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Antes de jubilarse, un juez condena a Banco Agrícola a pagar $366 millones

En 1989, el Banco Agrícola embargó 31 vacas, 13 terneros, 11 caballos y un tractor. Un juez declaró ilegal el embargo y ordenó la devolución de los bienes, pero el banco no atendió la orden. Casi un cuarto de siglo después, otro juez ordenó al banco pagar a la empresa embagada $366 millones por daños y perjuicios, considerando la producción de leche y crías del ganado embargado. El juez se jubiló dos días después. La cantidad representa el 64% del patrimonio de Banco Agrícola, que ya pidió la anulación de esa sentencia. 

Efren Lemus

elfaro.net / Publicado el 14 de Enero de 2013

Dos semanas antes de la Navidad de 1989, a la empresa ganadera P. G., S.A. de C.V. le embargaron 31 vacas, 13 terneros, 11 caballos, un tractor y varias herramientas que tenía en la hacienda Cangrejera, en el departamento de La Libertad. La orden de confiscación temporal llegó desde un juzgado capitalino porque la compañía estaba etiquetada como un cliente moroso que no había pagado un crédito para producción que le había concedido el Banco Agrícola Comercial. 23 años más tarde, la justicia ha hablado y ha condenado al banco a pagar el equivalente a dos tercios de su patrimonio. El banco, por supuesto, no se ha quedado de brazos cruzados y espera una reversión del fallo.

La madeja de un embargo

13 de mayo de 1987
El Banco Agrícola concede a la empresa P.G un crédito a la producción y unas letras de cambio que suman 218 mil colones. Un año después, la empresa cae en mora y es demanda ante un juez de lo mercantil.

13 de diciembre de 1989
El Juzgado Segundo de lo Mercantil de San Salvador ordena el embargo de unos semovientes en la Hacienda Cangrejera, La Libertad. Los bienes son entregados al subgerente del banco Ricardo Augusto Bennett.

16 de junio de 1995
El Banco Agrícola niega que se haya embargado bienes en la hacienda Cangrejera y pide al juzgado una nueva orden de embargo. Esa solicitud es rechazada y el embargo decretado cinco años es notificado oficialmente a la empresa.

25 de marzo de 2003
El Juzgado Segundo de lo Mercantil advierte que el banco ha abandonado el juicio y ordena el cierre definitivo. El Banco Agrícola pide la anulación de esa decisión, pero el fallo favorable para la empresa es ratificado por la Cámara Primera de lo Civil.

25 de enero de 2005
El depositario judicial evade varias órdenes para devolver el ganado y las herramientas embargadas a la empresa. El juzgado decide informar a la Fiscalía el posible cometimiento del delito de apropiación indebida y Ricardo Bennett es procesado penalmente.

22 de octubre de 2009
El Juzgado Segundo de lo Civil admite una demanda contra el Banco Agrícola por no devolver los bienes embargados en 1989. La empresa pide una indemnización por daños y perjuicios por la no devolución de los semovientes.

24 de febrero del 2010
El Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador absuelve a Ricardo Bennett de la apropiación indebida del ganado embargado en 1989. Los abogados de P.G piden a la Corte Suprema que anule esa decisión.

31 de agosto de 2012
La Corte Suprema de Justicia anula la absolución que favoreció a Ricardo Bennett y ordena que enfrente un nuevo juicio. El otrora subgerente del Banco Agrícola espera un nuevo juicio por no devolver completamente los bienes embargados en 1989.

19 de diciembre de 2012
El Juzgado Segundo de lo Civil condena al Banco Agrícola al pago de 361 millones en concepto de daños y perjuicios, y a la cantidad de cinco millones de dólares en concepto de daños morales en contra de la empresa P.G.

03 de enero de 2013
La Cámara Primera de lo Civil admite una apelación presentada por el Banco Agrícola. Los abogados del banco piden que se anule la condena de $366 millones, una cifra que representa más del 60% del patrimonio del banco.

El litigio que casi llega a un cuarto de siglo tiene su origen cuando, entre 1986 y 1987, en plena guerra civil salvadoreña, el banco desembolsó 128 mil 124 colones (24 mil  928 dólares al tipo de cambio actual) y la empresa P. G. se comprometió a pagar al año siguiente. La firma ganadera no cumplió y el atraso rompió la relación armoniosa entre el banco y su cliente: en septiembre de 1989 la compañía financiera inició un proceso que culminó el 13 de diciembre del mismo año, cuando un ejecutor de embargo llegó a la hacienda con un documento del Juzgado Segundo de lo Mercantil de San Salvador y se llevó casi todos los bienes de la empresa.

“El ganado se transportó y el tractor se encuentra depositado en la hacienda Hoja de Sal, los demás bienes en las bodegas del Banco Agrícola Comercial. En este acto procedo a nombrar como depositario judicial de los bienes que se han embargado al señor Ricardo Augusto Bennett”, escribió en su reporte el ejecutor de embargo, Francisco Álvaro Moreno.

Ricardo Augusto Bennett era, en esa época, el subgerente de créditos agropecuarios del banco.  Él fue nombrado como el depositario judicial, es decir, el responsable de evitar la pérdida o el deterioro significativo de los bienes. Así, el ganado y las herramientas quedaron temporalmente en poder del banco porque P.G perdería  esos bienes sólo si el juzgado le condenaba por la mora.  La empresa nunca aceptó ese reproche y se alistó para un largo litigio.

"Ellos llegaron y saquearon, como era costumbre en esa época. Y todavía algunos bancos lo hacen. Mucha gente cree que cuando le embargan ahí terminó todo, ¡no, señor!", dice Carlos Arturo Muyshondt Parker, el abogado de la empresa P.G. que alistó sus alegatos para revertir el embargo.

Su primera queja fue una supuesta violación a su derecho de defensa. La empresa denunciaba que sus bienes fueron confiscados, pero esa orden judicial le fue notificada hasta el 23 de octubre de 1995; es decir, cinco años después de que sus bienes ya estaban en poder del banco. Advirtiendo que la falta de notificación del embargo dinamitara las bases que sostenían el juicio, la entonces abogada del banco, Camila de León, pidió una nueva orden de embargo, pero su petición no tuvo eco.

El juicio siguió a paso de tortuga. Pasaron los meses y pasaron los años, hasta que llegó el 25 de marzo de 2003. Ese día, el Juzgado Segundo de lo Mercantil emitió una sentencia que favorecía a la empresa P.G, gracias a una supuesta negligencia del banco: la falta de acciones encaminadas a demostrar que la deuda existía. En el argot jurídico a eso se le llama caducidad de la instancia y consiste en que un proceso judicial debe claudicar si pasan cinco años y el demandante no presenta ninguna prueba o solicitud de reactivación del juicio.

 “La suscrita no niega que la demanda fue interpuesta en tiempo ya que el acreedor le asistía el derecho de reclamar el cumplimiento de pago de las obligaciones contenidas en los documentos, por parte de la sociedad deudora y colocada ésta en situación de mora, el banco acreedor, actúo con legítimo derecho. Sin embargo, dejó pasar el tiempo desde que interpuso la demanda hasta el emplazamiento de la parte reo, sin efectuar ningún acto”. Aparentemente, después de 14 años, el caso estaba cerrado.

Inconforme con esa sentencia, el Banco Agrícola Comercial pidió a los jueces superiores –la Cámara Primera de lo Civil- la anulación de la sentencia. El 23 de octubre del 2003, los magistrados volvieron a fallar en contra del banco por otra supuesta negligencia: la institución financiera presentó el contrato de crédito rotativo para la producción, unas letras de cambio, pero faltó el documento clave que demostraba el incumplimiento del pago por parte de P.G: la certificación de saldos del crédito.

“El estado de cuenta certificado por el contador de la institución acreedora con el visto bueno del gerente de la misma hará fe en juicio. Al no haber sido presentada la certificación, la presentación tan solo del testimonio de apertura de crédito con la letra de cambio que establece el retiro, con base de la acción, carecen de toda fuerza ejecutiva”. Con esa sentencia, el caso estaba, otra vez, cerrado: la empresa ganaba, el banco perdía.

—La Cámara resolvió en exceso a lo que se le había pedido, esa es una resolución judicial que puede ser sujeta a algún tipo de revisión. Si esa resolución en algún momento fuera revertida todo el juicio que ha ocurrido desde el año 89 ya no… incluyendo esa sentencia, pues dejaría de existir en la vida jurídica, dice Franco Jovel Carrillo, el apoderado legal del banco.

La sentencia de la que habla Jovel Carrillo es un tercer fallo desfavorable para el banco. Una sentencia que le condena al pago millonario de una indemnización, un fallo que le arrebataría más del 60 por ciento de su patrimonio, pero en el relato lineal del litigio para que eso suceda todavía hace falta que pasen nueve años más…

“Una vaca murió; un toro, hurtado…”

La sentencia de la Cámara Primero de lo Civil, en el año 2003, abrió las puertas para que la empresa P.G, representada por Ricardo Ernesto Antonio Gutiérrez, exigiera la devolución de los bienes que le habían sido embargados 14 años atrás.

Escrito tras escrito, los abogados de la empresa pedían que el exgerente del banco, Ricardo Augusto Bennett, les informara dónde estaban las 31 vacas, 13 terneros, 11 caballos, un radiotransmisor, una bomba, un tractor de color verde, 16 tubos de aluminio, 13 aspersores (herramienta de riego),  una báscula y tres botes de aluminio.

Pasaron dos años y la noticia sobre el paradero de esos bienes no llegó. Presionado por los escritos del tribunal, el 18 de enero de 2005, Bennett Duque entregó a la justicia un motor de tractor, una bomba, 13 aspersores, una báscula, dos tubos, una yegua y dos caballos criollos. Lejos de darse por satisfecha, la empresa P.G alegó que el ganado devuelto representaba una cifra ínfima y no era de la raza que embargaron en 1989.

La búsqueda del ganado se extendió hasta el cantón El Sauce, en Santiago Nonualco, La Paz. En ese cantón está asentada la cooperativa de producción agropecuaria Hoja de Sal, la organización a la que el banco decidió entregar el embargo, en 1989. Un empleado de la cooperativa, Lázaro Zótelo, apuntó en cuatro líneas la pérdida de los bienes: “Una vaca murió recientemente. (Hay) Dos caballos y una yegua y un motor de riego con número de serie y modelo mencionado en el embargo. Un toro (fue) hurtado”.

Sin mayor rastro documental sobre el paradero del ganado, el Juzgado Segundo de lo Mercantil advirtió, entonces, que el subgerente del banco había incumplido su obligación de depositario judicial. Y esa inobservancia, ese descuido podría ser catalogado como un delito. Y así lo informó a la Fiscalía General de la República, el 25 de enero de 2005.

—La ley dice que cuando usted embarga, usted es responsable de los bienes que embarga. Y  si usted embarga una unidad productiva tiene la obligación de administrarla. ¿Qué hicieron con el ganado? Dicen que lo devolvieron, pero no tienen documentos, apunta Muyshondt Parker.

Después de los esfuerzos fallidos para que el depositario judicial devolviera los bienes embargados, el abogado de la compañía P.G diseñó una doble estrategia: por un lado, insistía en procesar penalmente al subgerente Bennett Duque por el delito de apropiación indebida; y por el otro, reclamaba civilmente al banco la devolución de las 31 vacas, los 13 terneros y los once equinos con sus frutos de 16 años. La antesala para la mayor condena en la historia bancaria del país estaba lista.

La condena de $366 millones

Hace tres semanas, la tarde del 19 de diciembre de 2012, el Banco Agrícola Comercial recibió un duro revés en el largo litigio contra la empresa ganadera. “Condénase al banco a pagar a favor de la sociedad P.G la cantidad de 361 millones 469 mil 700 dólares en concepto de daños y perjuicios, y la cantidad de 5 millones de dólares, en concepto de daños morales”.

La sentencia del Juzgado Segundo de lo Civil de San Salvador tiene como base dos premisas que están estrechamente relacionadas: primero, el banco no cumplió con la orden judicial de devolver todos los bienes embargados en 1989; y dos, ese olvido, esa omisión, esa desobediencia permitió que la empresa P.G se abrigara en una disposición del Código Civil para reclamar los frutos que los bienes habrían producido hasta la fecha en que se entabló la demanda. Es decir, las crías del ganado, los litros de leche, el cuero, las astas y la carne que se habría producido a lo largo de 19 años, 6 meses y 17 días.

“Los daños y perjuicios quedan sujetos a la fecha en que se efectúe la liquidación final, ya que por tratarse de animales, los frutos siguen produciendo; los daños y perjuicios por la pérdida de los bienes embargados y sus frutos es lo siguiente: el ganado vacuno: 40 mil cabezas de crías de hembras, estimo su valor actual en tres mil dólares por cabeza, haciendo un valor total de 120 millones de dólares; 25 mil cabezas de crías machos, estimo su valor actual en 3 mil dólares por cabeza, haciendo un total de 75 millones de dólares; 250 millones litros de leche, estimo su valor en 31 centavos de dólar por litro, haciendo un total de 77 millones 500 mil dólares”. Y así, la demanda de la empresa P.G continúa enumerando las ganancias que dejó de percibir por aquel embargo de 1989.

El juzgado aceptó los argumentos de la empresa P.G. “El depositario judicial nombrado, ha causado graves daños y perjuicios a la sociedad, al no cumplir con lo ordenado por el Juzgado Segundo de lo Mercantil, y en consecuencia de todo lo relacionado y con la prueba agregada es procedente acceder a las pretensiones de la parte actora en el sentido de ordenar al Banco Agrícola, al pago de de indemnización por daños y perjuicios y daño moral en base al perjuicio ocasionado”, escribió el juez en su sentencia.

El Faro buscó una explicación del juez Salvador Cano Gutiérrez, pero el funcionario se jubiló dos días después de emitir la sentencia. Una fuente del Juzgado Segundo de lo Civil explicó que el fallo tiene su respaldo en tres documentos: la certificación de un juez mercantil que confirma que los bienes embargados no fueron devueltos, una pericia elaborada por unos veterinarios en la que se calcula la producción que podría haber generado el ganado, y la negativa del banco de responder 17 preguntas orientadas a establecer la ubicación de los semovientes.

La negativa de responder esas preguntas hacen que la sentencia llame al banco un “confeso presunto”. Franco Jovel Carrillo, abogado de Banco Agrícola, dice que el representante del banco no se presentó a responder esas preguntas porque existe una sentencia de la Sala de lo Constitucional que declaró ilegal ese tipo de interrogatorio, el cual tiene su origen en el derecho medieval que obligaba al cuestionado a responder tomando como único parámetro su honor, sin derecho a que le asista un abogado.

Una revocatoria de Jovel Carrillo para evitar el interrogatorio al banco no tuvo éxito y lo que siguió fue la condena millonaria. Según la última memoria de labores que el banco subió a su página web, correspondiente al 2011, los 366 millones que debe pagar por daños y perjuicios representa el 64% del patrimonio del banco, calculado para ese año en 566 millones. Aunque no maneja la cifra al dedillo, el abogado del banco cree que la cifra no cambió mucho para 2012: “Probablemente (la condena) es arriba de la mitad del patrimonio del banco. Es más del 60%, probablemente”.

Jovel Carrillo dice que aún está sorprendido de cómo el embargo de unos cuántos animales se transforma en una sentencia que, de ser definitiva, supondría un grave problema financiero para el banco. “Es difícil visualizar 30 vacas que valgan 360 millones de dólares. Es bien complejo y por eso a nosotros nos sorprende muchísimo el fallo porque no vemos cómo es posible que un hato de vacas, que probablemente no come y lo único que hace es dar leche… porque encima se asume que todas fueron vacas, aquí se asume que siempre dieron leche, siempre dieron buena carne y nunca se enfermaron…”.

Ante esa sorpresa, Muyshondt Parker responde con el mismo argumento que ha repetido durante más de una década de litigio.

—Muy bonito vienen a decir: ¿Y por qué tanto? ¿Sabe por qué? Por el tiempo, si esto lo hubieran arreglado en su tiempo…

—Pero, ¿Cómo infiere la cifra?

—Los frutos de una vaca son las crías. Esa cría comienza a dar crías a los dos años, y sus crías empiezan a dar crías a los dos años, y las crías de las crías… Las vacas siguen dando leche, y las crías de las crías siguen dando crías y leche. Tienen un promedio de vida de 10 años.

Más allá de la condena, Muyshondt Parker considera que la sentencia marca un precedente en contra de algunos abusos que comete la banca salvadoreña; en especial, en aquellos litigios y embargos que se entablan contra supuestos clientes morosos, a quienes muchas veces no se les respeta su derecho a la propiedad y defensa.Y aunque ya han pasado 23 años de la batalla legal entre el Banco Agrícola y la empresa P.G, la condena de $366 millones no es la última palabra que la justicia salvadoreña pronunciará sobre el caso.

Jovel Carrillo confirma que el banco ya pidió a la Cámara Primero de lo Civil la anulación de la sentencia y, de ser necesario, acudirá hasta la Corte Suprema de Justicia.

—Seguimos considerando como remota la posibilidad de una pérdida para el banco. Aquí es la primera instancia de varias que existen dentro del sistema judicial (…) Esencialmente, el banco no tiene responsabilidad en este caso. El centro del tema es que el banco no tiene responsabilidad en este caso, dice el abogado.

Los representantes de la empresa P.G saben que, después de 23 años, el fin del litigio aún está lejos.  Están dispuestos a seguir luchando en los tribunales, solo advierten que las 31 vacas, los 13 terneros y los 11 caballos embargados dos semanas antes de la navidad de 1989 siguen generando un lucro que ellos no reciben y, por lo tanto, hoy han logrado una condena de $366 millones, pero mañana esa cifra habrá aumentado  porque las crías de las crías siguen dando crías y leche.

 


 

Lea además:

Abogado aclara y amplía información sobre el litigio

No tiene la culpa el banco

Escrito el 2013-01-23 13:23:29 por driotis 503

¡Los tramposos fueron los ganaderos! Se ve que somos ignorantes, ¿si quienes no pagaron fueron los ganaderos y el banco va quedar con las manos cruzadas? Nooooo, los bancos de eso ganan y dan trabajo y la gente va a los bancos porque ahí tienden la mano y despues ellos tienen la culpa de que nosotros lleguemos a pedir dinero... noooo, ¡por favor¡


el banco no tiene la culpa

Escrito el 2013-01-23 13:19:41 por driotis 503

pero como lo van a condenar ? el banco ami forma de ver profesional es correcta si la sociedad no le pago el dinero y ahora el multado es el banco????? si los tramposos fueron los ganaderos y ese juez que se acaba de jubilar...


JUSTICIA AL PUEBLO

Escrito el 2013-01-17 13:01:37 por Bernardo

HUUUHAAAAA, que bueno merecido lo tiene este banco y asi deben pagar TODOS LOS BANCOS han robado al pueblo basado en artilugios legales ESTA BUEUEEENO LADRONES , LADRONES son los bancos.


OJALA

Escrito el 2013-01-15 19:53:21 por JAVIER

LA JUSTICIA TARDA PERO SIEMPRE LLEGA, ESTOS DEL BANCO EN LO PERSONAL ME HICIERON UNA QUE HASTA LA FECHA NOS DUELE..... PERO ASI ES LA LA TORTILLA DA VUELTA , RATOS ARRIBA Y RATOS ABAJO....


Nuestra demanda y la condena?

Escrito el 2013-01-15 07:11:49 por Catalino P

Este Abogado defensor de la sacrosanta propiedad privada sí que es divertido para argumentar y justificar la millonada que le piden a uno de estos Dráculas con personería jurídica llamados bancos. En este ambiente tan lleno de calamidades, crímenes, corrupción, violencia, fraudes, políticos y política prostituida. No está mal, que este abogado que parece tiene virtudes de comediante nos deleite con su lógica y razonamiento leguleyo. Que conste, los comediantes en su mayoría son gente honrada y decente. Tampoco mal entiendan! No estoy diciendo que los abogados no lo sean. Citamos el argumento-explicación así como traemos otras citas foráneas, que están relacionadas con lo que se piensa de los bancos y sobre esas cosas feas que se dicen, en contra de la propiedad privada. Este caso es un ejemplo de que en este país, con la propiedad privada no se juega. Es pues una cosa casi bendita! Bien puede Ud. abusar de los derechos humanos, matar incluso con o sin uniforme. Pero cuidadito con tocar lo que no es suyo o le pertenece a los bancos, ricos, etc. Porque nos ha caído en gracia el argumento citado, nos reímos. Algo que quizá no puede hacerlo el Sr. depositario de los bienes embargados. A pesar de que el debería de verle el lado cómico al asunto. Ya que él es ahora, casi una víctima directa-indirecta de “algunos abusos que comete la banca salvadoreña; en especial, en aquellos litigios y embargos que se entablan contra supuestos clientes morosos, a quienes muchas veces no se les respeta su derecho a la propiedad y defensa”. Los bancos, todos se deberían llamar bancos “Jalisco” porque estos cuando no ganan, siempre arrebatan y dejan a cualquier cristiano en la calle. A propósito, los abogados de cantón, no nos podrían explicar (sin cobrarnos) porque a estos bienes embargados no les dieron mecha, liquidándolos y los vampiritos bancarios bien se hubiesen hecho de algunas bolas. Cuál sería la diferencia entre estos dos conceptos legales, en donde se embargan bienes y este otro que llaman intervención administrativa. El abogado este habla de bienes embargados y también dice que el banco debió administrar la hacienda con todos los cuches y vacas y mantenerla productiva (?). Aclárenme estos puntitos, porque enseguida vamos a hablar sobre una demanda, que tratara puramente de embargar bienes estatales, eclesiásticos, bancarios, etc. Este es el dialogo, preguntas y el argumento-explicación que tiene a varios muertos de risa: —Muy bonito vienen a decir: ¿Y por qué tanto? ¿Sabe por qué? Po r el tiempo, si esto lo hubieran arreglado en su tiempo… —Pero, ¿Cómo infiere la cifra? —Los frutos de una vaca son las crías. Esa cría comienza a dar crías a los dos años, y sus crías empiezan a dar crías a los dos años, y las crías de las crías… Las vacas siguen dando leche, y las crías de las crías siguen dando crías y leche. Tienen un promedio de vida de 10 años.” –Al abogado se le escapo- olvidó mencionar y costear, que de la leche se hace el requesón y el queso y con estos se hacen las pupusas! Es extraño que no mencionan a los toros, será porque de las vacas se hacía cargo el Veterinario. (Para el mal pensado: practicando la inseminación artificial) Estas otras citas bien pueden relacionarse con este tema, o bien las podemos dejar para otra ocasión en que hablemos de los bancos, la propiedad privada, el robo, los abogados, etc. etc: “El ladrón que roba a ladrón de dios alcanza el perdón.” “La propiedad privada es un robo.” “Quien es más ladrón el que asalta un banco o los dueños de los bancos?” “Y que ondas con la acumulación originaria, el robo de las tierras ejidales y las expropiaciones. Y a eso vamos, que les parece si plagiamos o imitamos al abogado, mencionado en este artículo? Y hacemos como pueblo nuestras propias demandas? Porque, cada todos, tenemos algunas demandas que hacer!. Hay tanto que demandar en el país!, en donde a la justicia le han aplicado el “secuestro y capucha”. A ver pues! si también los abogados que están involucrados en este pleito, nos hacen el cachete de opinar ante una demanda histórica que nuestro pueblo debería presentar contra el estado, la iglesia y los terratenientes. Para comenzar, la cantidad a demandar creemos que pasa de los quinimilmillones. El pago por este cachete-servicio no será en moneda ajena o con billetes con caras extrañas. El pago será que Ud. tendrá la oportunidad de vivir en una sociedad justa, decente, ordenada. Nada más! Queremos demandar en nombre de los pobres, los que quedaron vivos después del 32 y los que hemos “nacido medio muertos-medio vivos”. Y siendo que todas estas generaciones, son o somos herederos o miembros de las familias indígenas a las que les quitaron las tierras ejidales. Pensamos que el estado, la iglesia y los terratenientes. Nos deben o les deben a estos hermanos un chingo. Y que si les hacemos cuentas, comencemos con que son más de 32 mil, nuestros muertos, más todas las generaciones medio muertas- medio vivas. Y ya no digamos el robo de la tierra pues! a la que le zamparon café, algodón y caña y a la que siguen utilizando con distintos cultivos. Como el Faro no encuentra al abogado jubilado, este que quiere quebrarse al banco. Tal vez los abogados que están queriendo cobrar honorarios para defender a los ofendidos. Sobre estos abusos en contra de la propiedad privada, Quien quita! nos oigan sobre nuestra demanda y luego nos orienten. No crean, nuestra demanda también incluye las pertenencias, bienes o patrimonio de nuestros hermanos. Comenzando por las gallinas, patos y chumpipes que se perdieron o se dejaron de criar, los árboles que dan fruta todos los años, la yuca que sembraban y todavía sembramos, el maíz con que se hacen las tortillas y las pupusas, los frijoles que se sembraban todos los años y hoy nos vienen de chapinlandia, las gallinas que jamás dejaron de poner huevos. Para mientras, tal vez alguien se atreve a darnos una cifra, con la que podemos poner o iniciar nuestra demanda al estado, la iglesia y los terratenientes. Herederos todos estos, de los expropiadores y embargadores de aquel entonces. No deja de frustrarnos la forma en que camina la justicia en este país. Imagínense este caso se trata de “abusos” relacionados con la bendita propiedad privada. Y ya lleva un cuarto de siglo. Ay dios! y cuanto se irán a tardar en juzgar y condenar a los que han matado a miles de nuestros hermanos, entre ellos los más notables Romero, los Jesuitas, las monjitas, Chacón, Rutilio, Clara Elizabeth, Roque, tantos pues! A nosotros como nos gustaría leer en el Faro, en un futuro no muy lejano lo siguiente: La condena de los quinimilmillones. Hace tres semanas, la tarde del xxx de diciembre de 20xxxx, el estado, iglesia, los terratenientes y sus bancos previamente investigados, juzgados y condenados recibieron un justo revés en el largo litigio contra el pueblo salvadoreño. Que dice: “Condenase al estado, a la iglesia, a los terratenientes y sus bancos a pagar a favor del pueblo salvadoreño la cantidad de quinimilmillones de dólares en concepto de daños, perjuicios, daños morales a la población


Por no querer aceptar van a perder

Escrito el 2013-01-14 21:29:22 por Eduardo Portillo

Qué les ubiera costado bolsearse en el 2003, que el ofendido solo quería sus 31 vacas de regreso! Aquí de estos casos hay montones y al final son los abogados los que empujan el caso para sacar su tajada y los de los bancos que en su necedad de no aceptar que la regaron siguen el pleito hasta estas alturas totalmente insospechadas, les apuesto que aunque PG el día de mañana les diga "denme mis 31 vacas pues y todo en paz", el banco preferirá seguir el pleito. Miren el caso Servipronto, si Bukele le ganó a la corporación McDonald's que es mucho más grande que el Agrícola a mí me suena a que estos de PG van a terminar o quebrando el banquito o quedando como dueños porque tiene todo el plante que por más que peleen si ya perdieron todas las batallas van a terminar perdiendo la guerra!!


Mejor sacar desde ya los ahorros del Agrícola

Escrito el 2013-01-14 17:57:19 por Carlos Cortez

Por simple inspección se ve excelente que por fin se haga justicia a quienes se les tilda de poderosos en este país.


JA JA JA ESTO ESTA CHISTOSO

Escrito el 2013-01-14 14:57:51 por Luis Morales

Conque no le han pagado a Bukele los fabricantes de hamburguesas aun con orden en mano de la Sala de lo Constitucional, van a proceder ahora con los "pobrecitos" colombianos, si todas la leyes son hechas al gusto de ellos. Cuando a mi vecino por orden del juez le embargaron su sueldo el B.A., nada de instancias o revisiones, de inmediato le cayeron. Ya visualizo a la ANEP diciendo que no es posible el fallo, éso aleja las inversiones y que el exjuez es comunista. ja, ja, ja.


Hoy si se van a revisar estos procedimientos!!

Escrito el 2013-01-14 11:58:30 por María Silvia Guillén

Como que al Banco Agrícola le están dando el tratamiento que el sistema judicial da a los deudores morosos: No tienen derecho a nada, la banca tiene derecho a todo. No obstante, algo huele mal en este caso. Lo que realmente me preocupa es la situación del depositario judicial, que con seguridad fue tal a requerimiento del banco, como empleado que era del mismo, pero sin tener conciencia de la responsabilidad que asumía. En este momento las consecuencias para él pueden ser muy duras, cuando él no hizo más que acatar una instrucción que como empleado se le dio; seguro que ni se le dio acceso real a lo embargado. Sin duda que el BA va a resolver esta situación; pero es un buen momento para revisar los procesos mercantiles de la banca y los derechos de los deudores, pero también esto de los depositarios judiciales y las graves consecuencias personales. Conozco al Ing. Ricardo Bennet, es una persona intachable, quien tiene en su contra hasta un proceso penal; es responsabilidad del banco liberarlo de esta penosa situación, de inmediato.


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