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Presidente nombrará a garantes de que se cumpla ley de acceso a la información pública

Los diputados de todos los partidos coincidieron este martes en ceder al presidente de la República la elección de los miembros del organismo que impartirá justicia en materia de acceso a la información. Queda pendiente resolver si la Corte Suprema tendría que ratificar a los consejales, porque PCN y FMLN lo consideran innecesario.

Lunes, 29 de noviembre de 2010
Jimena Aguilar

La comisión de legislación de la Asamblea Legislativa logró este lunes sortear un importante contenido del proyecto de Ley de Acceso a la Información Pública, al acordar que de las propuestas que hagan las organizaciones ciudadanas, el presidente tenga la potestad de elegir a los miembros del organismo que velará por el cumplimiento de la normativa.

Aunque originalmente el borrador con que comenzó a trabajar la comisión dejaba al margen del nombramiento al presidente, en abril pasado la Presidencia de la República solicitó a los diputados hacer algunas modificaciones al documento en discusión. Una de las pocas observaciones presidenciales que logró permear a los diputados fue la del mecanismo de selección del instituto garante de acceso a la información.

Este lunes, todos los partidos coincidieron en que el presidente elija a los cinco miembros del organismo, a partir de ternas que le presenten ONGs y otras organizaciones sociales. En lo que no se pusieron de acuerdo fue en el otro punto de la propuesta presidencial, que consiste en que otro Órgano del Estado tenga la facultad de vetar o ratificar a los elegidos del presidente, como un mecanismo adicional de garantía de transparencia.

Sorpresivamente, fue el PCN el partido que dijo que le parece innecesario el tercer paso.

El instituto será integrado por cinco comisionados que provendrán de los gremios empresariales, asociaciones de periodistas, sindicatos, gremios de profesionales y de las universidades. Los comisionados durarán en su cargo seis años luego de la elección y no podrán ser reelegidos.

Cada uno de estos sectores será convocado por diferentes ministerios para elegir por medio de elecciones a las personas que integrarán las distintas ternas. El Ministerio de Economía será el encargado de hacer la convocatoria para los gremios empresariales y profesionales, el Ministerio de Trabajo para los sindicatos, el de Educación para las universidades, y la Secretaría de Comunicaciones de la Presidencia para las asociaciones de periodistas.

Después de la elección de los candidatos, el presidente tendrá un plazo de 30 días para elegir un comisionado propietario y uno suplente por cada sector. Los diputados ya han llegado a un acuerdo hasta este punto, pero durante la reunión de este lunes no pudieron llegar a un acuerdo sobre el siguiente paso del procedimiento de elección de los comisionados.

De mantenerse el proyecto como está ahora, el siguiente movimiento recaerá en la Corte Suprema de Justicia que tendrá 15 días para ratificar la decisión del presidente de la república. En caso de que los magistrados rechacen a una persona, el presidente deberá presentar una nueva propuesta en los próximos siete días y la Corte deberá ratificarla en un plazo también de siete días. En ambos casos, si la Corte no emite un juicio a favor o en contra, el silencio será tomado como un signo de aprobación.

La participación del Órgano Judicial está en duda dentro de la comisión de legislación que todavía no ha podido llegar a un acuerdo sobre este punto. La discusión se abrió luego de que el diputado pecenista Rafael Machuca expusiera que no consideraba conveniente que la corte avalara la decisión del presidente. “Eso no es buscar el consenso, eso es darle la potestad a un órgano que no la debe de tener, de vetar una elección hecha por el Presidente de la República (...) es una obligación que no merece la Corte”, comentó.

La diputada del FMLN Margarita Velado aprovechó esta oportunidad para plantear que ellos solo habían aceptado este mecanismo para llegar a un acuerdo, pero de haber más opiniones similares cambiarían el proceso de elección de los comisionados para quitarle a la Corte la facultad de ratificar a los comisionados.

Antes de que Velado aclarara cuál era la posición oficial del FMLN, el diputado efemelenista Ricardo González comentó que la participación del Órgano Judicial era un candado más para asegurar transparencia en el proceso. Así se discutió y así se planteó durante todas las consultas que la comisión hizo en los últimos 10 meses. “Es un candado adicional. Se está viendo como que no sea juez y parte, que no elija él quién los va a auditar. Por eso es que se establece el otro candado de la Corte Suprema de Justicia”, dijo González.

El único grupo parlamentario que defendió el papel de la Corte dentro de este procedimiento fue Arena. El diputado arenero y presidente de la comisión, Guillermo Ávila Qüehl, explicó que es necesario que la Corte ratifique porque es una manera de buscar el consenso y de buscar un proceso de elección más participativo.

El procedimiento de elección que está en discusión nació del estudio de la ley que realizó el Ejecutivo durante el mes de marzo y abril de este año. La propuesta era que los candidatos provenieran de fuera de los diferentes órganos, que el presidente decidiera cuáles serían los cinco comisionados y que la Corte ratificara para establecer un último control.

A pesar de las aclaraciones los diputados no pudieron llegar a un acuerdo en este punto y decidieron que en la reunión de este miércoles afinarían este punto y otros más que quedan por discutir. La mayoría consideró que luego de superar esta discusión ya podría haber un resultado final y pidieron que el técnico debería preparara un dictamen para dejar abierta la posibilidad de enviarlo el jueves al pleno. Sin embargo, el FMLN aclaró que todavía les queda discutir los avances con la jefatura del partido.

La Ley de Acceso a la Información tiene como objetivo propiciar la transparencia de la gestión pública a través de la difusión de información. Todas las instituciones del Estado serán obligadas a publicar regularmente información y solo en casos especiales podrán negar acceso a documentos.

El instituto de acceso a la información pública será el ente que garantizará el cumplimiento de dicha ley. Todo aquel que viole la ley de acceso será sancionado con multas que van de leves a muy graves. Las leves serán sancionadas con una multa de 1 a 8 salarios mínimos, las graves con 10 a 18 y las muy graves con 20 a 40.

Por ahora, aunque la Constitución ya establece en su artículo 6 la libertad de expresión como una garantía fundamental, no hay una normativa que la desarrolle y ponga plazos a los funcionarios e instituciones y establezca un régimen sancionatorio para quienes la incumplan.

La información se clasificará en reservada, confidencial y pública. La primera es aquella que solo bajo ciertas condiciones podría estar a disposición del público. La confidencial es aquella que debe mantenerse fuera del escrutinio público porque se refiere a datos personales de los ciudadanos. La pública es toda aquella que las instituciones estatales estarán obligadas a producir y divulgar oficiosamente.

En caso de conflicto sobre la clasificación de alguna información, la persona o institución interesada en la información podrá demandar ante el Instituto garante, para que este decida si la institución o el funcionario que niega la información tiene razón o no en su negativa.

El Salvador es prácticamente el único país de Latinoamérica que carece de mecanismo legal alguno encaminado a garantizar el acceso a la información pública.

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