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TSE apresura declaratoria en firme de elecciones para llegar a tiempo al 1° de mayo

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) declararó en firme los resultados de las votaciones municipales, legislativas y de Parlamento Centroamericano (Parlacen) este jueves 9 de abril, pese a que dos de los cinco magistrados aseguran que cuatro recursos de revisión podían haberse estudiado 'a fondo'. Algunas elecciones estarían en vilo si CSJ acepta demandas de los partidos políticos.


Jueves, 9 de abril de 2015
Gabriel Labrador

El Tribunal Supremo Electoral apresuró la declaratoria en firme de los resultados electorales para salir 'a tiempo' con la toma de posesión de las nuevas autoridades municipales y la juramentación de la Asamblea Legislativa (2015-2018), programadas para el 1° de mayo, es decir, dentro de 22 días. Al mediodía de este jueves 9 de abril, los cinco magistrados del organismo colegiado del TSE firmaron el decreto que deja en firme todos los resultados electorales.

Para poder declarar en firme los resultados la institución declaró como 'inadmisibles', en cuatro días, 16 demandas que planteaban la revisión de los resultados electorales por fallas en el conteo de los votos, fallas en los datos registrados en las actas o presuntos hechos de fraude electoral. Dos magistrados consultados por El Faro declararon que al menos cuatro de esos 16 casos tenían suficientes elementos para seguir con un proceso de revisión. Los magistrados Fernando Argüello Tellez y Miguel Ángel Cardoza Cardoza dijeron a El Faro que la resolución que se tomó al final para declarar inadmisibles esos casos fue producto de las prisas. Este 1° de mayo, por Constitución, deben quedar constituidos los 262 concejos municipales y los 84 diputados a la Asamblea Legislativa, y según el magistrado Cardoza, estudiar a fondo los casos habría puesto en peligro que las autoridades electas tomaran posesión de sus cargos como exige la carta magna.

Entre los recursos declarados como 'inadmisibles' se encuentra el que presentó el partido Cambio Democrático para revisar unas actas del municipio de Mejicanos en las que las juntas receptoras de votos no le asignaron votos a los candidatos en contienda. El candidato a la diputación por San Salvador de Cambio Democrático, el actual diputado Douglas Avilés, disputó hasta el último momento la elección de la curul 24 por San Salvador contra el candidato del partido ARENA, el general en retiro Mauricio Ernesto Vargas. Hace dos semanas, por mayoría, la mesa 6 del Escrutinio Final, correpondiente a la Junta Electoral Departamental de San Salvador, resolvió que cuatro de esas actas no serían revisadas y luego declaró como ganador al general Vargas. 

En el caso demandado por CD como en otros tres, el magistrado Cardoza admite que sí había causales para que admitieran los recursos interpuestos pues los resultados podrían haberse alterado aunque sea mínimamente. Él explica que votó por declararlos inadmisibles porque el tiempo para estudiarlos no alcanzaba.

'Había unas mínimas probabilidades de que los resultados cambiaran el resultado electoral, pero resolvimos declarar inadmisibles los recursos porque el plazo que tenemos para estudiarlos pone en riesgo el nombramiento de todas las restantes autoridades electas', explicó Cardoza, consultado este jueves 9.

El magistrado propuesto por Arena, Fernando Argüello Télez, confirma que los últimos recursos, incluido el de Cambio Democrático, sí cumplían con los requisitos mínimos para ser estudiados. 'Por eso voté en contra para que sí se revisaran las actas, pero el organismo decidió lo contrario por mayoría calificada', dice Argüello Tellez.

Ambos magistrados confirmaron que fue al mediodía de este jueves que firmaron el decreto que declara firmes los resultados del 1 de marzo. El decreto será publicado el viernes 10 en el Diario Oficial y será el martes 14 de abril que el Tribunal entregue las credenciales a las nuevas autoridades. Asimismo, firmaron las actas de cada una de las votaciones ocurridas el 1 de marzo: concejos municipales, diputados de Parlacen y Asamblea Legislativa

Una carrera contra el tiempo en el TSE

Entre el lunes 6 de abril y el jueves 9, el organismo colegiado resolvió 16 solicitudes en las que se pedía o la revisión o la nulidad de algunos de los resultados electorales por supuestas inconsistencias en las actas que se levantaron en las más de 10 mil juntas receptoras de votos, por denuncias de fraude electoral o porque el TSE autorizó, sin quererlo, que dos familiares integraran al mismo tiempo un concejo municipal.

La tardanza del TSE para dar por ciertos los resultados electorales -cada partido se ha declarado de manera extraoficial como ganador o perdedor de los comicios en todo el país- es solo el último capítulo para una institución que se convirtió como en un barco a la deriva, a punto de hundimiento desde el día de la votación, el 1 de marzo pasado. Cinco semanas después, las 16 solicitudes presentadas por los partidos políticos para pedir revisión de las elecciones hablan de evidencias sobre fallas en el sistema de conteo de votos del TSE, y al menos en cuatro de esas denuncias, el TSE ha resuelto 'no a lugar' aunque reconoce que existen las fallas demandas (entre estas: falta de conteo de votos, votos no asignados a partidos o candidatos o mal cálculo en porcentajes de votos cruzados).

Desde diciembre de 2014, y luego de celebrados los comicios, Julio Olivo, el presidente del TSE, ha dicho que los tropiezos en estas elecciones ocurrieron por culpa de la Sala de lo Constitucional, que a finales del año pasado sentenció a favor del voto cruzado por rostro para las candidaturas a las diputaciones de la Asamblea Legislativa y Parlamento Centroamericano. El voto cruzado supuso un nuevo mecanismo de conteo, en el que se asignarían porcentajes a cada una de las marcas por rostro que obtuvieran los candidatos en contienda. En la teoría, el ejercicio apunta a una sencilla operación matemática de sumas de porcentajes. En la práctica, el sistema de conteo hizo aguas porque muchas juntas receptoras de votos no marcaron los votos asignados a los candidatos. Luego, el sistema informático del TSE no pudo leer ni tabular esos resultados. En síntesis, las fallas fueron fallas de logística, atribuibles todas a la falta de preparación y capacitación del TSE, que provocaron incertidumbre incluso para la definición del diputado #84 en el escrutinio final. Ese fue el último diputado por San Salvador que terminó siendo asignado al general Mauricio Ernesto Vargas de Arena, en medio de denuncias de irregularidades hechas por los partidos Cambio Democrático y el FMLN por la falta de conteo de los votos cruzados en las actas.

La mayoría de los recursos fueron interpuestos por los partidos Arena, Gana, PCN, CD y DS, y hasta que el TSE no los resolviera se volvía imposible declarar firmes los resultados de seis diputaciones y 25 alcaldías del país. Este retraso se sumó al del escrutinio definitivo, que se extendió por 19 días, y comenzó con tres días de retraso. Cinco semanas después de las elecciones, El Salvador por fin tiene certezas de los resultados ya que nunca hubo resultados preliminares la noche de la elección pues hubo grandes fallas técnicas a punto de que ni el mismo Tribunal confiaba en sus propios datos. Irónicamente, fue el mismo TSE el que saboteó su detallado y organizado plan de elecciones a finales del año pasado. 

12 de los 16 recursos de revisión el TSE los resolvió por unanimidad el pasado lunes 6. Entre ellos estaba la nulidad de escrutinio final que pedía el alcalde de San Miguel, Wil Salgado, del partido Gana. Según Salgado,  el partido FMLN, que ganó la elección municipal, movilizó votantes de otros puntos del país y de manera fraudulenta para que el 1 de marzo votaran a favor del candidato Miguel Pereira. Para los magistros, tanto el caso de Will Salgado como otros 11 casos no procedieron a una segunda etapa de revisión por considerarlos 'inadmisibles'. Eso quiere decir que presentaban fallas en la propuesta de revisión, y aunque no quisieron ahondar en todos los casos, los magistrados tomaron como ejemplo el caso del alcalde Salgado.

Este no fue admitido porque las pruebas presentadas correspondían a fallas y anomalías relativas al día de la elección, lo cual implicaba que Salgado debió pedir la nulidad de la elección en el plazo de las 72 horas siguientes a la celebración de los comicios. Sin embargo, Salgado presentó las supuestas pruebas hasta semana santa (un mes después de las votaciones) y pedía una cosa diferente a la que le correspondía: nulidad del escrutinio final y no nulidad de las elecciones en su municipio.

Entre los otros recursos que el TSE resolvió el lunes 6 de abril, uno tenía que ver con el caso de una madre y una hija que virtualmente integrarían el concejo municipal en el municipio de Tamanique, La Libertad. Ahí, una madre, candidata del partido Arena, compitió contra su propia hija, candidata del partido Gana por la silla edilicia. La votación la ganó la madre, pero gracias a la conformación de los concejos plurales en realidad las ganó también la hija, que se convierte en regidora al haber alcanzado el porcentaje de votos necesarios pese a que perdió la contienda. En este caso, el TSE se enfrentó a un impasse ya que el artículo 219 del Código Electoral, en su literal h, prohíbe que eso ocurra. Los magistrados explicaron que el caso fue separado de la lista de recursos interpuestos y la solución al mismo es casi salomónica. “Se designará como regidor a la candidatura propuesta por el partido que obtuviere más votos, mientras que su pariente que figure en la otra planilla deberá ceder a quien sigue en el orden de precedencia”, reza el artículo del Código Electoral. 

Entre el martes 7 y el jueves 9, los magistrados evacuaron los últimos cuatro recursos que tenían pendientes, entre ellos, los dos que tenían que ver con dos diputaciones por San Salvador. Los candidatos Douglas Avilés, del partido Cambio Democrático (CD) y Julio Valdivieso, de Democracia Salvadoreña (DS), quienes presentaron escritos aduciendo que las actas no reflejaban la realidad de lo ocurrido el día de la elección.

Avilés, además, había señalado que el resultado de la elección podía cambiar si se tomaban en cuenta seis actas en las que durante el escrutinio final se consignó que no tenían votos para ningún partido, cuando en realidad no era así. “Estas inconsistencias no eran capaces de alterar el resultado electoral”, fue el argumento que dio el magistrado presidente del TSE Julio Olivo a eso de las 5 de la tarde del martes, para ejemplificar por qué habían decidido declarar improcedentes la mayoría de los cuatro recursos pendientes. Dos días más tarde, el magistrado Cardoza -que votó junto a Olivo- y el magistrado Argüello Tellez lo contradicen y sostienen que el argumento que primó para resolver estos casos fue la prisa.

 

Magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE), minutos después de anunciar que declararán firmes los resultados de las elecciones municipales, legislativas y de Parlacen el miércoles 8 de abril de 2015. De izquierda a derecha: Óscar Panameño (magistrado suplente), Fernando Argüello Téllez, Ulises Rivas, Julio Olivo y Miguel Ángel Cardoza. / Foto de Gabriel Labrador
Magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE), minutos después de anunciar que declararán firmes los resultados de las elecciones municipales, legislativas y de Parlacen el miércoles 8 de abril de 2015. De izquierda a derecha: Óscar Panameño (magistrado suplente), Fernando Argüello Téllez, Ulises Rivas, Julio Olivo y Miguel Ángel Cardoza. / Foto de Gabriel Labrador

Los otros dos recursos que el TSE resolvió el martes tenían que ver con la elección para el gobierno municipal de Santa Rosa Guachipilín, en Santa Ana, así como para el munícipe de Cabañas, en el departamento homónimo. En estos municipios, los partidos ganadores se quejaban de que el TSE había repartido los concejales de una manera no proporcional, como lo establece el artículo 219 del Código Electoral, en los casos en los que el partido ganador obtuvo más del 50% de los votos. El TSE desestimó esta demanda aduciendo que cuando le ha sido asignada la mayoría simple en un concejo al partido ganador, el resto de regidores se reparte conforme al número de votos obtenido por cada partido, pero que en esta repartición no participa el partido ganador.

Los partidos políticos ya anunciaron que seguirán peleando hasta el final sus casos y llevarán sus planteamientos a la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia por presunta violación a sus derechos políticos consagrados en la Constitución.

Si la Sala admite los recursos, esta podría suspender los actos reclamados, es decir, afectar la declaratoria en firme de resultados electorales, lo que provocaría que las autoridades electas no puedan tomar posesión el 1 de mayo mientras no se resuelvan los casos. “La Sala es la que debe responder qué hará si los partidos presentan recursos ante ellos”, respondió Julio Olivo cuando se le preguntó si el TSE preveía un retraso en la toma de posesión de las nuevas autoridades.

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