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Así obstaculiza el gobierno el acceso a la información

El desacato, la arbitrariedad y hasta hacer esperar a los usuarios para ganar tiempo son prácticas de instituciones estatales que marcan los primeros tres años y medio de la Ley de Acceso a la Información Pública. Este recuento de los artificios para burlar la ley se construyó a partir de las experiencias del Instituto de Acceso a la Información, de un organismo privado que vigila la aplicación de la ley y de una serie de peticiones de información hechas por El Faro.


Domingo, 19 de octubre de 2014
Jimmy Alvarado

Material educativo presentado por el Instituto de Acceso a la Información Pública acerca de la importancia de acceso a la información, con el objetivo de darle cumplimiento al mandato de promover una cultura de transparencia en El Salvador.
Material educativo presentado por el Instituto de Acceso a la Información Pública acerca de la importancia de acceso a la información, con el objetivo de darle cumplimiento al mandato de promover una cultura de transparencia en El Salvador.

A tres años y medio de vigencia de la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP), el gobierno, particularmente por medio de los órganos Ejecutivo y Legislativo, ha utilizado primordialmente tres mecanismos para burlar las exigencias de la normativa, con lo que por medio de prácticas que van desde el abuso de declarar bajo reserva información que debería estar en manos de la ciudadanía, hasta el desacato a las instituciones vigilantes del cumplimiento de la ley, ha evitado que el público tenga acceso a información sobre las actuaciones de gobierno.

Uno de los mecanismos para saltarse las obligaciones de la LAIP consiste en abusar del artículo 21 de la LAIP, el cual permite que funcionarios públicos soliciten que cierta información se mantenga en secreto durante un plazo de hasta siete años. El segundo es el desacato de órdenes giradas por entidades –como el Instituto de Acceso a la Información Pública y la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia- que velan porque se cumpla el derecho de la ciudadanía a conocer sobre las actuaciones de sus gobernantes, y el tercero consiste en declarar como inexistente la información solicitada.

El Faro realizó un ejercicio de consulta de la documentación del Centro de Asistencia Legal y Anticorrupción, ALAC, y de los índices de información reservada de diversidad de instituciones. Además, consultó a Herminia Funes, comisionada del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), y en los últimos meses realizó una serie de peticiones de información.

Al comparar las respuestas de oficiales de información en algunas resoluciones con el contenido de la LAIP, se identificó cuál es la información pública que tanto el Ejecutivo como el Legislativo se niegan a brindar. Destaca el ocultamiento de información sobre el uso de fondos públicos.

En un lapso de seis meses, de mayo a octubre de 2014, ALAC presentó 296 peticiones de acceso a la información -según consta en su quinto informe-, a partir de esa experiencia comunicaron los siguientes hallazgos. Las tres instituciones que más restringieron el acceso a la información pública fueron el Viceministerio de Transporte, la Presidencia de la República y el Ministerio de la Defensa Nacional, en ese orden. La Asamblea Legislativa y la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL), aunque mejoraron en relación con el año anterior la respuesta a las solicitudes, continúan manteniendo oculta información que la LAIP clasifica como información que debe darse a conocer a la población.

Según ALAC, los principales mecanismos arbitrarios de los que hacen uso los oficiales de información -o posiblemente las instrucciones que atienden en sus instituciones- son hacer esperar al usuario para admitir sus solicitudes de información para ganar tiempo y retrasar la respuesta. También una práctica común es declarar como inexistentes documentos que son estratégicos –lo cual puede ser un indicio de que no realizan una custodia adecuada de los documentos que generan las instituciones- para el funcionamiento de los Órganos del Estado. La Comisionada del Instituto de Acceso a la Información Pública, Herminia Funes, confirmó que declarar como inexistente la información es la principal práctica para ocultar la información pública. 

-¿Cuál es el principal subterfugio que utilizan los funcionarios para negar el acceso a la información?- preguntó El Faro a Herminia Funes.

-Por las lecturas que hacemos, cuando un ciudadano acude a solicitar información y le dicen esta información es inexistente.

-¿Mienten?

-Mucho.

-¿Ah, sí?

-Sí. Ha habido casos en los que mienten mucho. Si este documento es inexistente, sabemos que este debió salir de su institución. Entonces, reconstruya la información. Ha sido positivo que a estas instituciones que les hemos ordenado efectivamente han reconstruido la información y la han entregado. Un caso: la Fiscalía. La Oficina de Planificación del Área Metropolitana de San Salvador (OPAMSS) nos dijo no existe y demostró por qué. Sabíamos que el documento estaba en una institución. Hizo lo que el Instituto le pidió hacer. Recuperó la información y se la entregó al ciudadano. 

Herminia Funes dice que en la experiencia del Instituto, lo que han observado es que la Corte Suprema de Justicia ha cumplido bastante bien la ley, especialmente si se compara con las actuaciones del Ejecutivo y de la Asamblea.

Según ALAC, las instituciones han incrementado sus índices de información reservada, en ocasiones sin justificar adecuadamente la decisión de no dar a conocer la información, contrariando la disposición legal de que se debe crear un índice donde se le explique al usuario por cuánto tiempo una información no se hará pública, quién tomó la decisión y el fundamento legal que permita comprender por qué se hizo la reserva.

La Presidencia de la República mantiene bajo reserva información que, según el artículo 10 de la LAIP, debe darse a conocer sin necesidad de que los ciudadanos la soliciten. En el índice de información reservada de la Presidencia, seis ítems [1] hacen alusión al manejo de recursos públicos que la ley exige que se transparenten.

Los grandes apartados de información que oculta la Presidencia tienen que ver con los costos de manutención de invitados extranjeros, gastos de publicidad, viajes de expresidentes y todos los informes de auditoría interna desde el 2007 hasta el 2011. Estas declaratorias de reserva se hicieron durante el gobierno de Mauricio Funes, e incluyó el secreto de toda la información sobre sus viajes, incluido el costo de ellos.

La Asamblea Legislativa ni siquiera publica el índice de información reservada en el portal de transparencia ni en el sitio electrónico de gobierno abierto, a pesar de que la LAIP, en el artículo 22, la obliga a hacerlo con actualizaciones semestrales y por rubros temáticos. “En ningún caso, el índice será considerado como información reservada y el mismo deberá ser publicado”.

El Faro realizó una solicitud de información al respecto, y el oficial de información hizo llegar una copia del índice –el 16 octubre- en el cual solo aparecen cuatro ítems como reservados: las listas de viajes aprobados, pero que todavía no se han efectuado; las piezas de correspondencia que han sido recibidas por la Asamblea, pero que todavía no han llegado a manos de la junta directiva; audios de 'reuniones privadas' (sic) de miembros de las comisiones especiales; la documentación en general que esté en poder de las comisiones especiales. Solo con aprobación de los integrantes de la comisión se puede hacer pública dicha documentación. Se desconoce a qué tipo de documentación hace referencia, puesto que el índice de información reservada lo presenta como un ítem general y no precisa.­­

Los miembros de la junta directiva han restringido el acceso a información oficiosa y se han negado a brindar información que no aparece en su índice de información reservada, tal como compras de bienes o servicios. Utilizan mecanismos internos que han sido aprobados por directivos de la Asamblea Legislativa como fundamento para explicar las resoluciones de negatoria. Estos ha sido cuestionados tanto por la Sala de lo Constitucional y por el Instituto de Acceso a la Información Pública, IAIP, sin embargo la información continúa estando restringida a la población salvadoreña.

Roberto Burgos, coordinador del ALAC, dice que los dos grandes apartados de información que la Asamblea mantienen como información secreta tienen que ver con facultades discrecionales de la junta directiva sobre manejo de fondos y las ejecuciones presupuestarias en aspectos donde no hay una clara regulación legal. Esta es la información que es común que se mantenga en secreto.

El acceso a información sobre donaciones realizadas por la junta directiva de la Asamblea Legislativa continúa con restricción parcial. El Faro solicitó a la oficina de información y respuesta que rindiera cuentas sobre esta práctica en el período de enero de 2009 a octubre de 2014. El gerente de Administración y Finanzas contestó con un memorando lo siguiente: “Se aclara que según instrucciones giradas  por la Honorable Junta Directiva de esta Asamblea Legislativa, la información brindada en virtud de la LAIP, será a partir de la vigencia de la Ley – desde el 11 de mayo de 2011-”.

No se pudo acceder a la información de los años 2009 y 2010. La oficina de la Asamblea Legislativa hizo llegar un cuadro donde se detalla las instituciones y personas naturales que recibieron donaciones por orden de la Junta Directiva. De mayo de 2011 a octubre de 2014, la Junta Directiva donó 869 mil 473.23 dólares provenientes del dinero de los contribuyentes.

En febrero de 2012,  El Faro dio a conocer que el diputado y presidente de la Junta Directiva, Sigfrido Reyes, encabezó una ceremonia en que se hizo un donativo por 840 mil dólares a 22 instituciones. Este donativo –en especies- no aparece reflejado en el informe que hicieron llegar los oficiales de información de la Asamblea Legislativa.

Para todas estas donaciones se utilizan fondos de los contribuyentes a través de ejecuciones presupuestarias que no entran ni en la categoría de adquisiciones ni en la de contrataciones, lo que facilita que los miembros de la junta directiva hagan uso discrecional de estos recursos.

El acuerdo secreto

El Faro solicitó en octubre de 2014 que la Asamblea Legislativa hiciera público el acuerdo mediante el cual restringe el acceso a los acuerdos de la junta directiva. El 16 de octubre de 2014 la oficina de información hizo llegar una respuesta escueta. “Acuerdo de Junta Directiva N° 3031. La Junta Directiva de la Asamblea Legislativa, acuerda: Modificar acuerdo N°85 de fecha 23 de mayo de 2012, relacionado con la clasificación de información de acceso restringido aplicado para esta Asamblea en base a los criterios establecidos por la LAIP. Comuníquese. Asamblea Legislativa, a los 4 días del mes de marzo de 2012”.

El acuerdo está en un documento que hasta hoy es secreto, y que como consecuencia hace más engorroso el procedimiento para obtener información sobre el ejercicio de facultades discrecionales como la compra de obras de arte, bebidas alcohólicas, regalos navideños y las erogaciones realizadas para las fiestas navideñas.

Esta última información pudo ser obtenida por ALAC debido a que apelaron ante el IAIP y luego, ante la negativa de los diputados de la junta directiva a brindar la información, acudieron a la Sala de lo Constitucional, la cual determinó que la Asamblea Legislativa debía hacer públicos dichos gastos.

La Asamblea Legislativa entregó a cuentagotas la información de 2012 sobre los gastos en obras de arte, alcohol, regalos y costos de la fiesta navideña, como lo reportó El Faro el pasado 18 de agosto.

Los asesores legislativos

La información sobre los asesores legislativos, sus salarios y sus especializaciones académicas-técnicas ha sido reservada arbitrariamente por la junta directiva.

En agosto de 2013, El Faro informó que Sigfrido Reyes incurrió en desacato a una orden precisa del IAIP. El diputado se negó a brindar información sobre las listas de asesores, sus nombres y salarios, alegando que esa es información confidencial. La LAIP -en el artículo 10, numerales 6 y 7- establece que la lista de asesores así como sus respectivas funciones es información pública que debe ser divulgada, además de la remuneración mensual por cargo presupuestario. Esa es información oficiosa, según la ley. Por esta razón, el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) ordenó su publicación.

La directiva de la Asamblea se rehusó a atender la orden del Instituto. Este impuso una multa de 40 salarios mínimos a Reyes a finales de noviembre de 2013 e instruyó una causa contra él. El diputado, sin embargo, no asistió a la audiencia pública y realizó una demanda en contra del IAIP ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia para no permitir el acceso a dicha información. “Lastimosamente, la demanda de Sigfrido Reyes fue admitida, a pesar de que la LAIP lo que establece es que sean los ciudadanos los que pueden asistir a la Corte Suprema de Justicia cuando no se les quiere brindar la información...”, lamenta Burgos. De esa manera el caso quedó en suspenso.

Las misiones oficiales anteriores a 2012

El día 26 de septiembre de 2014, la oficial de información de la Asamblea Legislativa, Cecilia Menjívar, emitió una resolución ante una petición de información de El Faro. Argumentó que no podía brindar información sobre las misiones oficiales al exterior del año 2009 y 2010 debido a que recibió instrucciones de los miembros de la junta directiva para no hacerlo.

La oficina de información de la Asamblea Legislativa no proporcionó información sobre los estados financieros donde se describen las transferencias de fondos, los costos totales en los que incurrieron los diputados, los países de destino a los que asistieron y los montos en concepto de viáticos que recibieron para realizar misiones oficiales a otras naciones.

Los directivos interpretan –según la misma resolución- que “la LAIP obliga a proporcionar la información desde su entrada en vigencia a partir de mayo de 2011”.

En realidad lo que la ley establece es criterios y mecanismos para poner a disposición del público información generada por el Estado y sobre las actuaciones de instituciones públicas, sin ningún tipo de restricción. La no retroactividad de la ley que prescribe la Constitución aplicaría para el caso en que, por ejemplo, hubiera alguna infracción y se tuviera que imponer alguna sanción a un funcionario.

Lejos de esa interpretación que hicieron los directivos en la respuesta a El Faro, el artículo 71 de la ley contempla plazos adicionales de entrega cuando la información excede los cinco años de haber sido generada, para que los oficiales dispongan del tiempo suficiente para recoger y sistematizar la información.

Los secretos de la CEL

La fallida construcción de la represa El Chaparral, en el nororiente de El Salvador, también tiene sus secretos. El proceso de Arreglo Directo entre la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL)  y la constructora Astaldi fue declarado bajo reserva durante el gobierno de Mauricio Funes. El 7 de septiembre de 2012, fue aprobada la petición de reserva realizada por la Unidad de Asesoría Jurídica de CEL y tiene como duración hasta el 28 de agosto de 2016, consigna el numeral 87 del índice de información reservada de la Comisión.

La Unidad de Asesoría Jurídica argumenta que la divulgación de esta información “puede generar un ventaja indebida o un perjuicio a un tercero”. Sin embargo, no profundiza, en el índice, en los apartados del arreglo que son secretos y que fundamentan el ocultamiento de dicha información.

El Faro reportó el 24 de septiembre de 2012, que CEL pagó 108 millones de dólares a Astaldi producto de un acuerdo que hasta ahora ha sido poco menos que secreto. Astaldi debía construir la represa El Chaparral, pero detuvo el trabajo en 2010 para presentar un reclamo aduciendo que las condiciones geológicas del terreno hacían imposible continuar con la obra. La documentación de lo pactado en el acuerdo, la información sobre en quién recaía la responsabilidad de no haber anticipado los inconvenientes que tendría la obra y los motivos por los que no se continuó con las acciones legales son un secreto.

Conforme han ido pasando los meses, CEL ha ido añadiendo más infomación al índice de información reservada. En el correlativo 88, la Coordinación de Proyectos de CEL solicitó se reservara el Expediente del Contrato No. CEL – 4568. Este contiene información de una auditoría técnica realizada para verificar los volúmenes de obra ejecutadas por Astaldi, relacionadas con las obras de emergencia que esta empresa ejecutó por los daños ocasionados por la depresión tropical 12 E en la zona del bajo Lempa, en Tecoluca y en Jiquilisco. La reserva de información fue aprobada el 21 de diciembre del 2012 y dura hasta  el 16 de noviembre del año 2019.

Los ocultamientos de la Presidencia

La Presidencia de la República mantiene como sercretos los gastos de publicidad, los viajes que realizó el expresidente Funes -incluidos los que hizo con su esposa- y los montos de cuánto le cuesta a los contribuyentes la atención a funcionarios extranjeros. A pesar de que la LAIP define a todos los apartados mencionados como información oficiosa, las dependencias de la presidencia han establecidos periodos de reserva amplios de esta información.

El 7 de mayo de 2012, la secretaría privada de la Presidencia blindó toda la información sobre los servicios de agencia de publicidad para el diseño, producción e implementación de campañas para el año 2010 y sus prórrogas. La reserva concluye hasta el año 2019. Fue a inicios de 2010 cuando El Faro reportó que la empresa Polistepeque acaparó contratos con el Ejecutivo por instrucciones de Funes. La compañía, propiedad de quien había diseñado la campaña electoral de Funes, facturó 8.5 millones de dólares en sus primeros 19 meses de operación. La Presidencia guardó silencio y ningún funcionario dio declaraciones reveladoras sobre ese tema.

A los gastos de publicidad se suma la información sobre los viajes. El 30 de enero de 2013,  la Secretaría para Asuntos Jurídicos y  Legislativos clasificó como reservada la documentación de viajes y logística de seguridad y transporte efectuados por Mauricio Funes y la primera dama en misiones oficiales internacionales durante un plazo de cuatro años. La LAIP establece que las listas de viajes internacionales, autorizados por los entes obligados y que sean financiados con fondos públicos, deben darse a conocer junto con datos como nombre del funcionario o empleado, destino, objetivo, valor del pasaje, viáticos asignados y cualquier otro gasto en que estos incurran. Esa es información pública y de divulgación obligatoria sin necesidad de que alguien la pida.

La Secretaría de Comunicaciones de la Presidencia, además, pidió el 3 de junio de 2013 que las actividades protocolarias de alimentación, transporte y estadía de funcionarios internacionales no se divulgaran durante un periodo de cinco años. En esta clasificación incluyen todas las visitas de funcionarios extranjeros y los costos de atención que se cubren con fondos públicos a pesar de que la LAIP lo prohíbe.

Con la decisión adoptada el 7 de mayo de 2012, la Secretaría Privada colocó bajo reserva todos los informes de auditoría interna para los años 2007, 2008, 2009, 2010 por un periodo de cinco años, a pesar de que la LAIP establece que los informes que por disposición legal generen los entes obligados es información pública que debe estar al alcance de la población salvadoreña.

 


[1] Los ítems del índice de información reservada de la presidencia 4, 7, 8, 18, 20, 23

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