que había 188 casos con inconsistencias. Si se les hubiera dado solución en el TSE probablemente no hubiera habido recursos en la Sala de lo Constitucional, y la Sala no hubiera emitido una resolución que por lo visto está complicado cumplir”.

Cuatro de los cinco magistrados propietarios del Tribunal habían dejado constancia, por escrito, que por transparencia lo mejor habría sido revisar los paquetes electorales. El único que no planteó eso fue el presidente del TSE, Julio Olivo. Durante la ceremonia de entrega de credenciales de este martes se refirió a los comicios del 1 de marzo como 'las elecciones más complicadas de la historia de la institución'. Sin embargo, no asumió el cuestionamiento al resultado. “Se respetó la voluntad de la mayoría”, dijo.

El magistrado Rivas matiza el impacto potencial de la resolución de la Sala: dado que se trata solo del 5.1 % del total de actas las que están sujetas a revisión, y por eso no cree que el resultado del recuento cambie las cosas. “Las mesas nos dijeron que había inconsistencias, hubo problema en el voto cruzado o en la fracción del voto, hay que reconocerlo, pero no fue en todo. Solo fue en el 5.1%”, dice Rivas.

—¿El TSE tiene la potestad de ignorar las denuncias de algunos partidos en aras de un supuesto bien mayor o interés general? -preguntó El Faro al magistrado Ulises Rivas.

— Fue por la estabilidad del país -respondió-. Estar en esta discusión cuando ya la mayoría se expresó en las urnas, es improductivo. Lo que tenemos que hacer es mejorar este sistema para el futuro, sobre el camino.

Para el magistrado Miguel Ángel Cardoza, las irregularidades eran únicamente en 17 actas del departamento de San Salvador, pero dichos errores, según expresó por escrito, eran de tal envergadura que no atenderlas ponía en peligro la legitimidad del resultado de las elecciones. “No cabe duda de que la irregularidad expuesta en los párrafos anteriores, es de tal alcance, que la no apertura de paquetes electorales en el supuesto planteado, sería contrario a las más elementales exigencias de transparencia y objetividad de los procesos electorales”, plasmó Cardoza.

Este magistrado se refería a que esas 17 actas habían consignado cero votos. “Era posible advertir que algunas de las inconsistencias detectadas en 17 actas de Diputadas y Diputados a la Asamblea Legislativa del Departamento de San Salvador, se trataba de actas en blanco, en las que no se reflejaba ningún tipo de trabajo por parte de las Juntas Receptoras de Votos”, detalló Cardoza.

También el magistrado Ulises Rivas detectó irregularidades. Para él, se violó el derecho al voto de 818 personas que emitieron el sufragio en Mejicanos y que sirven para determinar quién ocupará la diputación 24. “Con respeto a la diputación 24 quedara la duda si pudo existir algún resultado distinto, lo cual solo se pudo saber si se hubiera procesado los 818 votos que contenían las actas de las JRV 994, 1015, 1074, y 1103”, escribió Rivas en su voto concurrente.

Los magistrados Argüello Téllez y Ana Guadalupe Medina contaron 188 actas con inconsistencias. “Había votos sin escrutar, votos cruzados no detallados, preferencias no detalladas y actas sin datos”, se lee en los votos concurrentes de ambos magistrados y que fueron anexados al acta de declaración de resultados firmes para elegir Asamblea Legislativa.

“Esas actas podían incidir en el resultado de la elección en dicha circunscripción”, se lee en el texto de ambos magistrados. “Para evitar cualquier violación de derechos fundamentales, planteamos que la única forma de garantizarlos era haciendo un recuento de votos, con la apertura previa de cada paquete electoral a las cuales corresponden las actas de cierre y escrutinio que hemos señalado”, decía el voto concurrente de Téllez y Medina.

Pese a sus respectivos votos concurrentes, todos los magistrados aprobaron el acta final en el que se declaraban firmes los resultados de las elecciones de alcaldes, diputados nacionales y diputados al Parlamento Centroamericano, publicada el viernes 10 de abril en el Diario Oficial. La única que no votó fue Ana Guadalupe Medina, pero sí su suplente.

Consultados sobre la posibilidad de perder el diputado 24 de San Salvador, los areneros responden que eso no será posible, y que, en cambio, es posible que obtengan un diputado más. Mauricio Vargas, el militar retirado que recibió su credencial temporal que lo acredita como dueño de la curul 24 del departamento de San Salvador, sostuvo: 'El resultado no cambia. La ley es dura pero es la ley, y hay que cumplirla'. El presidente de Arena, Jorge Velado, también criticó que la Sala eligiera el día de la entrega de credenciales para emitir su resolución. 

Los magistrados del TSE tienen previsto reunirse este miércoles para determinar qué harán para obedecer la resolución de la Sala. 

El 5 marzo, miembros de las mesas departamentales inician el escrutinio final, después de una serie de percances, el TSE inició esta última etapa con dos días de retraso. A cuatro días después de las elecciones el TSE aún no ha brindado datos oficiales.
El 5 marzo, miembros de las mesas departamentales inician el escrutinio final, después de una serie de percances, el TSE inició esta última etapa con dos días de retraso. A cuatro días después de las elecciones el TSE aún no ha brindado datos oficiales.

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