Presidencia encarga a sector justicia que defina qué es ser pandillero

El Ejecutivo espera que Fiscalía, Ministerio de Seguridad, Corte Suprema y Centros Penales definan cómo se podrá probar que una persona pertenece a una pandilla y, a partir de eso, enviarla a prisión. Asimismo, se pide ampliar la pena de cárcel de nueve hasta 14 años por ser cabecilla de una agrupación ilícita.

Patricia Carías

elfaro.net / Publicado el 11 de Julio de 2010

La Fiscalía, el Ministerio de Seguridad Pública, la Corte Suprema de Justicia y la Dirección de Centros Penales deberían resolver cómo probar ante un juzgado que alguien es pandillero, para que por ese hecho sea enviado a prisión. Así resolvió la Presidencia de la República la inquietud de cómo llevar a la práctica la propuesta de ley que declararía ilegales las pandillas y que, por lo tanto, permitiría que sus integrantes sean encarcelados.

El Ministerio de Seguridad Pública presentó el jueves a la Asamblea Legislativa el “Anteproyecto de Ley de Proscripción de las Pandillas o Maras y Grupos de Exterminio”. Los diputados Lorena Peña y Roberto Lorenzana, miembros de la junta directiva, fueron los encargados de recibir la propuesta. El Ministerio también presentó una solicitud de reforma de un artículo del Código Penal para que las pandillas califiquen dentro de aquellas organizaciones consideradas como "agrupaciones ilícitas".

La Ley Antipandillas, como es conocida la propuesta, fue la reacción del Ejecutivo al ataque de un grupo de pandilleros contra dos microbuses en Mejicanos, ocurrido el 20 de junio pasado. Los atentados dejaron un saldo de 19 pasajeros muertos, 16 de ellos quemados dentro de una de las unidades de transporte.

Tres días después, el 23 de junio, Funes anunció por primera vez que el gobierno estaba preparando una ley que pretendía criminalizar a los miembros de pandillas o maras. El proyecto generó suspicacias y escepticismo en distintos sectores, dado que el intento de criminalizar a los pandilleros fracasó hace seis años, con dos propuestas de ley antimaras que surgieron del gobierno de Francisco Flores. En aquella ocasión, la Corte Suprema determinó una serie de violaciones a la Constitución y las dos leyes murieron una después de la otra. El punto principal de objeción fue que no se podía crear una ley con dedicatoria específica contra un grupo, dado el principio de igualdad de la ley.

Esta vez, en su anuncio original, Funes planteó básicamente lo mismo de hace seis años y cuando a su equipo de gobierno se le preguntó cómo iba a resolverse la prueba para incriminar a alguien como pandillero, el gabinete de seguridad se limitó a informar que esa sería tarea de la Fiscalía. Ahora que la propuesta ya está en manos de los diputados se descubre el cambio de postura: encargarán a la oficina que funde los esfuerzos de cuatro instituciones de Estado para que resuelva el problema.

"Se trata de la probanza", advirtió una jueza de paz hace 10 días, cuando el Ministerio hizo una presentación preliminar de la propuesta de ley a periodistas y jueces.

El anteproyecto presentado originalmente por el Ministerio de Seguridad Pública constaba de cuatro artículos que definían: La prohibición de la existencia de pandillas o maras y grupos de exterminio, la invalidación de cualquier acto jurídico realizado por miembros de estos grupos, la inhabilitación para desempeñar cargos públicos, y el cierre los espacios de operatividad, lucro o cualquier beneficio material para los miembros de estas organizaciones.

La nueva versión del anteproyecto consta de ocho artículos más. Tres de ellos refuerzan la idea de cerrar los espacios de dominio de dichas organizaciones, con la inmovilización de cuentas bancarias, embargo de bienes muebles e inmuebles, productos o instrumentos utilizados por los miembros de pandillas y una sanción para los titulares y accionistas que colaboren, participen o representen a un persona jurídica relacionada con estas agrupaciones ilícitas.

La gran novedad está en que ya no será la Fiscalía la que tenga que lidiar sola con la búsqueda del mecanismo para aportar pruebas en un juicio que demuestren que alguien es pandillero.

El artículo 10 de la propuesta encarga a la mesa permanente que reúne a Corte Suprema, Ministerio de Seguridad, Fiscalía y Centros Penales. "La Comisión del Sector Justicia elaborará las reglas de evidencia en materia civil y penal que sirvan como principios orientadores del trabajo probatorio de los operadores del sistema, con relación a los actos de los que trata la presente ley", reza el décimo artículo del anteproyecto.

El viceministro de Seguridad, Henry Campos, dijo que esas reglas de evidencia podrían incluir, por ejemplo, los tatuajes, que servirían para incriminar a alguien. “La alternativa que hemos buscado es sugerir que la Comisión de Sector Justicia elabore estas reglas de evidencia y se harán con base en la experiencia de los investigadores policiales, con la experiencia de los fiscales encargados de los casos y las recomendaciones de muchos jueces y otros miembros del Órgano Judicial”, explicó. También añadió que los tatuajes serán uno de los elementos que se investigarán, por medio de un informe pericial elaborado por expertos que establezcan que dichos tatuajes son un indicio que representa el vínculo de la persona con la determinada pandilla.

Paralelamente, el Ministerio solicitó cambios al artículo 345 del Código Penal para agregar la precisión de que las pandillas caigan dentro del delito de agrupaciones ilícitas. Asimismo, que el tiempo de prisión para los miembros de las pandillas sea de cinco a ocho años y para los cabecillas o financistas de nueve a 14 años de prisión. Actualmente, la ley establece pena de cárcel de entre tres y cinco años para miembros de agrupaciones ilícitas, y entre seis y nueve para los cabecillas.

Incluso si las autoridades resuelven bien los retos que ofrece esta ley, tendrían una tarea pendiente: cómo afrontar -y facilitar- el proceso de rehabilitación de un pandillero o el proceso de deserción. Las pandillas ordenan la muerte de los miembros que deciden abandonarlas, pero las autoridades saben que la nueva normativa tiene el potencial de dejar atrapados en la ilegalidad a aquellos miembros de maras que estén dejándolas o que las hayan dejado. El viceministro anunció que prepararán una propuesta de Ley de rehabilitación y reinserción social.

Según Manuel Melgar, ministro de Seguridad, aquellos pandilleros que deseen desertar tendrán la oportunidad de cumplir un programa de reinserción social. “Habrá que darles la oportunidad y habrá que hacerlo en coordinación con iglesias, ongs y demás instituciones que trabajan con programas de prevención y reinserción social”, dijo.

Presidencia encarga a sector justicia que defina qué es ser pandillero

Presidencia encarga a sector justicia que defina qué es ser pandillero

Escrito el 2010-08-26 17:11:18 por Josue Iraheta

Todo el que ingrese a una pandilla es de por si un delincuente. No se porque le dan tantas vueltas al asunto, aca en los estados unidos los persiguen y los encierran en la carcel, porque en El Salvador se les tolera?, porque somo cuartomundistas?


Definición de pandillero

Escrito el 2010-07-14 14:16:16 por Melissa

Tengo prisa por ver esa definición, porque si el ejecutivo no se ha enterado que los diversos estudios sobre las maras no consensan una definición, lo mas cercano es "son un fenómeno complejo, heterogéneo y cambiante", definitivamente lo van a ubicar en aspectos meramente de apreciación, por lo tanto, ser joven, hombre, sin empleo, familia separada, etc, será suficiente motivo para ser marero. Y el resto de sectores poblaciones involucrados en crímenes?? Cuando se va a enfrentar con la milicia a la corrupción, a los desfalcos financieros millonarios, a los peculados de fondos públicos ??


DEFINIR PANDILLERO

Escrito el 2010-07-13 22:33:45 por Emiliio Castro

Para definir un pandillero, considero que no se debe juzgar por el arte del tatuaje o forma de vestir o caminar, por color o en fin lo que podria llamarse discriminacion, sino por su caracter moral, el que solo podria ser confirmado y suscrito por dos parientes y dos particulares que puedan dar referencias y validar que anda o ha participado en actos delincuenciales. el caracter moral de una persona lo identifica como persona con valores o persona que es incapaz de respetar el derecho ajeno.


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