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Magistrado de Sala de lo Constitucional aclara que diputado Rivera Monge no tiene fuero

El magistrado Rodolfo González precisó este martes, en el programa El Faro Radio, que el fiscal general, Luis Martínez, actúa apegado a la jurisprudencia de la Sala de lo Constitucional al ordenar la captura del legislador suplente del PCN Wilver Rivera Monge, acusado de lavado de dinero. 'Los diputados suplentes no están aforados', subrayó.


Miércoles, 17 de septiembre de 2014
Valeria Guzmán

En medio del debate público sobre la legalidad de la orden de captura girada por la Fiscalía contra un diputado suplente acusado de lavado de dinero, uno de los magistrados de la Sala de lo Constitucional explicó este martes que los legisladores suplentes carecen de la prerrogativa del antejuicio, a menos que en el momento en que sean acusados penalmente por un delito grave estén supliendo a un diputado propietario.

'Es correcto, el diputado suplente que no está llamado a ejercer no está aforado', dijo Rodolfo González, en una entrevista telefónica durante el programa El Faro Radio, cuando se le preguntaba sobre el debate en los medios de comunicación entre los magistrados de la Corte Suprema, los diputados y el fiscal general, Luis Martínez. Este desistió la semana pasada de su solicitud de antejuicio contra Rivera Monge, justo después de una resolución de la Sala de lo Constitucional en la que esta expuso que salvo si está llamado a jercer, un parlamentario suplente carece del fuero y puede ser procesado directamente ante los tribunales comunes.

El fiscal general presentó a la Asamblea Legislativa, el pasado 29 de agosto, una petición para que se despojara del fuero al diputado elegido en 2012 por el departamento de Chalatenango. El procedimiento que prescribe la Constitución dicta que cuando la Fiscalía presenta una solicitud de antejuicio, la legislatura debe analizar el caso y determinar si hay lugar a formación de causa. Si hay lugar a formación de causa, la persona acusada pierde su protección constitucional para que sea procesada en una cámara, que actúa como tribunal de primera instancia.

10 días más tarde, la Sala de lo Constitucional emitió una resolución sobre una petición de amparo contra la decisión de la Asamblea Legislativa de que los antejuicios a diputados pueden emprenderse sin necesidad de que la Fiscalía General lo solicite. En ese contexto, del proceso de amparo 648-2014 de fecha 9 de septiembre, la Sala de lo Constitucional afirma: “Los diputados suplentes, mientras no hayan sido llamados a formar Asamblea y ejercer la diputación, no son titulares de los derechos, prerrogativas y derechos inherentes a la condición de parlamentario”.

Aún después de esta aclaración, la Asamblea Legislativa aprobó la apertura del proceso de antejuicio contra Rivera Monge el 11 de septiembre, mientras la Fiscalía anunciaba que desistía de la petición de antejuicio y anunciaba que ordenaba la captura del diputado suplente. Algunos diputados, como el presidente, Sigfrido Reyes, reaccionaron contra la decisión del fiscal Luis Martínez. “Hago un llamado a la cordura al fiscal general', dijo Reyes.

Este martes, el magistrado González dio la razón al fiscal al precisar que Rivera Monge no tiene fuero y que el fiscal actúa de acuerdo con la jurisprudencia contenida en varias resoluciones anteriores de la Sala.

El artículo 238 de la Constitución establece: “Los diputados no podrán ser juzgados por delitos graves que cometan desde el día de su elección hasta el fin del período para el que fueron elegidos”. González afirmó que esta prerrogativa, al romper el principio de igualdad de todos los ciudadanos ante la justicia, debe ser entendida de manera restrictiva y, por lo tanto, debe limitarse a las 84 personas que cumplen el rol de legislar. Lo contrario sería entenderla de forma extensiva a todos los diputados suplentes.

“Es razonable lo que ha dicho el fiscal general', dijo González, cuando se le preguntó quién interpretaba correctamente la resolución del 9 de septiembre, si los diputados o el fiscal. 'Es cierto, no hay una sentencia específica sobre el antejuicio, pero el suplente solo tiene fuero cuando está llamado a ejercer en sustitución de un diputado propietario. Es que el fuero no es una prerrogativa personal, sino del cargo, y no puede ser que el fuero se lo lleva alguien que es diputado suplente cuando va a comer pupusas', ilustró.

El Faro preguntó a González si cuando dijo que el planteamiento del fiscal es razonable debemos entender que es Luis Martínez quien tiene la razón en este debate. 'En la lectura que que ha hecho el fiscal general sobre este caso, está actuando según la jurisprudencia de la Sala. El suplente que no está llamado a ejercer, no está aforado... además, a él lo están procesando por un comportamiento que viene desde los años anteriores al período en que él ha sido legislador suplente', subrayó.

El magistrado dijo que no podía decir más sobre el caso porque puede ser que la Sala reciba eventualmente una demanda de inconstitucionalidad específica sobre el fuero parlamentario. Hasta ahora, la jurisprudencia se ha producido a raíz de la demanda contra la Asamblea Legislativa por una reforma al reglamento interior que habría permitido que los antejuicios a legisladores se hagan sin necesidad de petición de la Fiscalía. La Sala resolvió que la Constitución obliga a que la Fiscalía haga su petición a la Asamblea.

Rivera Monge está acusado de participar en lavado de dinero por unos 10 millones de dólares. La información recabada por la Fiscalía abarca actuaciones desde 2007. Su esposa y su hijo fueron capturados hace tres semanas, acusados de ser parte de la red de blanqueo. Además, la investigación de la Fiscalía vincula al legislador con operaciones de narcotráfico, aunque hasta ahora no ha presentado una acusación por este delito.

Los diputados, incluidos varios del FMLN, reclaman que Rivera sí tiene protección constitucional y que el fiscal debe esperar el resultado de la comisión de antejuicio. González, sin embargo, atajó esa posición y para ello citó a uno de los diputados suplentes del FMLN y excoordinador general del partido: 'Como dijo  mi maestro, Fabio Castillo, la Constitución no distingue y no se debe distinguir por los intérpretes. La Constitución sí distingue en el artículo 236  al presidente y vicepresidente, al ministro y viceministro; no menciona diputado propietario y diputado suplente… si incluimos a los suplentes, sólo ahí son 168 aforados, no puede ser.”

Por ahora, Rivera Monge, suplente del diputado Reynaldo Cardoza, huye de la justicia.

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