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PDDH dice que policías que retuvieron a periodista de El Faro atentaron contra el libre ejercicio periodístico

El procurador de los derechos humanos, David Morales, resolvió que cuando en julio pasado dos agentes de la Divisón Antinarcóticos insistieron en preguntar a un periodista de El Faro por sus fuentes de información y sobre la autoría de un reportaje, lo coaccionaron indebidamente y afectaron la libertad de expresión y el ejercicio periodístico. Dio al director de la Policía 30 días para informar si el jefe de la Dan consintió ese procedimiento.


Lunes, 8 de diciembre de 2014
Ricardo Vaquerano

Una retención ocurrida en julio pasado en una calle del occidente del país, en la que dos agentes de la División Antinarcóticos de la Policía Nacional Civil presionaron a un periodista de El Faro para que revelara sus fuentes de información, constituyeron una 'afectación' al libre ejercicio del periodismo y a la libertad de expresión, resolvió la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos.

En su resolución firmada el 1 de diciembre pasado, el procurador, David Morales, dice que el operativo en que dos agentes de la DAN con los rostros cubiertos por gorros pasamontañas advirtieron al periodista Óscar Martínez que podían retenerlo durante 72 horas, fue una coacción que atentó contra el derecho a la libertad de expresión y el ejercicio del periodismo.

La PDDH investigó el incidente por iniciativa propia, después de que este periódico y otros medios revelaran que Martínez, acompañado de uno de sus hermanos, había sido hostigado cuando regresaba de hacer un trabajo de reporteo en el departamento de Ahuachapán. Aquel 16 de julio, Martínez fue detenido por unos agentes del sistema de emergencias 911, pero luego fue abordado por dos agentes de la DAN que le preguntaron sobre la autoría del reportaje 'El Cártel de Texis', que había sido publicado por este periódico en 2010.

Según la resolución de la PDDH, el director de la PNC, Mauricio Ramírez Landaverde, informó a la Procuraduría que el operativo contra Martínez se produjo después de que la DAN recibiera un 'aviso confidencial' de que se realizaría 'un traslado de sustancias prohibidas' en el automotor en que se conducía el periodista.

Cuando Martínez y su hermano fueron retenidos, los agentes del 911 los revisaron al parecer en busca de tatuajes de pandillas y repentinamente aparecieron los agentes de la DAN, que iniciaron su interrogatorio inquiriendo sobre una de las fuentes del periodista de El Faro, que es coordinador de la sección Sala Negra. Los agentes preguntaron por el apodo de esa fuente e insistieron en interrogarlo sobre la autoría del reportaje sobre la estructura de crimen organizado en que se mencionaba vínculos de miembros de la Policía.

'El suscrito procurador considera que hay indicios suficientes para asegurar que el procedimiento efectuado por los agentes de la DAN pretendía indagar sobre la identidad de las fuentes de información obtenidas por el periódico digital El Faro y específicamente por el señor Óscar Martínez, en el legítimo ejercicio de su labor, hecho con el cual se atentó contra el derecho a al libertad de expresión y el ejercicio del periodismo', dice la resolución.

La PDDH entrevistó a Martínez en dos ocasiones y también a su hermano. Asimismo, indagó con otras fuentes, y por eso consigna que la Inspectoría General de la PNC ordenó una investigación interna y reportó a la Procuraduría los avances. 'La investigación previa determinó que los involucrados fueron el sargento Walter Misael Hernández Hernández y el agente Pedro isael López Machado. Mediante resolución emitida a las 8:30 a.m. del 15 de agosto, el delegado regional de la Inspectoría ordenó iniciar investigación disciplinaria contra esos dos oficiales, a quienes les atribuyó faltas disciplinarias graves y muy graves, establecidas en los artículos 8 numerales 19, 27 y 28, y 9 numerales 15 y 32 de la Ley Disciplinaria Policial'. Estos incluyen conductas como, por ejemplo, impedir, dificultar o limitar el libre ejercicio de los derechos de cualquier persona.

Días después del incidente, Martínez fue contactado vía telefónica por personal de la Inspectoría de la PNC, que le informó que habían abierto una investigación. Hasta la fecha, la Inspectoría no ha informado ni a Martínez ni al periódico sus conclusiones.

En aquellos días, el director de la PNC dijo, en un programa de televisión nocturno, que los periodistas no debían creer que debido a su oficio están exentos de registros u otros procedimientos. La Procuraduría dice en su informe que Martínez expresó que eso lo tiene claro, y que su preocupación se deriva no solo de la insistencia de los agentes de la DAN no solo en preguntarle sobre la autoría de reportajes que hicieron revelaciones sobre crimen organizado, sino también de que los agentes dijeron que lo retenían por órdenes superiores.

La resolución de David Morales subraya que el problema del uso de fuentes confidenciales para montar operativos policiales es que pueden utilizarse para verter información falsa o para manipular la realidad.

'Se deduce que el procedimiento policial descrito perseguía coaccionar o intimidad al periodista Óscar Enrique Martínez, en virtud de la citada investigación periodística en la cual se relacionó a elementos policiales con el crimen organizado', dice David Morales, al aludir al reportaje El Cártel de Texis. 'Este hecho preocupa al PDDH por cuanto la intimidación es una acción intencional, expresa o encubierta que provoca en la víctima un temor de sufrir violaciones a derechos humanos.'

El procurador emitió una conclusión y también hizo dos peticiones al director de la Policía. 'El procurador para los derechos humanos resuelve: a) Dar por establecida la afectación del derecho al ejercicio del peridismo, al derecho a la reserva de su fuente de información y a la libertad de expresión, en perjuicio de los señores Óscar Martínez y Juan Martínez, así como del periódico digital EF, por parte de los agentes de la DAN que intervinieron en el procedimiento señalado'. Al director de la Policía le pide que establezca responsabilidades y que investigue si hubo al menos consentimiento del jefe de la DAN.

El procurador dio 30 días al director para que rinda informe sobre las dos peticiones.

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